/ martes 10 de abril de 2018

Aborto

El tema de aborto desborda al derecho. En este asunto atraviesan creencias religiosas, morales, políticas, de política pública criminal, género, aspectos médicos etc. Sin embargo, nuestros legisladores están llamados a regular esta cuestión, toda vez que las normas actuales no acaban de convencer.

En la federación y en las entidades, la mayoría de las leyes, criminalizan el aborto. La excepción es la legislación de la Ciudad de México, aquí hay un arco de libertad en las doce primeras semanas. A mayor abundamiento, en ciertas entidades de la República el aborto se persigue o no, debido a las decisiones que toman médicos, los policías y los ministerios públicos de forma unilateral (una política pública criminal informal).

En otros estados, como Veracruz, el aborto se persigue por médicos, policías y fiscales de manera formal y explícita. Casi todo depende de cuestiones ideológicas. Dicho en otras palabras: el aborto se persigue por cuestiones morales, propias y específicas de cada entidad federativa. El aborto está más avecindado con el ámbito de las creencias que las necesidades de combatir los delitos que dañan a la sociedad. El fenómeno relativo a que un delito esté relacionado con la moral y no con una necesidad del derecho penal, nos hace dudar de la constitucionalidad de este supuesto hecho ilícito y del estado que guardan nuestras leyes en la materia.

Las leyes sobre aborto de la Ciudad de México están dentro de los estándares internacionales y respetan los derechos humanos de las mujeres. Nótese: lo que es un derecho en la Ciudad de México es un delito en el resto de las entidades federativas. De nueva cuenta, surge una duda o sobre la constitucionalidad del delito ¿Es posible que una conducta sea un derecho y delito al mismo tiempo? En algún momento, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá que resolver el fondo de esta pregunta.

Ninguna mujer se embaraza para abortar y, a su vez, todo procedimiento de aborto implica un riesgo para la salud de las mujeres, por ello, la Ciudad de México presta los servicios médicos para que se puedan practicar dichos abortos. En contraste, miles y miles de mujeres arriesgan su integridad física y sus vidas con la práctica de abortos clandestinos a lo largo y ancho de todo el país. Hasta hace 5 años existía un discurso y un espacio para que el delito que nos ocupa desapareciera o se ajustara a los estándares que ya se encuentran en la capital del país. Al parecer, ese espacio ya no existe.

Hay quienes dicen que los derechos humanos se deben someter a una votación popular. Aquí se desconoce que muchas veces los derechos son impopulares y que están diseñados para protegernos de decisiones precisamente populistas. En otros casos, hay personas que se niegan a reconocer los derechos humanos de las mujeres con afirmaciones dogmáticas que no cruzan mayores argumentos. Aquí es relevante, por ejemplo, el tema de la objeción de conciencia en el servicio público.

No suena lógico que el aborto sea una libertad por decisión parlamentaria en la capital, un delito en el resto del país y, sin más, entremos ahora a objeción de conciencia. El debate no se está esclareciendo, sino enredando.

El carácter contra-mayoritario de los derechos humanos nos obliga a definir al cómo nos aproximamos al tema de aborto. Ojalá la reflexión se dé en la siguiente legislatura o en la Corte dado que varios temas tradicionales de derechos humanos no han sido abordados.

Dr. En Derecho

El tema de aborto desborda al derecho. En este asunto atraviesan creencias religiosas, morales, políticas, de política pública criminal, género, aspectos médicos etc. Sin embargo, nuestros legisladores están llamados a regular esta cuestión, toda vez que las normas actuales no acaban de convencer.

En la federación y en las entidades, la mayoría de las leyes, criminalizan el aborto. La excepción es la legislación de la Ciudad de México, aquí hay un arco de libertad en las doce primeras semanas. A mayor abundamiento, en ciertas entidades de la República el aborto se persigue o no, debido a las decisiones que toman médicos, los policías y los ministerios públicos de forma unilateral (una política pública criminal informal).

En otros estados, como Veracruz, el aborto se persigue por médicos, policías y fiscales de manera formal y explícita. Casi todo depende de cuestiones ideológicas. Dicho en otras palabras: el aborto se persigue por cuestiones morales, propias y específicas de cada entidad federativa. El aborto está más avecindado con el ámbito de las creencias que las necesidades de combatir los delitos que dañan a la sociedad. El fenómeno relativo a que un delito esté relacionado con la moral y no con una necesidad del derecho penal, nos hace dudar de la constitucionalidad de este supuesto hecho ilícito y del estado que guardan nuestras leyes en la materia.

Las leyes sobre aborto de la Ciudad de México están dentro de los estándares internacionales y respetan los derechos humanos de las mujeres. Nótese: lo que es un derecho en la Ciudad de México es un delito en el resto de las entidades federativas. De nueva cuenta, surge una duda o sobre la constitucionalidad del delito ¿Es posible que una conducta sea un derecho y delito al mismo tiempo? En algún momento, la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá que resolver el fondo de esta pregunta.

Ninguna mujer se embaraza para abortar y, a su vez, todo procedimiento de aborto implica un riesgo para la salud de las mujeres, por ello, la Ciudad de México presta los servicios médicos para que se puedan practicar dichos abortos. En contraste, miles y miles de mujeres arriesgan su integridad física y sus vidas con la práctica de abortos clandestinos a lo largo y ancho de todo el país. Hasta hace 5 años existía un discurso y un espacio para que el delito que nos ocupa desapareciera o se ajustara a los estándares que ya se encuentran en la capital del país. Al parecer, ese espacio ya no existe.

Hay quienes dicen que los derechos humanos se deben someter a una votación popular. Aquí se desconoce que muchas veces los derechos son impopulares y que están diseñados para protegernos de decisiones precisamente populistas. En otros casos, hay personas que se niegan a reconocer los derechos humanos de las mujeres con afirmaciones dogmáticas que no cruzan mayores argumentos. Aquí es relevante, por ejemplo, el tema de la objeción de conciencia en el servicio público.

No suena lógico que el aborto sea una libertad por decisión parlamentaria en la capital, un delito en el resto del país y, sin más, entremos ahora a objeción de conciencia. El debate no se está esclareciendo, sino enredando.

El carácter contra-mayoritario de los derechos humanos nos obliga a definir al cómo nos aproximamos al tema de aborto. Ojalá la reflexión se dé en la siguiente legislatura o en la Corte dado que varios temas tradicionales de derechos humanos no han sido abordados.

Dr. En Derecho

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