/ miércoles 22 de julio de 2020

Así es el Derecho | Urgen reformas judiciales ante nueva normalidad

A prácticamente cuatro meses de que el Ejecutivo federal decretara Emergencia Sanitaria por Causa de Fuerza Mayor en el país en vista de la pandemia de Coronavirus SARS-COV 2, la cual nos llevó a suspender temporalmente actividades económicas, sociales e incluso gubernamentales, con la finalidad de mitigar la propagación del virus, hoy enfrentamos el reto de retomar todas las actividades y adaptarnos a lo que se ha llamado “Nueva normalidad”.


Por cuanto a la labor jurisdiccional, esencial para la defensa de los derechos ciudadanos y mantener el Estado de Derecho, que descansa en el Poder Judicial de cada una de las entidades federativas y en el de la Federación, a fin de no dejar en estado de indefensión a los justiciables durante estos meses se determinó establecer turnos para el trabajo en juzgados, guardias de personal, suspensión de términos e incluso la promoción de juicios en línea.


En realidad, y pese a los esfuerzos hechos para continuar los procedimientos en materia penal y familiar, la mayoría de los procesos civiles y mercantiles se encuentran suspendidos y se espera se reanuden el próximo 3 de agosto en la Ciudad de México, según acuerdo del Consejo de la Judicatura local. También se espera que pronto reanuden labores los órganos jurisdiccionales en el contexto de la nueva normalidad.


En la Ciudad de México nos enfrentaremos a nueva normalidad, en la que no más de dos terceras partes del personal de los juzgados se reincorporarán a sus labores, habrá apertura alternada de los órganos jurisdiccionales, las audiencias serán a puerta cerrada, con condiciones de ingreso que implican uso obligatorio de cubrebocas y la prohibición de usar barba, corbata, saludo de mano y beso.


Asimismo se implementa ya un sistema de citas para iniciar procedimientos nuevos y se tramitan juicios en línea (hasta ahora sólo juicios de divorcios solicitados por ambas partes, dependencia económica y acreditación de concubinato), además de preverse notificaciones por medios electrónicos, entre otros lineamientos dados mediante acuerdos del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México.


Es evidente el entusiasmo de litigantes y servidores públicos por reanudar actividades, pero resulta prudente recordar la necesidad de presentar iniciativas de reformas judiciales que les den fuerza de ley a las disposiciones del Consejo de la Judicatura en este contexto de pandemia, ya que la falta de ellas, sobre todo en temas relativos al uso de medios electrónicos para las notificaciones y juicios, puede dar lugar a nulidades y reposiciones de procedimiento en lo futuro.


Eso ya sucedió en Colombia: se declaró inconstitucional el decreto que permitió que los procedimientos judiciales fueran tramitados por vía electrónica durante la suspensión de actividades como la actual.


Si bien es cierto que se apela a la buena fe de los litigantes y justiciables, así como al entendimiento de esta situación sin precedente, en nuestra Constitución se establece que las sentencias civiles deben ser dictadas conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, es decir la jurisprudencia, y a falta de ésta se fundamentará en los principios generales de Derecho, y debemos recordar que si determinaciones del Consejo de la Judicatura pueden ser obligatorias para los servidores del Poder Judicial, no son vinculantes para litigantes y justiciables.


Sin duda estos meses de pandemia nos han hecho pensar cada vez más en la necesidad de tramitar juicios en línea, realizar audiencias a distancia y utilizar todos los avances tecnológicos para agilizar la impartición de justicia, pero para que ello sea totalmente eficiente, a través del Congreso –insisto-- se deben hacer reformas jurídicas que les den fuerza vinculante.


No hay razón para desmotivarnos, debemos volver a la nueva normalidad con todo el entusiasmo, y en respeto a la normatividad con la que hoy contamos. Veamos que es momento apropiado para iniciar la transformación legal necesaria para que la tecnología sea instrumento para la impartición de justicia hoy y en el futuro, en todo contexto.


Todos los implicados en la impartición de justicia esperamos ansiosos comenzar las labores jurisdiccionales, llevar a cabo nuestras actividades con la mayor diligencia y cuidado a fin de evitar contagios y, sobre todo, respetando los principios de legalidad y honradez, accesibilidad, transparencia, máxima publicidad y rendición de cuentas que siempre han distinguido al Poder Judicial.


Así es el Derecho.

A prácticamente cuatro meses de que el Ejecutivo federal decretara Emergencia Sanitaria por Causa de Fuerza Mayor en el país en vista de la pandemia de Coronavirus SARS-COV 2, la cual nos llevó a suspender temporalmente actividades económicas, sociales e incluso gubernamentales, con la finalidad de mitigar la propagación del virus, hoy enfrentamos el reto de retomar todas las actividades y adaptarnos a lo que se ha llamado “Nueva normalidad”.


Por cuanto a la labor jurisdiccional, esencial para la defensa de los derechos ciudadanos y mantener el Estado de Derecho, que descansa en el Poder Judicial de cada una de las entidades federativas y en el de la Federación, a fin de no dejar en estado de indefensión a los justiciables durante estos meses se determinó establecer turnos para el trabajo en juzgados, guardias de personal, suspensión de términos e incluso la promoción de juicios en línea.


En realidad, y pese a los esfuerzos hechos para continuar los procedimientos en materia penal y familiar, la mayoría de los procesos civiles y mercantiles se encuentran suspendidos y se espera se reanuden el próximo 3 de agosto en la Ciudad de México, según acuerdo del Consejo de la Judicatura local. También se espera que pronto reanuden labores los órganos jurisdiccionales en el contexto de la nueva normalidad.


En la Ciudad de México nos enfrentaremos a nueva normalidad, en la que no más de dos terceras partes del personal de los juzgados se reincorporarán a sus labores, habrá apertura alternada de los órganos jurisdiccionales, las audiencias serán a puerta cerrada, con condiciones de ingreso que implican uso obligatorio de cubrebocas y la prohibición de usar barba, corbata, saludo de mano y beso.


Asimismo se implementa ya un sistema de citas para iniciar procedimientos nuevos y se tramitan juicios en línea (hasta ahora sólo juicios de divorcios solicitados por ambas partes, dependencia económica y acreditación de concubinato), además de preverse notificaciones por medios electrónicos, entre otros lineamientos dados mediante acuerdos del Consejo de la Judicatura de la Ciudad de México.


Es evidente el entusiasmo de litigantes y servidores públicos por reanudar actividades, pero resulta prudente recordar la necesidad de presentar iniciativas de reformas judiciales que les den fuerza de ley a las disposiciones del Consejo de la Judicatura en este contexto de pandemia, ya que la falta de ellas, sobre todo en temas relativos al uso de medios electrónicos para las notificaciones y juicios, puede dar lugar a nulidades y reposiciones de procedimiento en lo futuro.


Eso ya sucedió en Colombia: se declaró inconstitucional el decreto que permitió que los procedimientos judiciales fueran tramitados por vía electrónica durante la suspensión de actividades como la actual.


Si bien es cierto que se apela a la buena fe de los litigantes y justiciables, así como al entendimiento de esta situación sin precedente, en nuestra Constitución se establece que las sentencias civiles deben ser dictadas conforme a la letra o a la interpretación jurídica de la ley, es decir la jurisprudencia, y a falta de ésta se fundamentará en los principios generales de Derecho, y debemos recordar que si determinaciones del Consejo de la Judicatura pueden ser obligatorias para los servidores del Poder Judicial, no son vinculantes para litigantes y justiciables.


Sin duda estos meses de pandemia nos han hecho pensar cada vez más en la necesidad de tramitar juicios en línea, realizar audiencias a distancia y utilizar todos los avances tecnológicos para agilizar la impartición de justicia, pero para que ello sea totalmente eficiente, a través del Congreso –insisto-- se deben hacer reformas jurídicas que les den fuerza vinculante.


No hay razón para desmotivarnos, debemos volver a la nueva normalidad con todo el entusiasmo, y en respeto a la normatividad con la que hoy contamos. Veamos que es momento apropiado para iniciar la transformación legal necesaria para que la tecnología sea instrumento para la impartición de justicia hoy y en el futuro, en todo contexto.


Todos los implicados en la impartición de justicia esperamos ansiosos comenzar las labores jurisdiccionales, llevar a cabo nuestras actividades con la mayor diligencia y cuidado a fin de evitar contagios y, sobre todo, respetando los principios de legalidad y honradez, accesibilidad, transparencia, máxima publicidad y rendición de cuentas que siempre han distinguido al Poder Judicial.


Así es el Derecho.