/ miércoles 23 de febrero de 2022

Contrarreforma eléctrica o TMEC: esa es la cuestión 

Como la libertad, la soberanía, entendida según el diccionario como “poder político supremo que corresponde a un Estado independiente”, implica la contracara de la responsabilidad sobre las decisiones y sus consecuencias. Justo como las que habría de ser aprobada una reforma eléctrica contraria a compromisos internacionales que México ha suscrito previamente, también en ejercicio de su soberanía, con intereses nacionales estratégicos sustentados en ellos. En concreto, en relación con el TMEC.

Como actor en la comunidad internacional un país puede obtener beneficios, como México con el TMEC, hasta convertirse en el octavo mayor exportador del mundo. Pero eso no viene sin responsabilidades. Por eso es debatible que la mejor política exterior es la interior: no puedes desligarte del mundo con 12 tratados de libre comercio firmados con 46 países.

Si decisiones internas afectan derechos e intereses de ciudadanos o empresas amparados en esos acuerdos, no podemos esperar que no respondan. En el caso de la contrarreforma eléctrica, represalias comerciales y demandas de decenas de miles de millones de dólares en tribunales y arbitrajes internacionales. Incluso, riesgos de cancelación del TMEC, o bien, que éste pierda su valor instrumental para la competitividad de nuestra economía y la atracción y retención de inversiones.

México es soberano para hacer esta reforma y otras, pero no puede impedir que empresas con actividades o planes en el país se vayan a otra parte si no cuentan con abasto energético seguro, competitivo en costo y de fuentes limpias. Tampoco que demanden por expropiaciones indirectas u otras contravenciones al TMEC y otros tratados y normas internacionales, Máxime si desde la CFE se dice que ni siquiera habría indemnizaciones.

Los legisladores deben considerar los costos y los riesgos objetivamente, en función de los intereses estratégicos de la nación. Justamente como este tratado que tiene que ver con 80% de nuestras exportaciones. La exposición en el Parlamento Abierto sobre la reforma de Kenneth Smith, quien ha sido parte de los equipos de negociaciones comerciales de México desde el TLCAN y Jefe de Negociación Técnica para el TMEC, fue puntual al respecto.

Nuestra economía no puede entenderse sin este tratado: cambió el perfil productivo y económico, al grado de hacerla una de las más atractivas para la IED. En algunos años, captamos hasta 35 mil millones de dólares, cuando antes de 1994 no llegábamos a los 2 mil millones. Tan solo el comercio bilateral con Estados Unidos asciende a 600 mil millones de dólares anuales. No por nada el actual gobierno concluyó las negociaciones del TMEC y lo aprobó, con ratificación de una mayoría legislativa de su partido.

Desde el gobierno se maneja la idea de una exención de compromisos, por el añadido, en el Capítulo 8, de la enunciación de que la nación tiene derecho a decidir sobre el sector energético. Pero eso no es un cheque en blanco para pasar por alto otras disposiciones del tratado y derechos de empresas y países socios. La prerrogativa de cambiar nuestra carta magna no exime de enfrentar las impugnaciones por incumplimiento de los compromisos.

El TMEC protege las inversiones en el sector eléctrico con el Capítulo 14. Se permiten excepciones sólo si hay reservas específicas acordadas con las contrapartes. México no las solicitó en el caso de la generación de electricidad. Recordar un principio constitucional no es equivalente a una reserva especificada.

Hay un nivel mínimo de acceso negociado con Estados Unidos para generación eléctrica: equivalente al otorgado a socios del Tratado Integral y Progresivo de Asociación Transpacífico (TPP-11), firmado en 2016, así como en el nuevo con la Unión Europea. Como está estructurado el TMEC, el sector energético puede seguir abriéndose; pero no puede ser estrechad unilateralmente el nivel mínimo, a menos que haya una renegociación. Con el litio aplicaría el mismo principio.

De igual manera, en el tratado hay reglas específicas sobre las empresas del Estado: piso parejo en condiciones comerciales, transparencia regulatoria, no discriminación a su favor. Eso es aplicable a los tres países.

La contrarreforma es violatoria del TMEC de entrada: asigna a CFE 54% de la generación. Acota el mercado. Asimismo, discrimina para privilegiar a la empresa estatal, que, además, absorbería a los reguladores, erigiéndose como juez y parte. Cancelaría permisos existentes y cambiaría las reglas de despacho a la red eléctrica: ya no se basarían en el principio económico, donde entra primero energía más barata. Así, se alteran arbitrariamente las condiciones de inversión originales, igual que al eliminar los Certificados de Energía Limpia

Soberanamente, México puede decidir hacer eso. Soberanamente, nuestros socios pueden demandarnos por incumplimiento de lo convenido. Por un lado, con paneles Estado-Estado, impugnando violaciones al tratado. La consecuencia: represalias comerciales a nuestros sectores de exportación más exitosos. Por otro, arbitrajes inversionista-Estado con costos multimillonarios.

En el remoto caso de no ser demandados, nada impediría que empresas dejen de invertir en México, o se vayan por falta de competitividad energética y de certeza jurídica. No sólo en el sector eléctrico: en la industria, en general.

Soberanamente, tendríamos que decidir entre una contrarreforma como ésta y las consecuencias, incluyendo la vigencia misma del TMEC y su trascendencia para la economía nacional.

Como la libertad, la soberanía, entendida según el diccionario como “poder político supremo que corresponde a un Estado independiente”, implica la contracara de la responsabilidad sobre las decisiones y sus consecuencias. Justo como las que habría de ser aprobada una reforma eléctrica contraria a compromisos internacionales que México ha suscrito previamente, también en ejercicio de su soberanía, con intereses nacionales estratégicos sustentados en ellos. En concreto, en relación con el TMEC.

Como actor en la comunidad internacional un país puede obtener beneficios, como México con el TMEC, hasta convertirse en el octavo mayor exportador del mundo. Pero eso no viene sin responsabilidades. Por eso es debatible que la mejor política exterior es la interior: no puedes desligarte del mundo con 12 tratados de libre comercio firmados con 46 países.

Si decisiones internas afectan derechos e intereses de ciudadanos o empresas amparados en esos acuerdos, no podemos esperar que no respondan. En el caso de la contrarreforma eléctrica, represalias comerciales y demandas de decenas de miles de millones de dólares en tribunales y arbitrajes internacionales. Incluso, riesgos de cancelación del TMEC, o bien, que éste pierda su valor instrumental para la competitividad de nuestra economía y la atracción y retención de inversiones.

México es soberano para hacer esta reforma y otras, pero no puede impedir que empresas con actividades o planes en el país se vayan a otra parte si no cuentan con abasto energético seguro, competitivo en costo y de fuentes limpias. Tampoco que demanden por expropiaciones indirectas u otras contravenciones al TMEC y otros tratados y normas internacionales, Máxime si desde la CFE se dice que ni siquiera habría indemnizaciones.

Los legisladores deben considerar los costos y los riesgos objetivamente, en función de los intereses estratégicos de la nación. Justamente como este tratado que tiene que ver con 80% de nuestras exportaciones. La exposición en el Parlamento Abierto sobre la reforma de Kenneth Smith, quien ha sido parte de los equipos de negociaciones comerciales de México desde el TLCAN y Jefe de Negociación Técnica para el TMEC, fue puntual al respecto.

Nuestra economía no puede entenderse sin este tratado: cambió el perfil productivo y económico, al grado de hacerla una de las más atractivas para la IED. En algunos años, captamos hasta 35 mil millones de dólares, cuando antes de 1994 no llegábamos a los 2 mil millones. Tan solo el comercio bilateral con Estados Unidos asciende a 600 mil millones de dólares anuales. No por nada el actual gobierno concluyó las negociaciones del TMEC y lo aprobó, con ratificación de una mayoría legislativa de su partido.

Desde el gobierno se maneja la idea de una exención de compromisos, por el añadido, en el Capítulo 8, de la enunciación de que la nación tiene derecho a decidir sobre el sector energético. Pero eso no es un cheque en blanco para pasar por alto otras disposiciones del tratado y derechos de empresas y países socios. La prerrogativa de cambiar nuestra carta magna no exime de enfrentar las impugnaciones por incumplimiento de los compromisos.

El TMEC protege las inversiones en el sector eléctrico con el Capítulo 14. Se permiten excepciones sólo si hay reservas específicas acordadas con las contrapartes. México no las solicitó en el caso de la generación de electricidad. Recordar un principio constitucional no es equivalente a una reserva especificada.

Hay un nivel mínimo de acceso negociado con Estados Unidos para generación eléctrica: equivalente al otorgado a socios del Tratado Integral y Progresivo de Asociación Transpacífico (TPP-11), firmado en 2016, así como en el nuevo con la Unión Europea. Como está estructurado el TMEC, el sector energético puede seguir abriéndose; pero no puede ser estrechad unilateralmente el nivel mínimo, a menos que haya una renegociación. Con el litio aplicaría el mismo principio.

De igual manera, en el tratado hay reglas específicas sobre las empresas del Estado: piso parejo en condiciones comerciales, transparencia regulatoria, no discriminación a su favor. Eso es aplicable a los tres países.

La contrarreforma es violatoria del TMEC de entrada: asigna a CFE 54% de la generación. Acota el mercado. Asimismo, discrimina para privilegiar a la empresa estatal, que, además, absorbería a los reguladores, erigiéndose como juez y parte. Cancelaría permisos existentes y cambiaría las reglas de despacho a la red eléctrica: ya no se basarían en el principio económico, donde entra primero energía más barata. Así, se alteran arbitrariamente las condiciones de inversión originales, igual que al eliminar los Certificados de Energía Limpia

Soberanamente, México puede decidir hacer eso. Soberanamente, nuestros socios pueden demandarnos por incumplimiento de lo convenido. Por un lado, con paneles Estado-Estado, impugnando violaciones al tratado. La consecuencia: represalias comerciales a nuestros sectores de exportación más exitosos. Por otro, arbitrajes inversionista-Estado con costos multimillonarios.

En el remoto caso de no ser demandados, nada impediría que empresas dejen de invertir en México, o se vayan por falta de competitividad energética y de certeza jurídica. No sólo en el sector eléctrico: en la industria, en general.

Soberanamente, tendríamos que decidir entre una contrarreforma como ésta y las consecuencias, incluyendo la vigencia misma del TMEC y su trascendencia para la economía nacional.