/ miércoles 6 de diciembre de 2017

Así es el Derecho / Derechos de personas con discapacidad

Como bien lo señala la Declaración Universal de los Derechos Humanos, todos los hombres nacemos libres e iguales en dignidad y derechos, y es labor de los Estados nacionales crear las condiciones que nos permitan el acceso y ejercicio de los mismos. Estas acciones institucionales deben ser específicas, aún más cuando se trata de garantizar a las personas con discapacida el pleno goce de esas garantías.

Los derechos humanos son políticos, civiles, económicos, sociales y culturales, las personas con discapacidad deben gozarlos en las mismas condiciones que los demás, aun cuando, sin que se les discrimine de ninguna manera, tienen derechos adicionales ligados a su individualidad.

Entre ellos están la no distinción, no exclusión, no restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad, sin que esto implique deterioro del disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales: igualdad de oportunidades y ante a ley; derecho a tratamiento médico, psicológico y funcional, rehabilitación y otros servicios necesarios para el desarrollo de sus capacidades, habilidades, autoestima y confianza.

También tienen derecho a trabajar, a recibir un salario; a ser tratados con dignidad y respeto. Estos derechos tienen la característica de ser indivisibles, interdependientes e interrelacionados.

Asimismo, es indispensable tomar en cuenta que la diversidad es propia de nuestra sociedad y, para vivir en una comunidad justa y de vanguardia, es requisito que, sin importar las diferencias, tengamos acceso a cada una de las libertades y derechos que la ley nos otorga.

El domingo 3 de diciembre se conmemoró el Día Internacional de las Personas con Discapacidad. Hasta el año 2010, el 14% de la población, es decir más de 16.5 millones de mexicanos, padece alguna discapacidad auditiva, motora, visual, psicosocial o intelectual. Por ello el Estado debe asumir su obligación de garantizar los derechos humanos de las personas con alguna discapacidad. Al respecto, desde el año 2000 existe una ley para que sean integradas al desarrollo, la cual obliga a la construcción de líneas de transporte adaptadas para permitir su accesibilidad.

También existe la Ley Federal para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicada en 2011, para asegurar su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades; también hay leyes locales para su protección, integración y desarrollo, además de que se han firmado innumerables tratados internacionales.

Pese a lo anterior, México ha recibido recomendaciones de la ONU para combatir la discriminación. Por lo que en el país falta mucho para garantizar el respeto a los derechos de las personas con alguna discapacidad. Un ejemplo de este rezago se expone en un diagnóstico realizado por la agrupación El poder del Consumidor. Al dar seguimiento al Metrobús, se encontró que la Línea 1 tiene 65% de accesibilidad; 73% las 2 y 3, y 83% la 5. Es decir, el derecho a la accesibilidad no es garantizado ni siquiera en la entidad con mayor infraestructura y desarrollo.

Aún falta mucho por hacer para poder garantizar el ejercicio de los derechos humanos y el respeto gubernamental a los mismos, tanto al grupo poblacional referido, como a todos y cada uno de los ciudadanos.

Como bien lo señala la Declaración Universal de los Derechos Humanos, todos los hombres nacemos libres e iguales en dignidad y derechos, y es labor de los Estados nacionales crear las condiciones que nos permitan el acceso y ejercicio de los mismos. Estas acciones institucionales deben ser específicas, aún más cuando se trata de garantizar a las personas con discapacida el pleno goce de esas garantías.

Los derechos humanos son políticos, civiles, económicos, sociales y culturales, las personas con discapacidad deben gozarlos en las mismas condiciones que los demás, aun cuando, sin que se les discrimine de ninguna manera, tienen derechos adicionales ligados a su individualidad.

Entre ellos están la no distinción, no exclusión, no restricción o preferencia basada en su condición de discapacidad, sin que esto implique deterioro del disfrute de los derechos humanos y libertades fundamentales: igualdad de oportunidades y ante a ley; derecho a tratamiento médico, psicológico y funcional, rehabilitación y otros servicios necesarios para el desarrollo de sus capacidades, habilidades, autoestima y confianza.

También tienen derecho a trabajar, a recibir un salario; a ser tratados con dignidad y respeto. Estos derechos tienen la característica de ser indivisibles, interdependientes e interrelacionados.

Asimismo, es indispensable tomar en cuenta que la diversidad es propia de nuestra sociedad y, para vivir en una comunidad justa y de vanguardia, es requisito que, sin importar las diferencias, tengamos acceso a cada una de las libertades y derechos que la ley nos otorga.

El domingo 3 de diciembre se conmemoró el Día Internacional de las Personas con Discapacidad. Hasta el año 2010, el 14% de la población, es decir más de 16.5 millones de mexicanos, padece alguna discapacidad auditiva, motora, visual, psicosocial o intelectual. Por ello el Estado debe asumir su obligación de garantizar los derechos humanos de las personas con alguna discapacidad. Al respecto, desde el año 2000 existe una ley para que sean integradas al desarrollo, la cual obliga a la construcción de líneas de transporte adaptadas para permitir su accesibilidad.

También existe la Ley Federal para la Inclusión de las Personas con Discapacidad, publicada en 2011, para asegurar su plena inclusión a la sociedad en un marco de respeto, igualdad y equiparación de oportunidades; también hay leyes locales para su protección, integración y desarrollo, además de que se han firmado innumerables tratados internacionales.

Pese a lo anterior, México ha recibido recomendaciones de la ONU para combatir la discriminación. Por lo que en el país falta mucho para garantizar el respeto a los derechos de las personas con alguna discapacidad. Un ejemplo de este rezago se expone en un diagnóstico realizado por la agrupación El poder del Consumidor. Al dar seguimiento al Metrobús, se encontró que la Línea 1 tiene 65% de accesibilidad; 73% las 2 y 3, y 83% la 5. Es decir, el derecho a la accesibilidad no es garantizado ni siquiera en la entidad con mayor infraestructura y desarrollo.

Aún falta mucho por hacer para poder garantizar el ejercicio de los derechos humanos y el respeto gubernamental a los mismos, tanto al grupo poblacional referido, como a todos y cada uno de los ciudadanos.