/ jueves 23 de septiembre de 2021

Comisiones Legislativas, ¿De qué se trata?

mafrcontacto@gmail.com

En nuestra participación anterior, comentamos sobre la integración y funciones de los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados, y en este sentido, se nos hace oportuno hacer un breve recordatorio sobre la conformación de las próximas comisiones de trabajo en las que se dividirá esta LVX Legislatura.

Comencemos diciendo que las comisiones son órganos constituidos por el Pleno que, contribuyen con el trabajo legislativo, a través de la elaboración de distintos documentos como dictámenes, informes, opiniones o resoluciones. Existen dos tipos de comisiones: ordinarias y especiales; las primeras, se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura, es decir, aún nos encontramos en tiempo, y pueden tener hasta treinta miembros, o bien, un número necesario para garantizar la proporción entre la integración del Pleno y la conformación de comisiones, de manera tal que los Grupos Parlamentarios cuenten con una representación proporcional en ellas. Por su parte, los legisladores podrán pertenecer hasta tres de ellas; sin contar su integración en las comisiones jurisdiccional y las de investigación.

Para la integración de las comisiones, es tomada en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y se formulan las propuestas que garanticen que los Grupos Parlamentarios no pierdan la representación proporcional expresada en el Pleno, esta tarea es desarrollada por la Junta de Coordinación Política; quien también postula a los presidentes y secretarios para aquellas, tomando en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados.

Otro dato interesante es que para los casos de los Grupos Parlamentarios que no cuenten con la dimensión necesaria que les permita la participación de sus integrantes como miembros de la totalidad de las comisiones, se dará preferencia a su inclusión en las que solicite el Coordinador del Grupo correspondiente. Por ejemplo, en caso contrario, MORENA de acuerdo con la proporción de su bancada visualiza que presidiría 20 comisiones de las 50 comisiones que se prevé aprobar, por lo que las demás se distribuirán entre las otras fracciones.

Otro supuesto en la conformación de las comisiones es que, si un legislador se separa del Grupo Parlamentario al que pertenecía en el momento de conformarse las comisiones, el Coordinador del propio Grupo podrá solicitar su sustitución. Y finalmente, podemos decir que, los integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara no formarán parte de las comisiones.

Es de mencionar que, para los casos de las comisiones de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto y Cuenta Pública, Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y Jurisdiccional, aunque son ordinarias, tienen algunas características distintas.

Para el caso de las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, estas pueden contar con más de treinta miembros; es decir, pueden crecer en número al incorporar a un diputado de cada grupo parlamentario que no haya alcanzado un espacio debido a su proporción, y también en el caso de que el número que sea necesario para que los demás grupos no pierdan su representación proporcional en ellas.

De igual forma, la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se integra con veinte miembros de entre los diputados de mayor experiencia legislativa y todos los Grupos Parlamentarios estarán representados en la misma, se encarga de preparar proyectos de ley o de decreto para adecuar las normas que rigen las actividades camarales; dictaminar las propuestas que se presenten en esta materia y en lo referente a las distinciones que se otorguen en nombre de la Cámara de Diputados, así como de resolver las consultas que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos de legisladores constituidos en virtud de este ordenamiento; e impulsar y realizar los estudios que versen sobre disposiciones normativas, regímenes y prácticas parlamentarias.

La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación realiza las tareas que le marca la Constitución y la correspondiente ley reglamentaria; y la Comisión Jurisdiccional se integrará por un mínimo de 12 diputados y un máximo de 16, a efecto de que entre ellos se designen a los que habrán de conformar, cuando así se requiera, la sección instructora encargada de las funciones a que se refiere la ley reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución en materia de responsabilidades de los servidores públicos.

Por otro lado, el Pleno también puede acordar la instalación de comisiones especiales para temas específicos; a través de un acuerdo donde debe expresar objeto, número de integrantes y plazo para efectuar las labores que le hayan sido encomendadas; y se extinguen una vez que su cometido haya sido cumplido, se haya agotado el objeto de su creación o bien, al final de la Legislatura.

Las comisiones podrán establecer subcomisiones o grupos de trabajo para el cumplimiento de sus tareas; y en general deben cumplir con tareas como: elaborar su programa anual de trabajo; rendir un informe semestral de sus actividades; organizar y mantener un archivo de todos los asuntos que les sean turnados, que deberá ser entregado a la Legislatura siguiente; sesionar cuando menos una vez al mes; resolver los asuntos que la Mesa Directiva de la Cámara les turne; y dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas. Y toman sus decisiones por mayoría de votos de sus miembros.

Para terminar, no menos importante, es la posibilidad que tienen los legisladores de crear otros grupos de trabajo llamados “Comités”, con la finalidad de auxiliar en actividades de la Cámara que se constituyen por disposición del Pleno, para realizar tareas diferentes a las de las comisiones, con la duración que señale el acuerdo de su creación. Y a propuesta de la Junta de Coordinación Política, el Pleno propondrá constituir "grupos de amistad" para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostenga relaciones diplomáticas, cuya vigencia estará ligada a la de la Legislatura en que se conformaron, pudiendo desde luego ser establecidos nuevamente para cada legislatura.

Consideramos que la Legislatura entrante tienen bastantes herramientas para el estudio y dictaminación de los diversos asuntos que entren a su esfera, esperemos que pronto se pongan de acuerdo en la integración de las comisiones y que ésta sea con arreglo a la experiencia y capacidades de cada legislador en favor de nuestro país.

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En nuestra participación anterior, comentamos sobre la integración y funciones de los órganos de gobierno de la Cámara de Diputados, y en este sentido, se nos hace oportuno hacer un breve recordatorio sobre la conformación de las próximas comisiones de trabajo en las que se dividirá esta LVX Legislatura.

Comencemos diciendo que las comisiones son órganos constituidos por el Pleno que, contribuyen con el trabajo legislativo, a través de la elaboración de distintos documentos como dictámenes, informes, opiniones o resoluciones. Existen dos tipos de comisiones: ordinarias y especiales; las primeras, se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura, es decir, aún nos encontramos en tiempo, y pueden tener hasta treinta miembros, o bien, un número necesario para garantizar la proporción entre la integración del Pleno y la conformación de comisiones, de manera tal que los Grupos Parlamentarios cuenten con una representación proporcional en ellas. Por su parte, los legisladores podrán pertenecer hasta tres de ellas; sin contar su integración en las comisiones jurisdiccional y las de investigación.

Para la integración de las comisiones, es tomada en cuenta la pluralidad representada en la Cámara y se formulan las propuestas que garanticen que los Grupos Parlamentarios no pierdan la representación proporcional expresada en el Pleno, esta tarea es desarrollada por la Junta de Coordinación Política; quien también postula a los presidentes y secretarios para aquellas, tomando en cuenta los antecedentes y la experiencia legislativa de los diputados.

Otro dato interesante es que para los casos de los Grupos Parlamentarios que no cuenten con la dimensión necesaria que les permita la participación de sus integrantes como miembros de la totalidad de las comisiones, se dará preferencia a su inclusión en las que solicite el Coordinador del Grupo correspondiente. Por ejemplo, en caso contrario, MORENA de acuerdo con la proporción de su bancada visualiza que presidiría 20 comisiones de las 50 comisiones que se prevé aprobar, por lo que las demás se distribuirán entre las otras fracciones.

Otro supuesto en la conformación de las comisiones es que, si un legislador se separa del Grupo Parlamentario al que pertenecía en el momento de conformarse las comisiones, el Coordinador del propio Grupo podrá solicitar su sustitución. Y finalmente, podemos decir que, los integrantes de la Mesa Directiva de la Cámara no formarán parte de las comisiones.

Es de mencionar que, para los casos de las comisiones de Hacienda y Crédito Público, Presupuesto y Cuenta Pública, Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias, Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación y Jurisdiccional, aunque son ordinarias, tienen algunas características distintas.

Para el caso de las comisiones de Hacienda y Crédito Público y de Presupuesto y Cuenta Pública, estas pueden contar con más de treinta miembros; es decir, pueden crecer en número al incorporar a un diputado de cada grupo parlamentario que no haya alcanzado un espacio debido a su proporción, y también en el caso de que el número que sea necesario para que los demás grupos no pierdan su representación proporcional en ellas.

De igual forma, la Comisión de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias se integra con veinte miembros de entre los diputados de mayor experiencia legislativa y todos los Grupos Parlamentarios estarán representados en la misma, se encarga de preparar proyectos de ley o de decreto para adecuar las normas que rigen las actividades camarales; dictaminar las propuestas que se presenten en esta materia y en lo referente a las distinciones que se otorguen en nombre de la Cámara de Diputados, así como de resolver las consultas que en el mismo ámbito decidan plantearle los órganos de legisladores constituidos en virtud de este ordenamiento; e impulsar y realizar los estudios que versen sobre disposiciones normativas, regímenes y prácticas parlamentarias.

La Comisión de Vigilancia de la Auditoría Superior de la Federación realiza las tareas que le marca la Constitución y la correspondiente ley reglamentaria; y la Comisión Jurisdiccional se integrará por un mínimo de 12 diputados y un máximo de 16, a efecto de que entre ellos se designen a los que habrán de conformar, cuando así se requiera, la sección instructora encargada de las funciones a que se refiere la ley reglamentaria del Título Cuarto de la Constitución en materia de responsabilidades de los servidores públicos.

Por otro lado, el Pleno también puede acordar la instalación de comisiones especiales para temas específicos; a través de un acuerdo donde debe expresar objeto, número de integrantes y plazo para efectuar las labores que le hayan sido encomendadas; y se extinguen una vez que su cometido haya sido cumplido, se haya agotado el objeto de su creación o bien, al final de la Legislatura.

Las comisiones podrán establecer subcomisiones o grupos de trabajo para el cumplimiento de sus tareas; y en general deben cumplir con tareas como: elaborar su programa anual de trabajo; rendir un informe semestral de sus actividades; organizar y mantener un archivo de todos los asuntos que les sean turnados, que deberá ser entregado a la Legislatura siguiente; sesionar cuando menos una vez al mes; resolver los asuntos que la Mesa Directiva de la Cámara les turne; y dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas. Y toman sus decisiones por mayoría de votos de sus miembros.

Para terminar, no menos importante, es la posibilidad que tienen los legisladores de crear otros grupos de trabajo llamados “Comités”, con la finalidad de auxiliar en actividades de la Cámara que se constituyen por disposición del Pleno, para realizar tareas diferentes a las de las comisiones, con la duración que señale el acuerdo de su creación. Y a propuesta de la Junta de Coordinación Política, el Pleno propondrá constituir "grupos de amistad" para la atención y seguimiento de los vínculos bilaterales con órganos de representación popular de países con los que México sostenga relaciones diplomáticas, cuya vigencia estará ligada a la de la Legislatura en que se conformaron, pudiendo desde luego ser establecidos nuevamente para cada legislatura.

Consideramos que la Legislatura entrante tienen bastantes herramientas para el estudio y dictaminación de los diversos asuntos que entren a su esfera, esperemos que pronto se pongan de acuerdo en la integración de las comisiones y que ésta sea con arreglo a la experiencia y capacidades de cada legislador en favor de nuestro país.