/ miércoles 21 de marzo de 2018

Algunas novedades en la integración de las casillas

El domingo 1 de julio, México celebrará la elección más grande de la que tenga registro su historia democrática, por lo que el camino que aún debemos recorrer hasta el día de las votaciones supone retos organizacionales complejos para el INE, pero también para la ciudadanía, porque si bien el Instituto organiza los procesos electorales en el país, serán las y los ciudadanos que en su caso se desempeñen como funcionarias y funcionarios de las Mesas Directivas de Casilla, quienes tendrán la oportunidad y la responsabilidad de recibir y contar el voto de sus vecinas y vecinos.

Cabe decir que, dentro del conjunto de responsabilidades encomendadas al INE encontramos justamente la de integrar las Mesas Directivas de Casilla con ciudadanos y ciudadanas elegidos mediante un doble sorteo. Este proceso de “doble insaculación” es uno de los componentes que otorga mayor objetividad e imparcialidad en la organización de las elecciones en el país, ya que da pie a una sana incertidumbre de no saber, de manera anticipada, quiénes serán las y los funcionarios que serán designados, constituyendo así la base de la confianza en la recepción y cómputo de los votos, que el día de la elección recaerá en la ciudadanía que integre las casillas.

La experiencia del Instituto en torno a la realización de dicho sorteo ha sido correlativa con el tiempo de existencia de esta autoridad, y por cierto, ha sufrido algunas actualizaciones que vale la pena traer a cuenta. En 1991, el entonces IFE utilizó este procedimiento, pero consistente en un único sorteo, para insacular el 20% del Listado Nominal; para 1994 se comenzó a realizar la doble insaculación y el porcentaje de ciudadanía sorteada se redujo a 15%.

Desde 1997 el porcentaje de ciudadanía sorteada fue de 10% hasta que entró en escena la Reforma Político-electoral de 2014, la cual estableció una insaculación del 13% que se puso en práctica por primera vez en las elecciones de 2015 y cuyo porcentaje es el que hemos tomado para realizar el sorteo de ciudadanas y ciudadanos en estas elecciones de 2018.

Dos novedades podemos agregar que resultan importantes en el marco de la protección de los derechos humanos: la ley electoral establece una serie de requisitos que la ciudadanía debe cumplir para poder fungir como funcionarias y funcionarios de casilla. En este contexto, el INE decidió que el requisito relativo a no tener más de 70 años al día de la elección debería exceptuarse derivado de las disposiciones internacionales y nacionales a favor del derecho a la no discriminación de cualquier índole en el ejercicio de los derechos políticos de las personas. De esta forma, quienes cuenten con 71 años o más no tendrán restricción para participar como funcionarias y funcionarios de mesa directiva de casilla el próximo 1 de julio, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos. Si bien esta excepción se implementó en las elecciones locales de 2017, este año se aplicará por primera vez en elecciones federales.

Por otra parte, la ley también establece el requisito de ser ciudadana o ciudadano mexicano por nacimiento y excluye a quienes ostenten doble nacionalidad o sean naturalizados. Al respecto, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideró que dicha porción normativa resulta inconstitucional, por lo que determinó su inaplicación en un caso concreto, en tanto que genera una distinción discriminatoria que restringe el ejercicio del derecho de participación política e inhibe la participación ciudadana en lugar de potenciar su ejercicio. Así, derivado de la resolución del Tribunal, el INE propuso que la sentencia en cuestión (SUP-JDC-894/2017) tuviera efectos erga omnes con la finalidad de garantizar el ejercicio pleno de los derechos político-electorales a toda la ciudadanía, es decir, que los efectos de la sentencia no sólo favorecieran a la persona que promovió el referido juicio, sino a cualquier otra persona que se pudiera ubicar en dicha hipótesis normativa.

Como resultado: el 4 de marzo se llevó a cabo el proceso de la primera insaculación en todo el país, y en este proceso resultaron insaculadas 21 mil 736 personas con doble nacionalidad y 9 mil 906 naturalizadas.

Lo que viene: desde el 7 de marzo, 45 mil supervisores y supervisoras electorales, así como capacitadoras y capacitadores-asistentes electorales del INE han iniciado la actividad de campo de este arduo proceso, y recorren todas las zonas del país para notificar a los más de 11 millones de ciudadanos y ciudadanas insaculados, y así entregarles su carta-notificación y sensibilizarlos sobre la importancia de su participación en la integración de las Mesas Directivas de Casilla.

Si las y los mexicanos vemos como una necesidad el participar de manera directa y activa en las decisiones importantes del país, y ciudadanizar la organización de ejercicios democráticos tan importantes como las elecciones, ésta es, sin lugar a dudas, una oportunidad inigualable.

El domingo 1 de julio, México celebrará la elección más grande de la que tenga registro su historia democrática, por lo que el camino que aún debemos recorrer hasta el día de las votaciones supone retos organizacionales complejos para el INE, pero también para la ciudadanía, porque si bien el Instituto organiza los procesos electorales en el país, serán las y los ciudadanos que en su caso se desempeñen como funcionarias y funcionarios de las Mesas Directivas de Casilla, quienes tendrán la oportunidad y la responsabilidad de recibir y contar el voto de sus vecinas y vecinos.

Cabe decir que, dentro del conjunto de responsabilidades encomendadas al INE encontramos justamente la de integrar las Mesas Directivas de Casilla con ciudadanos y ciudadanas elegidos mediante un doble sorteo. Este proceso de “doble insaculación” es uno de los componentes que otorga mayor objetividad e imparcialidad en la organización de las elecciones en el país, ya que da pie a una sana incertidumbre de no saber, de manera anticipada, quiénes serán las y los funcionarios que serán designados, constituyendo así la base de la confianza en la recepción y cómputo de los votos, que el día de la elección recaerá en la ciudadanía que integre las casillas.

La experiencia del Instituto en torno a la realización de dicho sorteo ha sido correlativa con el tiempo de existencia de esta autoridad, y por cierto, ha sufrido algunas actualizaciones que vale la pena traer a cuenta. En 1991, el entonces IFE utilizó este procedimiento, pero consistente en un único sorteo, para insacular el 20% del Listado Nominal; para 1994 se comenzó a realizar la doble insaculación y el porcentaje de ciudadanía sorteada se redujo a 15%.

Desde 1997 el porcentaje de ciudadanía sorteada fue de 10% hasta que entró en escena la Reforma Político-electoral de 2014, la cual estableció una insaculación del 13% que se puso en práctica por primera vez en las elecciones de 2015 y cuyo porcentaje es el que hemos tomado para realizar el sorteo de ciudadanas y ciudadanos en estas elecciones de 2018.

Dos novedades podemos agregar que resultan importantes en el marco de la protección de los derechos humanos: la ley electoral establece una serie de requisitos que la ciudadanía debe cumplir para poder fungir como funcionarias y funcionarios de casilla. En este contexto, el INE decidió que el requisito relativo a no tener más de 70 años al día de la elección debería exceptuarse derivado de las disposiciones internacionales y nacionales a favor del derecho a la no discriminación de cualquier índole en el ejercicio de los derechos políticos de las personas. De esta forma, quienes cuenten con 71 años o más no tendrán restricción para participar como funcionarias y funcionarios de mesa directiva de casilla el próximo 1 de julio, siempre y cuando cumplan con los demás requisitos. Si bien esta excepción se implementó en las elecciones locales de 2017, este año se aplicará por primera vez en elecciones federales.

Por otra parte, la ley también establece el requisito de ser ciudadana o ciudadano mexicano por nacimiento y excluye a quienes ostenten doble nacionalidad o sean naturalizados. Al respecto, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación consideró que dicha porción normativa resulta inconstitucional, por lo que determinó su inaplicación en un caso concreto, en tanto que genera una distinción discriminatoria que restringe el ejercicio del derecho de participación política e inhibe la participación ciudadana en lugar de potenciar su ejercicio. Así, derivado de la resolución del Tribunal, el INE propuso que la sentencia en cuestión (SUP-JDC-894/2017) tuviera efectos erga omnes con la finalidad de garantizar el ejercicio pleno de los derechos político-electorales a toda la ciudadanía, es decir, que los efectos de la sentencia no sólo favorecieran a la persona que promovió el referido juicio, sino a cualquier otra persona que se pudiera ubicar en dicha hipótesis normativa.

Como resultado: el 4 de marzo se llevó a cabo el proceso de la primera insaculación en todo el país, y en este proceso resultaron insaculadas 21 mil 736 personas con doble nacionalidad y 9 mil 906 naturalizadas.

Lo que viene: desde el 7 de marzo, 45 mil supervisores y supervisoras electorales, así como capacitadoras y capacitadores-asistentes electorales del INE han iniciado la actividad de campo de este arduo proceso, y recorren todas las zonas del país para notificar a los más de 11 millones de ciudadanos y ciudadanas insaculados, y así entregarles su carta-notificación y sensibilizarlos sobre la importancia de su participación en la integración de las Mesas Directivas de Casilla.

Si las y los mexicanos vemos como una necesidad el participar de manera directa y activa en las decisiones importantes del país, y ciudadanizar la organización de ejercicios democráticos tan importantes como las elecciones, ésta es, sin lugar a dudas, una oportunidad inigualable.