/ domingo 27 de junio de 2021

Derechos de niñas y niños, pendientes en la Corte

Hace algunas semanas el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió una Acción de Inconstitucionalidad y un Amparo relacionados con la regulación de la gestación subrogada en el estado de Tabasco.

Contrario a quienes sostienen que la maternidad subrogada es un tema “complejo” que admite múltiples vertientes, en nuestra opinión se trata de un fenómeno que asoma con meridiana claridad dos rostros bien definidos: la renta de mujeres y la venta de niños.

No en vano, países desarrollados como Alemania, Francia y España, se han preocupado por examinar a fondo las causas sociales que rodean a esta industria decidiendo prohibir o regular de manera restrictiva la compra-venta de estas dignidades. Para los parlamentos y tribunales supremos de estas Naciones no hay medias tintas, la filiación es un asunto de Estado —no de contratos ni de lucro— en donde el interés superior de la niñez y su debida protección prevalece por encima de cualquier perspectiva.

No resultó novedoso que el proyecto presentado por la ministra Norma Piña y aplaudido por la mayoría de sus pares, tuvo como fundamento una visión meramente ideológica y un abordaje de escritorio.

Con argumentos parciales proporcionados por las organizaciones e informes de siempre, se brinda al máximo tribunal una supuesta idea basada en “derechos y progresividad” la cual da la espalda a una práctica que se encuentra visiblemente documentada a nivel global, y que ha sido objeto de múltiples recomendaciones de organizaciones internacionales por el mercado de lucro, trata, explotación y abuso de que son objeto mujeres y niños.

Bajo el lente de la realidad nacional, el proyecto de la ministra Piña ignoró que Tabasco es una de las entidades con los indicadores más significativos de rezago, pobreza y desigualdad social. Pasó por alto que las mujeres jóvenes captadas por las clínicas y orilladas por condiciones precarias en las que viven, se encuentran a merced de su situación económica y son obligadas a firmar contratos que atentan contra su dignidad y derechos fundamentales.

Sobre todo, el proyecto de resolución hizo a un lado el hecho incuestionable de que las niñas y niños que nacen bajo esta práctica son tratados como meros objetos de comercio, vulnerando sus derechos humanos más elementales como lo son: el derecho a la nacionalidad, a la identidad, a conocer su origen genético y/o biológico, así como a permanecer con su familia de origen.

El activismo y la ideologización que propenden resoluciones judiciales como la que nos ocupa, no pueden tener cabida en nuestra Corte pues desnaturaliza la esencia de su función como tribunal constitucional de los derechos humanos. Máxime cuando en el tema se cuentan con parámetros internacionales obligatorios como la Convención de los Derechos del Niño, protocolos y recomendaciones que expresamente advierten los riesgos de la explotación reproductiva.

Ante este escenario, no está de más vislumbrar los horizontes del derecho y no de la política. La voz disonante del Ministro Presidente Arturo Zaldívar durante la discusión, resulta un precedente esperanzador, pues fue la única ponencia capaz de ver más allá de la bruma del discurso ideológico, para señalar con impecable rigor técnico todo lo que resta por analizar, discutir y legislar sobre el tema.

Sobre todo, para responder a la imperiosa prioridad de ubicarnos en el mirador de la protección de los derechos de niñas y niños, porque ese es el camino de una sociedad justa con derechos y dignidades plenas.

Abogado. Maestro en Derecho Constitucional y Derechos Humanos. Candidato a Doctor en derecho por la Universidad Panamericana. Especialista en análisis y diseño de políticas públicas transversales y sistemas federales. Director Ejecutivo del Think Tank mexicano Early Institute.


Twitter: @abrahammadero

Correo e: amadero@earlyinstitute.org

Hace algunas semanas el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación discutió una Acción de Inconstitucionalidad y un Amparo relacionados con la regulación de la gestación subrogada en el estado de Tabasco.

Contrario a quienes sostienen que la maternidad subrogada es un tema “complejo” que admite múltiples vertientes, en nuestra opinión se trata de un fenómeno que asoma con meridiana claridad dos rostros bien definidos: la renta de mujeres y la venta de niños.

No en vano, países desarrollados como Alemania, Francia y España, se han preocupado por examinar a fondo las causas sociales que rodean a esta industria decidiendo prohibir o regular de manera restrictiva la compra-venta de estas dignidades. Para los parlamentos y tribunales supremos de estas Naciones no hay medias tintas, la filiación es un asunto de Estado —no de contratos ni de lucro— en donde el interés superior de la niñez y su debida protección prevalece por encima de cualquier perspectiva.

No resultó novedoso que el proyecto presentado por la ministra Norma Piña y aplaudido por la mayoría de sus pares, tuvo como fundamento una visión meramente ideológica y un abordaje de escritorio.

Con argumentos parciales proporcionados por las organizaciones e informes de siempre, se brinda al máximo tribunal una supuesta idea basada en “derechos y progresividad” la cual da la espalda a una práctica que se encuentra visiblemente documentada a nivel global, y que ha sido objeto de múltiples recomendaciones de organizaciones internacionales por el mercado de lucro, trata, explotación y abuso de que son objeto mujeres y niños.

Bajo el lente de la realidad nacional, el proyecto de la ministra Piña ignoró que Tabasco es una de las entidades con los indicadores más significativos de rezago, pobreza y desigualdad social. Pasó por alto que las mujeres jóvenes captadas por las clínicas y orilladas por condiciones precarias en las que viven, se encuentran a merced de su situación económica y son obligadas a firmar contratos que atentan contra su dignidad y derechos fundamentales.

Sobre todo, el proyecto de resolución hizo a un lado el hecho incuestionable de que las niñas y niños que nacen bajo esta práctica son tratados como meros objetos de comercio, vulnerando sus derechos humanos más elementales como lo son: el derecho a la nacionalidad, a la identidad, a conocer su origen genético y/o biológico, así como a permanecer con su familia de origen.

El activismo y la ideologización que propenden resoluciones judiciales como la que nos ocupa, no pueden tener cabida en nuestra Corte pues desnaturaliza la esencia de su función como tribunal constitucional de los derechos humanos. Máxime cuando en el tema se cuentan con parámetros internacionales obligatorios como la Convención de los Derechos del Niño, protocolos y recomendaciones que expresamente advierten los riesgos de la explotación reproductiva.

Ante este escenario, no está de más vislumbrar los horizontes del derecho y no de la política. La voz disonante del Ministro Presidente Arturo Zaldívar durante la discusión, resulta un precedente esperanzador, pues fue la única ponencia capaz de ver más allá de la bruma del discurso ideológico, para señalar con impecable rigor técnico todo lo que resta por analizar, discutir y legislar sobre el tema.

Sobre todo, para responder a la imperiosa prioridad de ubicarnos en el mirador de la protección de los derechos de niñas y niños, porque ese es el camino de una sociedad justa con derechos y dignidades plenas.

Abogado. Maestro en Derecho Constitucional y Derechos Humanos. Candidato a Doctor en derecho por la Universidad Panamericana. Especialista en análisis y diseño de políticas públicas transversales y sistemas federales. Director Ejecutivo del Think Tank mexicano Early Institute.


Twitter: @abrahammadero

Correo e: amadero@earlyinstitute.org