/ miércoles 19 de junio de 2019

Así es el Derecho | Complemento del derecho a la salud

Referirnos a derechos humanos en este espacio es prácticamente una constante, y es que, la lista de estas prerrogativas inherentes al hombre y salvaguardas de su dignidad han ido ensanchándose desde su primera aparición en agosto de 1978. De gran relevancia entre ellos es el derecho humano a la salud, que además está registrado en el artículo 4o de la Constitución Política del país.

Este derecho debe garantizarse conforme a la organización jurídica, política, económica y social en que se desarrolle el individuo, quien debe tener acceso tanto a la salud preventiva como a la correctiva, y gozar otras prerrogativas estrechamente relacionadas y determinantes, como el derecho a la alimentación, al agua, a la vivienda y a ambiente limpio y sano, entre otros.

Garantizar su disfrute a los más de cien millones de personas que habitamos este gran país, y en general procurar el mayor bienestar posible a todos, requiere grandes esfuerzos del Estado, tarea que suele complicarse cuando un individuo debe ser internado en una institución del servicio de salud y necesita la presencia de un familiar o pariente, que deben pernoctar y alimentarse fuera de la institución.

Hay que tener presente a las personas que requieren atención médica de tercer nivel y deben viajar cientos de kilómetros, pues los hospitales más adecuados se encuentran en las grandes zonas urbanas y, en consecuencia, sus acompañantes se ven sometidos a condiciones precarias, insalubres y a veces hasta peligrosas, porque las instituciones de salud públicas carecen de espacio para albergarlos.

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en el país hay mil182 hospitales públicos, de los cuales sólo 548 cuentan con servicio de urgencias, y ninguno con instalaciones que eviten esas penurias a los familiares de los enfermos internados hasta que son dados de alta.

Ejemplo del caso es el Hospital General de Zona 1-A del IMSS Municipio Libre, ubicado a un costado del Parque de los Venados, donde las personas que deben estar atentas a los enfermos se sientan y recuestan en la rampa de urgencias, lo que impide el libre paso de las ambulancias y vuelve su estancia no sólo incómoda, sino también peligrosa.

Otro ejemplo es el Hospital General de México, de la SecretarÍa de Salud, ubicado en la colonia Doctores, donde los familiares deben esperar en las calles, sea en automóvil o sentados en la banqueta, y se convierten en blanco fácil de la delincuencia y hasta los franeleros les cobran cuota diaria. Muestra clara de la inseguridad es que la menor Nancy Tirzo Sánchez fue robada a una de esas personas en las inmediaciones de dicho nosocomio, el 14 de abril pasado.

Si bien es cierto que se requieren grandes esfuerzos para garantizar atención médica de calidad a todos los ciudadanos, también lo es que en atención al auge de los derechos humanos y el principio de interdependencia propio de ellos, deben establecerse medidas de protección y bienestar para quienes deben estar atentos a los enfermos durante su tratamiento.

Una forma de brindar protección generalizada que se requiere sería la instalación de albergues, que únicamente se establecen en casos de urgencia, la mayoría por desastres naturales; podrían constituirse en torno de los hospitales públicos o del IMSS e ISSSTE en las principales ciudades del país. Sería ideal poner comedores comunitarios cerca de ellos o en su interior, pues la mayoría de esas personas son de escasos recursos.

Así es el Derecho.

Referirnos a derechos humanos en este espacio es prácticamente una constante, y es que, la lista de estas prerrogativas inherentes al hombre y salvaguardas de su dignidad han ido ensanchándose desde su primera aparición en agosto de 1978. De gran relevancia entre ellos es el derecho humano a la salud, que además está registrado en el artículo 4o de la Constitución Política del país.

Este derecho debe garantizarse conforme a la organización jurídica, política, económica y social en que se desarrolle el individuo, quien debe tener acceso tanto a la salud preventiva como a la correctiva, y gozar otras prerrogativas estrechamente relacionadas y determinantes, como el derecho a la alimentación, al agua, a la vivienda y a ambiente limpio y sano, entre otros.

Garantizar su disfrute a los más de cien millones de personas que habitamos este gran país, y en general procurar el mayor bienestar posible a todos, requiere grandes esfuerzos del Estado, tarea que suele complicarse cuando un individuo debe ser internado en una institución del servicio de salud y necesita la presencia de un familiar o pariente, que deben pernoctar y alimentarse fuera de la institución.

Hay que tener presente a las personas que requieren atención médica de tercer nivel y deben viajar cientos de kilómetros, pues los hospitales más adecuados se encuentran en las grandes zonas urbanas y, en consecuencia, sus acompañantes se ven sometidos a condiciones precarias, insalubres y a veces hasta peligrosas, porque las instituciones de salud públicas carecen de espacio para albergarlos.

De acuerdo al Instituto Nacional de Estadística, Geografía e Informática (INEGI), en el país hay mil182 hospitales públicos, de los cuales sólo 548 cuentan con servicio de urgencias, y ninguno con instalaciones que eviten esas penurias a los familiares de los enfermos internados hasta que son dados de alta.

Ejemplo del caso es el Hospital General de Zona 1-A del IMSS Municipio Libre, ubicado a un costado del Parque de los Venados, donde las personas que deben estar atentas a los enfermos se sientan y recuestan en la rampa de urgencias, lo que impide el libre paso de las ambulancias y vuelve su estancia no sólo incómoda, sino también peligrosa.

Otro ejemplo es el Hospital General de México, de la SecretarÍa de Salud, ubicado en la colonia Doctores, donde los familiares deben esperar en las calles, sea en automóvil o sentados en la banqueta, y se convierten en blanco fácil de la delincuencia y hasta los franeleros les cobran cuota diaria. Muestra clara de la inseguridad es que la menor Nancy Tirzo Sánchez fue robada a una de esas personas en las inmediaciones de dicho nosocomio, el 14 de abril pasado.

Si bien es cierto que se requieren grandes esfuerzos para garantizar atención médica de calidad a todos los ciudadanos, también lo es que en atención al auge de los derechos humanos y el principio de interdependencia propio de ellos, deben establecerse medidas de protección y bienestar para quienes deben estar atentos a los enfermos durante su tratamiento.

Una forma de brindar protección generalizada que se requiere sería la instalación de albergues, que únicamente se establecen en casos de urgencia, la mayoría por desastres naturales; podrían constituirse en torno de los hospitales públicos o del IMSS e ISSSTE en las principales ciudades del país. Sería ideal poner comedores comunitarios cerca de ellos o en su interior, pues la mayoría de esas personas son de escasos recursos.

Así es el Derecho.