/ miércoles 23 de agosto de 2017

Financiamiento a partidos políticos

A finales de la semana pasada, el Pleno del Consejo General del Instituto Nacional Electoral –INE- aprobó el presupuesto más alto de la historia destinado a financiar la actividad político electoral: seis mil 778 millones de pesos para los partidos políticos y candidatos independientes para las elecciones que habrá el próximo año, cantidad que parece exorbitante para propios y extraños sobre todo por el descontento con las instituciones políticas, debido a escándalos como el de Javier Duarte, César Duarte, Roberto Borge y Padrés.

Los partidos políticos han sido los actores por excelencia de la democracia mexicana y nuestro entramado electoral, pasando por un periodo prácticamente de sistema de partido único durante casi la totalidad del siglo XX, que fortaleció al presidencialismo hasta prácticamente identificar al gobierno más con un régimen autocrático que con uno democrático, pasando por el año 1977, cuando comienza la apertura a la participación efectiva de otros partidos no oficialistas en la contienda por el poder, pues en diciembre de ese año se adiciona el Artículo 41 de la Constitución.

Con esa adición se incorpora plenamente en la Carta Magna a los partidos políticos como entidades de interés público que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, se les da acceso de forma permanente a los medios de comunicación social y un mínimo de elementos para sus actividades tendientes a la obtención del sufragio popular y el derecho a participar en las elecciones, lo que hizo posible la alternancia en el poder en el año 2000.

En el año 2012 se incluyeron las candidaturas independientes en nuestro sistema político mediante reforma al Artículo 35 de la Carta Magna, que reconoció el derecho a los ciudadanos a que de manera independiente, soliciten su registro como candidatos ante la autoridad electoral, siempre y cuando cumplan los requisitos y términos establecidos en la legislación secundaria. Esta figura fue utilizada por primera vez en el 2013 para elecciones locales, y para elecciones federales el año pasado.

Tanto los partidos como los candidatos independientes pueden contar con financiamiento público y privado.

Por lo que hace a los partidos políticos, según lo prevé el Artículo 41 de la Ley Suprema, deben contar de manera equitativa con elementos para sus actividades y tienen garantizados recursos públicos, que deben prevalecer sobre los de origen privado, y con financiamiento anual para sostener sus actividades ordinarias permanentes, cuyo monto es de acuerdo al resultado de multiplicar el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el 65 % del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; el 30% de la cantidad que resulte será distribuido entre los partidos políticos en forma igualitaria, y el 70% restante de acuerdo con el porcentaje de votos obtenidos en la elección de diputados.

Además, se les asigna financiamiento para las actividades tendientes a la obtención del voto durante el año en que se elijan Presidente, senadores y diputados federales, el cual es equivalente al 50% del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese mismo año; si solo se eligen diputados federales obtendrán únicamente 30% más de dicho financiamiento.

Finalmente, cuentan con ministración de efectivo para actividades específicas relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política y tareas editoriales, que será de 3% del monto total del financiamiento público que les corresponda cada año por actividades ordinarias.

30% de la cifra se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria, y el 70% restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.

Además de los apoyos públicos pueden recibir aportaciones de sus militantes y simpatizantes, que tendrán límite legal y serán fiscalizados y controlados durante las campañas electorales.

El financiamiento público a los partidos políticos crece debido al aumento del padrón electoral, vinculado a la densidad demográfica del país y no a la participación de los ciudadanos en las elecciones, o la confianza en los partidos o candidatos.

Por esto sería importante revisar las fórmulas para calcular dicho financiamiento, a fin de que atienda a la confianza en el sistema político y su legitimidad y no al número de ciudadanos, de los cuales obtienen credencial electoral solamente para contar con identificación oficial, sin la intención de participar en nuestros procesos democráticos.

Así es el Derecho

A finales de la semana pasada, el Pleno del Consejo General del Instituto Nacional Electoral –INE- aprobó el presupuesto más alto de la historia destinado a financiar la actividad político electoral: seis mil 778 millones de pesos para los partidos políticos y candidatos independientes para las elecciones que habrá el próximo año, cantidad que parece exorbitante para propios y extraños sobre todo por el descontento con las instituciones políticas, debido a escándalos como el de Javier Duarte, César Duarte, Roberto Borge y Padrés.

Los partidos políticos han sido los actores por excelencia de la democracia mexicana y nuestro entramado electoral, pasando por un periodo prácticamente de sistema de partido único durante casi la totalidad del siglo XX, que fortaleció al presidencialismo hasta prácticamente identificar al gobierno más con un régimen autocrático que con uno democrático, pasando por el año 1977, cuando comienza la apertura a la participación efectiva de otros partidos no oficialistas en la contienda por el poder, pues en diciembre de ese año se adiciona el Artículo 41 de la Constitución.

Con esa adición se incorpora plenamente en la Carta Magna a los partidos políticos como entidades de interés público que tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, se les da acceso de forma permanente a los medios de comunicación social y un mínimo de elementos para sus actividades tendientes a la obtención del sufragio popular y el derecho a participar en las elecciones, lo que hizo posible la alternancia en el poder en el año 2000.

En el año 2012 se incluyeron las candidaturas independientes en nuestro sistema político mediante reforma al Artículo 35 de la Carta Magna, que reconoció el derecho a los ciudadanos a que de manera independiente, soliciten su registro como candidatos ante la autoridad electoral, siempre y cuando cumplan los requisitos y términos establecidos en la legislación secundaria. Esta figura fue utilizada por primera vez en el 2013 para elecciones locales, y para elecciones federales el año pasado.

Tanto los partidos como los candidatos independientes pueden contar con financiamiento público y privado.

Por lo que hace a los partidos políticos, según lo prevé el Artículo 41 de la Ley Suprema, deben contar de manera equitativa con elementos para sus actividades y tienen garantizados recursos públicos, que deben prevalecer sobre los de origen privado, y con financiamiento anual para sostener sus actividades ordinarias permanentes, cuyo monto es de acuerdo al resultado de multiplicar el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el 65 % del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización; el 30% de la cantidad que resulte será distribuido entre los partidos políticos en forma igualitaria, y el 70% restante de acuerdo con el porcentaje de votos obtenidos en la elección de diputados.

Además, se les asigna financiamiento para las actividades tendientes a la obtención del voto durante el año en que se elijan Presidente, senadores y diputados federales, el cual es equivalente al 50% del financiamiento público que le corresponda a cada partido político por actividades ordinarias en ese mismo año; si solo se eligen diputados federales obtendrán únicamente 30% más de dicho financiamiento.

Finalmente, cuentan con ministración de efectivo para actividades específicas relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política y tareas editoriales, que será de 3% del monto total del financiamiento público que les corresponda cada año por actividades ordinarias.

30% de la cifra se distribuirá entre los partidos políticos en forma igualitaria, y el 70% restante de acuerdo con el porcentaje de votos que hubieren obtenido en la elección de diputados inmediata anterior.

Además de los apoyos públicos pueden recibir aportaciones de sus militantes y simpatizantes, que tendrán límite legal y serán fiscalizados y controlados durante las campañas electorales.

El financiamiento público a los partidos políticos crece debido al aumento del padrón electoral, vinculado a la densidad demográfica del país y no a la participación de los ciudadanos en las elecciones, o la confianza en los partidos o candidatos.

Por esto sería importante revisar las fórmulas para calcular dicho financiamiento, a fin de que atienda a la confianza en el sistema político y su legitimidad y no al número de ciudadanos, de los cuales obtienen credencial electoral solamente para contar con identificación oficial, sin la intención de participar en nuestros procesos democráticos.

Así es el Derecho