/ miércoles 3 de agosto de 2022

Así es el Derecho | El nuevo Derecho del trabajo

En materia del trabajo se han realizado recientemente diversas reformas, como la del año 2012, y la más importante, de donde deviene la expresión “nuevo Derecho del trabajo”, es la publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de mayo de 2019.

Esta reforma, igual que las últimas iniciativas del Ejecutivo federal en la materia, tiene como detonador el hecho de que el Derecho en materia laboral no estaba a la par con los diversos cambios económicos y sociales que se daban en el mundo. Concretamente, era necesario reforzar y garantizar que la impartición de justicia en materia laboral también fuera de manera pronta y expedita, esto en el aspecto individual; ahora bien, en lo colectivo, los puntos que se abordan son: la libertad sindical y la libre asociación, ya que no se daba cumplimento ni siquiera a los convenios signados por el país con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Se consideró también la experiencia de que los juicios en materia laboral pueden durar incluso más de 15 años; por todo eso y por los tratados Transpacífico y México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) signados por nuestro país, el gobierno federal se vio en la necesidad de implantar lo que se llamó “Diálogos de la justicia cotidiana”, en los que se abordaron los problemas que trastornan el funcionamiento de los tribunales de trabajo (Junta Federal, Juntas Locales y Tribunal Federal) y así obstaculizan la impartición de la justicia laboral, y la práctica inadecuada del litigio en ellos.

Así, "El diagnóstico de la mesa laboral de justicia cotidiana” abordó los diferentes problemas que enfrentan cotidianamente los tribunales de trabajo (‘Diagnóstico Justicia Laboral | Justicia Cotidiana | Gobierno | gob.mx) e identificó dos problemáticas generales: la que se da al interior de los tribunales de trabajo y la relativa a los justiciables.

La idea fundamental fue y es modernizar el Derecho procesal en materia del trabajo, a fin de que la justicia en el rubro sea pronta, expedita, gratuita y oral; y que haya representación sindical real, efectiva. Es decir, se busca hacer eficiente el Derecho del trabajo mediante cambios legislativos en la materia y el funcionamiento diferente en el aparato de procuración y administración de justicia a trabajadores.

Esto se visualiza actualmente en el Poder Judicial de la Ciudad de México, que tiene en marcha la integración de los nuevos juzgados laborales. De aquí que se encuentren en trámite la captación y evaluación del personal que formará parte de esos órganos jurisdiccionales.

El Derecho laboral mexicano era reputado como referente internacional en razón de la incorporación de los derechos sociales a la Constitución de 1917, los cuales han tenido pocos e insignificantes cambios en más de 100 años. El más trascendente fue con la reforma hecha en el año 2019 a la Ley Federal del Trabajo, que incluso formaba parte de las obligaciones que México contrajo durante la negociación del T-MEC.

Uno de los principales temas que se consideraron en la reforma que dio paso al nuevo sistema de justicia laboral es la conciliación como modelo de resolución de conflictos entre patrones y trabajadores; la avenencia ya es medio de justicia alternativa que no sólo se privilegia en materia laboral, sino también en todas las materias jurídicas, de conformidad con lo estipulado en el artículo 17 constitucional, que tiene como objetivo reducir el número de controversias que lleguen a los tribunales en todas las materias.

Pero debe destacarse que el eje de la reforma laboral en comento es la dignidad de las y los trabajadores, así como el crecimiento económico de los empresarios, que a su vez favorece el de la economía del país. De aquí también la apuesta a que la modernización del sistema judicial en materia laboral será beneficiosa etapa que necesariamente conllevará equilibrio entre la fuerza de trabajo y el capital.


Así es el Derecho.

En materia del trabajo se han realizado recientemente diversas reformas, como la del año 2012, y la más importante, de donde deviene la expresión “nuevo Derecho del trabajo”, es la publicada en el Diario Oficial de la Federación el 1º de mayo de 2019.

Esta reforma, igual que las últimas iniciativas del Ejecutivo federal en la materia, tiene como detonador el hecho de que el Derecho en materia laboral no estaba a la par con los diversos cambios económicos y sociales que se daban en el mundo. Concretamente, era necesario reforzar y garantizar que la impartición de justicia en materia laboral también fuera de manera pronta y expedita, esto en el aspecto individual; ahora bien, en lo colectivo, los puntos que se abordan son: la libertad sindical y la libre asociación, ya que no se daba cumplimento ni siquiera a los convenios signados por el país con la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

Se consideró también la experiencia de que los juicios en materia laboral pueden durar incluso más de 15 años; por todo eso y por los tratados Transpacífico y México-Estados Unidos-Canadá (T-MEC) signados por nuestro país, el gobierno federal se vio en la necesidad de implantar lo que se llamó “Diálogos de la justicia cotidiana”, en los que se abordaron los problemas que trastornan el funcionamiento de los tribunales de trabajo (Junta Federal, Juntas Locales y Tribunal Federal) y así obstaculizan la impartición de la justicia laboral, y la práctica inadecuada del litigio en ellos.

Así, "El diagnóstico de la mesa laboral de justicia cotidiana” abordó los diferentes problemas que enfrentan cotidianamente los tribunales de trabajo (‘Diagnóstico Justicia Laboral | Justicia Cotidiana | Gobierno | gob.mx) e identificó dos problemáticas generales: la que se da al interior de los tribunales de trabajo y la relativa a los justiciables.

La idea fundamental fue y es modernizar el Derecho procesal en materia del trabajo, a fin de que la justicia en el rubro sea pronta, expedita, gratuita y oral; y que haya representación sindical real, efectiva. Es decir, se busca hacer eficiente el Derecho del trabajo mediante cambios legislativos en la materia y el funcionamiento diferente en el aparato de procuración y administración de justicia a trabajadores.

Esto se visualiza actualmente en el Poder Judicial de la Ciudad de México, que tiene en marcha la integración de los nuevos juzgados laborales. De aquí que se encuentren en trámite la captación y evaluación del personal que formará parte de esos órganos jurisdiccionales.

El Derecho laboral mexicano era reputado como referente internacional en razón de la incorporación de los derechos sociales a la Constitución de 1917, los cuales han tenido pocos e insignificantes cambios en más de 100 años. El más trascendente fue con la reforma hecha en el año 2019 a la Ley Federal del Trabajo, que incluso formaba parte de las obligaciones que México contrajo durante la negociación del T-MEC.

Uno de los principales temas que se consideraron en la reforma que dio paso al nuevo sistema de justicia laboral es la conciliación como modelo de resolución de conflictos entre patrones y trabajadores; la avenencia ya es medio de justicia alternativa que no sólo se privilegia en materia laboral, sino también en todas las materias jurídicas, de conformidad con lo estipulado en el artículo 17 constitucional, que tiene como objetivo reducir el número de controversias que lleguen a los tribunales en todas las materias.

Pero debe destacarse que el eje de la reforma laboral en comento es la dignidad de las y los trabajadores, así como el crecimiento económico de los empresarios, que a su vez favorece el de la economía del país. De aquí también la apuesta a que la modernización del sistema judicial en materia laboral será beneficiosa etapa que necesariamente conllevará equilibrio entre la fuerza de trabajo y el capital.


Así es el Derecho.