/ lunes 20 de julio de 2020

Al rescate de la democracia

Diputada Federal Coordinadora Temática de Economía del Grupo Parlamentario de Morena

Diputado Mario Delgado Carrillo

Presidente de la Junta de Coordinación Política de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados


Los diputados del Grupo Parlamentario que suscribimos esta comunicación, preocupados por la evolución que ha tenido el proceso de designación de aspirantes a incorporarse al Consejo General del INE, expresamos lo siguiente:


1. Hay claros indicios de irregularidades en el proceso de elección de los consejeros, las cuales se han hecho públicas a través de las expresiones de uno de los integrantes del Comité de Evaluación; entre ellas, destaca el posible conflicto de interés entre integrantes de ese Comité y algunos aspirantes al Consejo General del INE que figuran en las quintetas dadas a conocer por el propio Comité.


2. Existen serias contradicciones en las declaraciones de los integrantes del Comité en aspectos cruciales del proceso, como la forma en que se evaluó a los participantes y se seleccionó a quienes quedaron en la lista. No es claro si se logró el consenso que exigen las bases al Comité o si se verificó una votación por medio de la cual los hayan elegido.


3. Hasta ahora, el Comité no ha presentado información que permita conocer de manera individual cómo fueron evaluadas las 60 personas entrevistadas en todos y cada uno de los aspectos que establecen las bases como objeto de evaluación; y tampoco aquella que permita esclarecer los criterios aplicados a esas 60 personas para excluir a 40 e incluir a las 20 que figuran en las cuatro quintetas.


4. Conviene recordar que en el Acuerdo de la JUCOPO expedido el 6 de marzo pasado, en relación con la metodología y el procedimiento para seleccionar a los candidatos a consejeros electorales, se instruyó al Comité Técnico de Evaluación lo siguiente: “En la integración de esta lista se deberá privilegiar el consenso de los integrantes del Comité Técnico de Evaluación”, sin que se faculte o abra la posibilidad de que el Comité tome decisiones por votación mayoritaria o de cualquier otra índole.


5. Asimismo, en ese Acuerdo de la JUCOPO se ordena al Comité Técnico: “Emitir un dictamen razonado que funde y motive la integración de la lista”. Nuestro punto de vista es que ese dictamen debe incluir un análisis caso por caso, y en torno a cada uno de los aspectos evaluados, a fin de justificar plenamente la inclusión de las 20 personas que figuran en la lista y la exclusión de las 40 que quedaron fuera.


6. Estimamos que ninguno de los dos supuestos esenciales que hemos citado, y que forman parte fundamental de las reglas para la designación de los consejeros electorales, se ha cumplido.


7. Por lo anterior, solicitamos que se haga lo necesario para que la JUCOPO no dé entrada a dictamen alguno procedente del Comité Técnico de Evaluación, si éste no cuenta con el aval de todos los integrantes del Comité; en tal hipótesis, nos encontraríamos ante un dictamen que no cumple los requisitos para darle efectos legales, por no ser resultado del consenso entre sus integrantes. Consideramos que ni la JUCOPO ni el Pleno de la Cámara están obligados a considerar un dictamen que a todas luces es ilegal, por no cumplir el requisito de reflejar que el Comité haya privilegiado el consenso, como se mandata en el Acuerdo citado. Si bien la Cámara puede elegir a los consejeros electorales por una mayoría calificada, como lo establece la Constitución, es claro que al Comité Técnico de Evaluación no se le facultó para tomar decisiones de esa manera al integrar las quintetas, sino que se le ordenó privilegiar el consenso, sin autorizársele a tomar decisiones por votación mayoritaria. En esas condiciones, la JUCOPO no debe dar entrada y menos surtir efectos jurídicos a un documento que no tiene valor jurídico por no reunir los requisitos que lo legitimen. Tampoco debe permitir que se le entregue un dictamen que no razone seriamente el fundamento jurídico y la motivación en hechos comprobables de su decisión, por medio de la cual excluye a 40 personas y a la vez incluye a 20 respecto de las quintetas para los cuatro puestos de consejero electoral.


8. Sintetizando nuestra posición, le manifestamos que no estaríamos de acuerdo en que la JUCOPO aceptara un dictamen que es nulo de origen.


9. No tenemos confianza en que haya prevalecido la objetividad al interior del Comité de Evaluación, y por lo tanto no estamos convencidos de que las personas seleccionadas en la lista respondan a un perfil de idoneidad, principalmente por su imparcialidad.


10. En este punto expresamos nuestra convicción de que ha llegado la hora de superar la repartición por cuotas entre partidos políticos de los integrantes del Consejo General. Ese órgano colegiado ya cuenta con representantes de partidos políticos, para que sean escuchados por los consejeros electorales. Los consejeros no tienen por qué ser representantes o correas de transmisión de partido político o gobierno alguno. La pretensión de controlar al árbitro de las elecciones por parte de los partidos políticos o de los gobiernos, ha pervertido la transición democrática de México. Es necesario reencontrar el camino de la democratización y materializar los cambios que permitan a nuestro país consolidar la democracia y el Estado de Derecho. Eso será posible, solo si somos capaces de rechazar y remontar la simulación.


11. Nuestra posición estriba en que MORENA no debe aspirar a controlar al INE, a través de consejeros electorales que le sean incondicionales; y al mismo tiempo no debe permitir que ninguna otra fuerza política tome el control de la autoridad electoral, por la vía de imponer consejeros electorales sumisos a sus intereses. Queremos un Consejo General fuerte e independiente, integrado por ciudadanos honestos e imparciales, y no controlado mediante correas de transmisión.


12. Por lo tanto, solicitamos que se haga lo necesario para reponer el procedimiento de evaluación de los 60 aspirantes que accedieron a la etapa de las entrevistas. Dicho proceso debe ser supervisado por la propia JUCOPO, para evitar que se repitan las irregularidades.


13. La sociedad mexicana no merece que una minoría social imponga a sus personeros en los órganos autónomos de la nación, entre ellos el INE, y mediante subterfugios anule la imparcialidad que debe prevalecer en estos espacios para cumplir con los fines explícitos y legales que motivaron su creación.


14. Un poder soberano de la nación no debe permitir que sus facultades sean suplantadas por un grupo de personas que, al parecer, representan intereses inconfesables, compeliéndola a votar una lista integrada de manera ilegal y sin consenso.


https://www.facebook.com/angeleshuertadip/

@gelahuerta

Diputada Federal Coordinadora Temática de Economía del Grupo Parlamentario de Morena

Diputado Mario Delgado Carrillo

Presidente de la Junta de Coordinación Política de la LXIV Legislatura de la Cámara de Diputados


Los diputados del Grupo Parlamentario que suscribimos esta comunicación, preocupados por la evolución que ha tenido el proceso de designación de aspirantes a incorporarse al Consejo General del INE, expresamos lo siguiente:


1. Hay claros indicios de irregularidades en el proceso de elección de los consejeros, las cuales se han hecho públicas a través de las expresiones de uno de los integrantes del Comité de Evaluación; entre ellas, destaca el posible conflicto de interés entre integrantes de ese Comité y algunos aspirantes al Consejo General del INE que figuran en las quintetas dadas a conocer por el propio Comité.


2. Existen serias contradicciones en las declaraciones de los integrantes del Comité en aspectos cruciales del proceso, como la forma en que se evaluó a los participantes y se seleccionó a quienes quedaron en la lista. No es claro si se logró el consenso que exigen las bases al Comité o si se verificó una votación por medio de la cual los hayan elegido.


3. Hasta ahora, el Comité no ha presentado información que permita conocer de manera individual cómo fueron evaluadas las 60 personas entrevistadas en todos y cada uno de los aspectos que establecen las bases como objeto de evaluación; y tampoco aquella que permita esclarecer los criterios aplicados a esas 60 personas para excluir a 40 e incluir a las 20 que figuran en las cuatro quintetas.


4. Conviene recordar que en el Acuerdo de la JUCOPO expedido el 6 de marzo pasado, en relación con la metodología y el procedimiento para seleccionar a los candidatos a consejeros electorales, se instruyó al Comité Técnico de Evaluación lo siguiente: “En la integración de esta lista se deberá privilegiar el consenso de los integrantes del Comité Técnico de Evaluación”, sin que se faculte o abra la posibilidad de que el Comité tome decisiones por votación mayoritaria o de cualquier otra índole.


5. Asimismo, en ese Acuerdo de la JUCOPO se ordena al Comité Técnico: “Emitir un dictamen razonado que funde y motive la integración de la lista”. Nuestro punto de vista es que ese dictamen debe incluir un análisis caso por caso, y en torno a cada uno de los aspectos evaluados, a fin de justificar plenamente la inclusión de las 20 personas que figuran en la lista y la exclusión de las 40 que quedaron fuera.


6. Estimamos que ninguno de los dos supuestos esenciales que hemos citado, y que forman parte fundamental de las reglas para la designación de los consejeros electorales, se ha cumplido.


7. Por lo anterior, solicitamos que se haga lo necesario para que la JUCOPO no dé entrada a dictamen alguno procedente del Comité Técnico de Evaluación, si éste no cuenta con el aval de todos los integrantes del Comité; en tal hipótesis, nos encontraríamos ante un dictamen que no cumple los requisitos para darle efectos legales, por no ser resultado del consenso entre sus integrantes. Consideramos que ni la JUCOPO ni el Pleno de la Cámara están obligados a considerar un dictamen que a todas luces es ilegal, por no cumplir el requisito de reflejar que el Comité haya privilegiado el consenso, como se mandata en el Acuerdo citado. Si bien la Cámara puede elegir a los consejeros electorales por una mayoría calificada, como lo establece la Constitución, es claro que al Comité Técnico de Evaluación no se le facultó para tomar decisiones de esa manera al integrar las quintetas, sino que se le ordenó privilegiar el consenso, sin autorizársele a tomar decisiones por votación mayoritaria. En esas condiciones, la JUCOPO no debe dar entrada y menos surtir efectos jurídicos a un documento que no tiene valor jurídico por no reunir los requisitos que lo legitimen. Tampoco debe permitir que se le entregue un dictamen que no razone seriamente el fundamento jurídico y la motivación en hechos comprobables de su decisión, por medio de la cual excluye a 40 personas y a la vez incluye a 20 respecto de las quintetas para los cuatro puestos de consejero electoral.


8. Sintetizando nuestra posición, le manifestamos que no estaríamos de acuerdo en que la JUCOPO aceptara un dictamen que es nulo de origen.


9. No tenemos confianza en que haya prevalecido la objetividad al interior del Comité de Evaluación, y por lo tanto no estamos convencidos de que las personas seleccionadas en la lista respondan a un perfil de idoneidad, principalmente por su imparcialidad.


10. En este punto expresamos nuestra convicción de que ha llegado la hora de superar la repartición por cuotas entre partidos políticos de los integrantes del Consejo General. Ese órgano colegiado ya cuenta con representantes de partidos políticos, para que sean escuchados por los consejeros electorales. Los consejeros no tienen por qué ser representantes o correas de transmisión de partido político o gobierno alguno. La pretensión de controlar al árbitro de las elecciones por parte de los partidos políticos o de los gobiernos, ha pervertido la transición democrática de México. Es necesario reencontrar el camino de la democratización y materializar los cambios que permitan a nuestro país consolidar la democracia y el Estado de Derecho. Eso será posible, solo si somos capaces de rechazar y remontar la simulación.


11. Nuestra posición estriba en que MORENA no debe aspirar a controlar al INE, a través de consejeros electorales que le sean incondicionales; y al mismo tiempo no debe permitir que ninguna otra fuerza política tome el control de la autoridad electoral, por la vía de imponer consejeros electorales sumisos a sus intereses. Queremos un Consejo General fuerte e independiente, integrado por ciudadanos honestos e imparciales, y no controlado mediante correas de transmisión.


12. Por lo tanto, solicitamos que se haga lo necesario para reponer el procedimiento de evaluación de los 60 aspirantes que accedieron a la etapa de las entrevistas. Dicho proceso debe ser supervisado por la propia JUCOPO, para evitar que se repitan las irregularidades.


13. La sociedad mexicana no merece que una minoría social imponga a sus personeros en los órganos autónomos de la nación, entre ellos el INE, y mediante subterfugios anule la imparcialidad que debe prevalecer en estos espacios para cumplir con los fines explícitos y legales que motivaron su creación.


14. Un poder soberano de la nación no debe permitir que sus facultades sean suplantadas por un grupo de personas que, al parecer, representan intereses inconfesables, compeliéndola a votar una lista integrada de manera ilegal y sin consenso.


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@gelahuerta

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