/ viernes 22 de enero de 2021

2021, el proceso electoral más incluyente

Vivir en democracia implica garantizar que todas y todos los integrantes de una sociedad puedan participar en la toma de decisiones. El avance para lograr la mayor inclusión social en la representación política ha sido lento y, en muchas ocasiones, a golpe de decisiones administrativas o judiciales.

El caso de las mujeres es un buen ejemplo. Después de diversas medidas administrativas y jurisdiccionales en materia electoral, en 2014 se aprobó en la Constitución la obligación de postular 50% de mujeres en las candidaturas a los Congresos. Apenas en 2019 se logró la aprobación de una reforma, popularmente conocida como “paridad en todo”, cuyo propósito fundamental es garantizar que los espacios de servicio público sean ocupados por mujeres en la misma medida que por hombres.

Sin embargo, pocas son las reformas de carácter legislativo y aún menos a nivel federal relacionadas con participación política de otros grupos de nuestra sociedad (indígenas, comunidad LGBTTI+, afrodescendientes, etc). ¿Ello debe significar no tomar medidas al respecto? Definitivamente no.

Por ello es que el pasado 15 de enero, el INE aprobó medidas afirmativas para garantizar candidaturas a diputaciones federales que reflejen de mejor manera la composición diversa y pluricultural de nuestra nación en órganos de representación popular. De hecho, una versión de este Acuerdo había sido aprobada en noviembre del año pasado, pero algunos partidos y un ciudadano ejercieron su derecho de impugnación ante el TEPJF. Dicho tribunal decidió no solo mantener las medidas, sino que mandató el perfeccionamiento e integración de varias más.

Seamos claros: el proceso electoral 2021 será el más incluyente de nuestra historia. Para las elecciones del 6 de junio de este año todos los partidos políticos nacionales tendrán la obligación de postular como candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa y representación proporcional a un igual número de hombres y mujeres pero, además, deberán garantizar espacios para: personas autoadscritas como pertenecientes a un pueblo o comunidad indígenas, personas afromexicanas, personas con discapacidad y personas de la diversidad sexual (LGBTTI+). Finalmente, se procurará que las candidaturas de los partidos estén integradas también por personas jóvenes (entre 18 y 30 años).

En el caso de personas autoadscritas como indígenas, se estableció que los partidos deberán postular personas con esa identidad en los 21 distritos con mayor concentración de población indígena en el país (en 11 de ellos las candidatas deberán ser mujeres). Además, se deberán postular 9 candidaturas más de representación proporcional. Así, cada partido o coalición deberá postular al menos 30 personas autoadscritas como indígenas. Esto representa un avance en la materia pues para el proceso electoral de 2018 únicamente se garantizaron 13 candidaturas de esta naturaleza.

En el caso de la representación afromexicana, los partidos tendrán que postular 3 candidaturas por mayoría (en cualquiera de los 300 distritos electorales del país, aunque por supuesto es deseable y razonable esperar que éstos sean aquellos donde se concentra la población afro) y 1 por el principio de representación proporcional. Ésta última deberá ocupar uno de los diez primeros lugares de la lista correspondiente. Las 4 candidaturas deberán ser distribuidas entre hombres y mujeres de manera igualitaria. Esta es la primera vez que se mandatan acciones específicas para garantizar la posibilidad de que un mínimo de personas de la comunidad afromexicana participen como candidatas y candidatos a diputaciones federales.

El caso de las personas con discapacidad es similar al anterior: deberán postularse 6 candidaturas de mayoría en cualquiera de los 300 distritos del país y 2 más de representación proporcional dentro de los diez primeros lugares de la lista. Las 8 candidaturas para este grupo también deben distribuirse de manera paritaria entre los géneros y son una medida novedosa que garantiza un piso mínimo de inclusión en la materia.

Para quienes forman parte de la comunidad LGBTTI+, se aprobó la obligatoriedad de que cada partido o coalición destine un mínimo de 2 candidaturas por mayoría y 1 de representación proporcional. Las 3 candidaturas se distribuirán de forma paritaria entre los géneros, que corresponderán a aquél con que el que se identifique la persona candidata.

Es indudable que este acuerdo no resuelve los problemas de representación política. Los espacios aún son insuficientes y quedan pendientes medidas que incrementen la participación de otros grupos (comunidad mexicana en el extranjero, jóvenes, personas en situación de pobreza, etc.). Sin embargo, las medidas aprobadas por el INE deben ser vistas como un piso mínimo y no un techo para seguir en la construcción de un Estado incluyente.

*Jefe de oficina de la presidencia del Consejo General del INE.

@ebuendiaz

Vivir en democracia implica garantizar que todas y todos los integrantes de una sociedad puedan participar en la toma de decisiones. El avance para lograr la mayor inclusión social en la representación política ha sido lento y, en muchas ocasiones, a golpe de decisiones administrativas o judiciales.

El caso de las mujeres es un buen ejemplo. Después de diversas medidas administrativas y jurisdiccionales en materia electoral, en 2014 se aprobó en la Constitución la obligación de postular 50% de mujeres en las candidaturas a los Congresos. Apenas en 2019 se logró la aprobación de una reforma, popularmente conocida como “paridad en todo”, cuyo propósito fundamental es garantizar que los espacios de servicio público sean ocupados por mujeres en la misma medida que por hombres.

Sin embargo, pocas son las reformas de carácter legislativo y aún menos a nivel federal relacionadas con participación política de otros grupos de nuestra sociedad (indígenas, comunidad LGBTTI+, afrodescendientes, etc). ¿Ello debe significar no tomar medidas al respecto? Definitivamente no.

Por ello es que el pasado 15 de enero, el INE aprobó medidas afirmativas para garantizar candidaturas a diputaciones federales que reflejen de mejor manera la composición diversa y pluricultural de nuestra nación en órganos de representación popular. De hecho, una versión de este Acuerdo había sido aprobada en noviembre del año pasado, pero algunos partidos y un ciudadano ejercieron su derecho de impugnación ante el TEPJF. Dicho tribunal decidió no solo mantener las medidas, sino que mandató el perfeccionamiento e integración de varias más.

Seamos claros: el proceso electoral 2021 será el más incluyente de nuestra historia. Para las elecciones del 6 de junio de este año todos los partidos políticos nacionales tendrán la obligación de postular como candidaturas a diputaciones por el principio de mayoría relativa y representación proporcional a un igual número de hombres y mujeres pero, además, deberán garantizar espacios para: personas autoadscritas como pertenecientes a un pueblo o comunidad indígenas, personas afromexicanas, personas con discapacidad y personas de la diversidad sexual (LGBTTI+). Finalmente, se procurará que las candidaturas de los partidos estén integradas también por personas jóvenes (entre 18 y 30 años).

En el caso de personas autoadscritas como indígenas, se estableció que los partidos deberán postular personas con esa identidad en los 21 distritos con mayor concentración de población indígena en el país (en 11 de ellos las candidatas deberán ser mujeres). Además, se deberán postular 9 candidaturas más de representación proporcional. Así, cada partido o coalición deberá postular al menos 30 personas autoadscritas como indígenas. Esto representa un avance en la materia pues para el proceso electoral de 2018 únicamente se garantizaron 13 candidaturas de esta naturaleza.

En el caso de la representación afromexicana, los partidos tendrán que postular 3 candidaturas por mayoría (en cualquiera de los 300 distritos electorales del país, aunque por supuesto es deseable y razonable esperar que éstos sean aquellos donde se concentra la población afro) y 1 por el principio de representación proporcional. Ésta última deberá ocupar uno de los diez primeros lugares de la lista correspondiente. Las 4 candidaturas deberán ser distribuidas entre hombres y mujeres de manera igualitaria. Esta es la primera vez que se mandatan acciones específicas para garantizar la posibilidad de que un mínimo de personas de la comunidad afromexicana participen como candidatas y candidatos a diputaciones federales.

El caso de las personas con discapacidad es similar al anterior: deberán postularse 6 candidaturas de mayoría en cualquiera de los 300 distritos del país y 2 más de representación proporcional dentro de los diez primeros lugares de la lista. Las 8 candidaturas para este grupo también deben distribuirse de manera paritaria entre los géneros y son una medida novedosa que garantiza un piso mínimo de inclusión en la materia.

Para quienes forman parte de la comunidad LGBTTI+, se aprobó la obligatoriedad de que cada partido o coalición destine un mínimo de 2 candidaturas por mayoría y 1 de representación proporcional. Las 3 candidaturas se distribuirán de forma paritaria entre los géneros, que corresponderán a aquél con que el que se identifique la persona candidata.

Es indudable que este acuerdo no resuelve los problemas de representación política. Los espacios aún son insuficientes y quedan pendientes medidas que incrementen la participación de otros grupos (comunidad mexicana en el extranjero, jóvenes, personas en situación de pobreza, etc.). Sin embargo, las medidas aprobadas por el INE deben ser vistas como un piso mínimo y no un techo para seguir en la construcción de un Estado incluyente.

*Jefe de oficina de la presidencia del Consejo General del INE.

@ebuendiaz