/ miércoles 6 de junio de 2018

AMLO: reo de sedición

En su artículo 132, el Código Penal Federal tipifica el delito de sedición. En otros ordenamientos del mismo código se establecen penas de cinco a quince años de cárcel a quien o quienes llamen, impelan o induzcan a la desobediencia de las leyes y a impedir a las autoridades el cumplimiento de sus funciones. La sedición está dentro del amplio concepto de faltas al orden público; raras veces ha sido sancionada y quienes la cometen sometidos a proceso, dada la relación que este delito tiene con movimientos políticos o sociales.

En torno a una promesa del candidato de la coalición Juntos Haremos Historia, Andrés Manuel López Obrador, ha resurgido en algunos estados del país el movimiento de un sector minoritario del magisterio para exigir la abrogación de la Reforma Educativa en marcha. Los disidentes agrupados en la llamada Coordinadora Nacional de la Educación imponen paros de clases en escuelas de Chiapas, Oaxaca, Guerrero y Michoacán, entre otras entidades. Bloquean carreteras y accesos a aeropuertos y estaciones de transporte público y desde el lunes se han instalado en un plantón indefinido frente a la Secretaría de Gobernación en demanda de una mesa de diálogo en la que las peticiones centrales son la cancelación de la Reforma Educativa y la reinstalación de los profesores suspendidos por inasistencia a sus labores y negarse a la evaluación educativa. Miles de alumnos permanecen sin clases en espera de que sus maestros se dignen regresar a las aulas.

En el movimiento y en las acciones de los integrantes de la CNTE, están claramente configurados delitos contra el orden público como los ataques a las vías generales de comunicación, daños a terceros y la presión a la autoridad para impedir el cumplimiento de sus funciones. Más grave que esas faltas es el secuestro de la educación y del derecho de la niñez y la juventud a la enseñanza, que es una de las garantías principales consagradas por la Constitución. No hay duda tampoco de que ese movimiento es instigado, y probablemente financiado por la campaña de Andrés Manuel López Obrador. Su propósito de promover la cancelación de la Reforma Educativa, aprobada por el Congreso de la Unión, configura un claro delito de sedición consignado y sancionado por los códigos penales federal y estatales. Su promesa de revertir la Reforma Educativa llama, impele e induce a la comisión de esos delitos.

En medio de las campañas para la Presidencia de la República, es obvio que una acusación en contra de López Obrador por el delito de sedición, cuya comisión es flagrante, tendría consecuencias políticas y electorales. No obstante, ante la opinión pública queda claro que López Obrador y los dirigentes de la disidencia magisterial incurren en ese ilícito y en otros que ofenden y dañan a la sociedad. Frente a esas evidencias, la opinión pública no debe permanecer impasible. Si no reo de la justicia, López Obrador debe ser objeto de la reprobación general y recibir la sanción que corresponde a un aspirante a ocupar la Presidencia de la República, sin el menor respeto a los derechos y las libertades de la sociedad, de la niñez y la juventud. Si por circunstancias políticas la sanción a López Obrador no puede ser jurídica, el castigo debe ser la negación del voto.

Srio28@prodigy.net.mx

En su artículo 132, el Código Penal Federal tipifica el delito de sedición. En otros ordenamientos del mismo código se establecen penas de cinco a quince años de cárcel a quien o quienes llamen, impelan o induzcan a la desobediencia de las leyes y a impedir a las autoridades el cumplimiento de sus funciones. La sedición está dentro del amplio concepto de faltas al orden público; raras veces ha sido sancionada y quienes la cometen sometidos a proceso, dada la relación que este delito tiene con movimientos políticos o sociales.

En torno a una promesa del candidato de la coalición Juntos Haremos Historia, Andrés Manuel López Obrador, ha resurgido en algunos estados del país el movimiento de un sector minoritario del magisterio para exigir la abrogación de la Reforma Educativa en marcha. Los disidentes agrupados en la llamada Coordinadora Nacional de la Educación imponen paros de clases en escuelas de Chiapas, Oaxaca, Guerrero y Michoacán, entre otras entidades. Bloquean carreteras y accesos a aeropuertos y estaciones de transporte público y desde el lunes se han instalado en un plantón indefinido frente a la Secretaría de Gobernación en demanda de una mesa de diálogo en la que las peticiones centrales son la cancelación de la Reforma Educativa y la reinstalación de los profesores suspendidos por inasistencia a sus labores y negarse a la evaluación educativa. Miles de alumnos permanecen sin clases en espera de que sus maestros se dignen regresar a las aulas.

En el movimiento y en las acciones de los integrantes de la CNTE, están claramente configurados delitos contra el orden público como los ataques a las vías generales de comunicación, daños a terceros y la presión a la autoridad para impedir el cumplimiento de sus funciones. Más grave que esas faltas es el secuestro de la educación y del derecho de la niñez y la juventud a la enseñanza, que es una de las garantías principales consagradas por la Constitución. No hay duda tampoco de que ese movimiento es instigado, y probablemente financiado por la campaña de Andrés Manuel López Obrador. Su propósito de promover la cancelación de la Reforma Educativa, aprobada por el Congreso de la Unión, configura un claro delito de sedición consignado y sancionado por los códigos penales federal y estatales. Su promesa de revertir la Reforma Educativa llama, impele e induce a la comisión de esos delitos.

En medio de las campañas para la Presidencia de la República, es obvio que una acusación en contra de López Obrador por el delito de sedición, cuya comisión es flagrante, tendría consecuencias políticas y electorales. No obstante, ante la opinión pública queda claro que López Obrador y los dirigentes de la disidencia magisterial incurren en ese ilícito y en otros que ofenden y dañan a la sociedad. Frente a esas evidencias, la opinión pública no debe permanecer impasible. Si no reo de la justicia, López Obrador debe ser objeto de la reprobación general y recibir la sanción que corresponde a un aspirante a ocupar la Presidencia de la República, sin el menor respeto a los derechos y las libertades de la sociedad, de la niñez y la juventud. Si por circunstancias políticas la sanción a López Obrador no puede ser jurídica, el castigo debe ser la negación del voto.

Srio28@prodigy.net.mx