/ martes 14 de agosto de 2018

Cómo derrochar impunemente 1,978 millones

En 2013, ante las eficaces presiones de organismos vanguardistas de la sociedad civil como “Mexicanos Primero” y la evidencia de los pésimos resultados de nuestros niveles de calidad educativa demostrados por las pruebas PISA de la OCDE, el nuevo presidente Enrique Peña Nieto (EPN) tuvo que decidir llevar a cabo la imprescindible Reforma Educativa.

Para ello le resultó evidente que tendría la radical oposición de la presidenta vitalicia del poderoso SNTE. Tengamos en cuenta que ella se mostraba muy crítica con el presidente y que su partido Alianza Nacional (PANAL) había lanzado en 2012 un candidato presidencial propio con quien apenas pudo rebasar el mínimo del 2% de la votación válida para mantener el registro del partido.

El presidente supo que un requisito sine qua non para lograr la reforma era desembarazarse de la segura oposición de la lideresa Elba Esther Gordillo Morales (EEGM) y preparó cuidadosa y detalladamente con su próvido carácter la estrategia para ponerla fuera de circulación. Con buena visión implementó una previa alianza con dirigentes sindicales, quienes habrían de apoyarlo en la estrategia de evitar la abierta oposición y movilización del SNTE contra la proyectada reforma educativa.

Sin embargo, después del despliegue de esa tan próvida estrategia, nos topamos con la paradoja de que el presidente no preparó ni imaginó la más elemental y rudimentaria táctica para enfrentar algo consabido por rutinario y absolutamente previsible: la violenta y vandálica oposición de la CNTE contra la pérdida de sus abusivos privilegios que implicaba la reforma educativa. Fue una severa frustración para la adecuada implantación de tal reforma.

En lo que concierne a la lideresa del SNTE todo indica que la estrategia incluyó el dejar intencionalmente un cabo suelto con el objetivo de manipularlo a voluntad. Si algo resultaba ultra evidente era el que mientras su sindicato no formulara una querella contra EEGM se volvía imposible que ella fuera sentenciada en forma condenatoria con apropiadas bases.

Prisionera, aunque en condiciones privilegiadas, esencialmente por los delitos de “operaciones con recursos de procedencia ilícita” (lavado de dinero, Art. 400 Bis del Código Penal Federal, CPF) y por “delincuencia organizada” (Art. 2, fr. I de la Ley Federal contra Delincuencia Organizada), fue liberada el pasado 8 de agosto en función de que el lavado de dinero no podía proceder sin que se probara previamente la comisión del delito de “administración desleal” o “administración fraudulenta” por haberse aprovechado en forma ilícita de recursos propios del SNTE, según está previsto en el Art. 388 del CPF.

Adicionalmente y para que procediera la condena, se tendrían que cubrir alguno de los requisitos establecidos por los Arts. 161 ó 163 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en donde se prevé que la persecución de la administración desleal o fraudulenta sólo procede mediante querella de la parte afectada y el SNTE encubrió siempre a EEGM y nunca fue presionado por el gobierno federal para dejar de hacerlo. Así que nunca se presentó tal querella por parte del Comité Ejecutivo Nacional, el Consejo Nacional o la tercera parte, al menos, de los integrantes del SNTE. Lo que quedó aquí demostrado es que los 1,978 millones de pesos que con singular ostentación y cinismo dispendió EEGM quedará impune.


amartinezv@Derecho.unam.mx @AlejoMVendrell


En 2013, ante las eficaces presiones de organismos vanguardistas de la sociedad civil como “Mexicanos Primero” y la evidencia de los pésimos resultados de nuestros niveles de calidad educativa demostrados por las pruebas PISA de la OCDE, el nuevo presidente Enrique Peña Nieto (EPN) tuvo que decidir llevar a cabo la imprescindible Reforma Educativa.

Para ello le resultó evidente que tendría la radical oposición de la presidenta vitalicia del poderoso SNTE. Tengamos en cuenta que ella se mostraba muy crítica con el presidente y que su partido Alianza Nacional (PANAL) había lanzado en 2012 un candidato presidencial propio con quien apenas pudo rebasar el mínimo del 2% de la votación válida para mantener el registro del partido.

El presidente supo que un requisito sine qua non para lograr la reforma era desembarazarse de la segura oposición de la lideresa Elba Esther Gordillo Morales (EEGM) y preparó cuidadosa y detalladamente con su próvido carácter la estrategia para ponerla fuera de circulación. Con buena visión implementó una previa alianza con dirigentes sindicales, quienes habrían de apoyarlo en la estrategia de evitar la abierta oposición y movilización del SNTE contra la proyectada reforma educativa.

Sin embargo, después del despliegue de esa tan próvida estrategia, nos topamos con la paradoja de que el presidente no preparó ni imaginó la más elemental y rudimentaria táctica para enfrentar algo consabido por rutinario y absolutamente previsible: la violenta y vandálica oposición de la CNTE contra la pérdida de sus abusivos privilegios que implicaba la reforma educativa. Fue una severa frustración para la adecuada implantación de tal reforma.

En lo que concierne a la lideresa del SNTE todo indica que la estrategia incluyó el dejar intencionalmente un cabo suelto con el objetivo de manipularlo a voluntad. Si algo resultaba ultra evidente era el que mientras su sindicato no formulara una querella contra EEGM se volvía imposible que ella fuera sentenciada en forma condenatoria con apropiadas bases.

Prisionera, aunque en condiciones privilegiadas, esencialmente por los delitos de “operaciones con recursos de procedencia ilícita” (lavado de dinero, Art. 400 Bis del Código Penal Federal, CPF) y por “delincuencia organizada” (Art. 2, fr. I de la Ley Federal contra Delincuencia Organizada), fue liberada el pasado 8 de agosto en función de que el lavado de dinero no podía proceder sin que se probara previamente la comisión del delito de “administración desleal” o “administración fraudulenta” por haberse aprovechado en forma ilícita de recursos propios del SNTE, según está previsto en el Art. 388 del CPF.

Adicionalmente y para que procediera la condena, se tendrían que cubrir alguno de los requisitos establecidos por los Arts. 161 ó 163 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, en donde se prevé que la persecución de la administración desleal o fraudulenta sólo procede mediante querella de la parte afectada y el SNTE encubrió siempre a EEGM y nunca fue presionado por el gobierno federal para dejar de hacerlo. Así que nunca se presentó tal querella por parte del Comité Ejecutivo Nacional, el Consejo Nacional o la tercera parte, al menos, de los integrantes del SNTE. Lo que quedó aquí demostrado es que los 1,978 millones de pesos que con singular ostentación y cinismo dispendió EEGM quedará impune.


amartinezv@Derecho.unam.mx @AlejoMVendrell