/ lunes 11 de marzo de 2019

Desplazamiento forzado interno

Este grave problema se discute en el Congreso de la Unión y si se concretan las voluntades para legislar sobre este fenómeno, se habrá dado un paso muy importante al aceptar que en México constituye un grave problema.

El desplazamiento forzado interno es una vulneración sistemática, masiva, continua, permanente de los derechos, está inscrita su gravedad según cada caso, por su magnitud y por su dimensión y le significa a las personas que lo sufren, una situación de pena ignominiosa muy difícil de enfrentar. Afecta a toda la familia, se recrudece cuando afecta a las personas por su edad, discapacidad, falta de recursos, pérdida del empleo, de la propiedad; lastima de manera cruenta al tejido social y tiene como consecuencia la desintegración social, cambios de expectativas de vida y lo más grave, de motivos de vida y de sus condiciones de dignidad.

En un país como México el Desplazamiento Forzado Interno tiene diversas causas: por intolerancia religiosa, conflictos comunales, disputa de tierra y aguas, instalación de megaproyectos no consentidos y por lo tanto sin plan para ese desplazamiento; por consecuencia de fenómenos naturales, por condiciones de pobreza extrema; y por violencia.

Por desgracia el desplazamiento forzado interno por violencia ha crecido en México con repercusiones atroces en los últimos años. Esta violencia tiene como origen la presencia de grupos armados que están azotando diversas partes de nuestro país, deriva del incremento de las disputas entre las organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico y que no ha sido frenada por las autoridades, lo que ha provocado desprotección a las víctimas.

El Informe Global 2014 del Centro de Monitoreo de Desplazamiento Interno señala que la expansión de la violencia criminal, en particular las actividades de los grupos delictivos y las operaciones militares a gran escala implementadas para combatirlos han sido la causa del desplazamiento de decenas de miles de personas y en ese año 2014 mencionaba que por esta característica había más de160 mil personas desplazadas.

La Ley General de Atención a Víctimas establece el precepto de desplazamiento interno sin la denominación forzado por resistencias del gobierno pasado, en la argumentación nos fundamos en el Informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Derivado de este informe la Comisión ha diseñado una propuesta de Ley para el país que esperamos sea tomada en cuenta por el Congreso de la Unión porque atiende las diversas aristas que derivan de estas violaciones a los Derechos Humanos por el menoscabo o ausencia de la protección que el Estado está obligado a proporcionar a las víctimas; en consecuencia con el marco jurídico constitucional y del derecho internacional.

En conclusión: ya no es posible dejar de reconocer que el DFI es un fenómeno que afecta a la sociedad, el Estado tiene responsabilidad de atenderlo y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en primerísimo lugar, cuantimás si ya hay un amparo que ordena reconocer a las víctimas y repararlas como es su obligación. Las víctimas de Desplazamiento Forzado Interno tienen derecho al acceso pleno a la justicia, así como a los medios de defensa efectivos para hacer vales sus derechos, y en su caso que les sean reparados los daños provocados motivo de su desplazamiento.

Defensora de los Derechos Humanos @angelicadelap

Este grave problema se discute en el Congreso de la Unión y si se concretan las voluntades para legislar sobre este fenómeno, se habrá dado un paso muy importante al aceptar que en México constituye un grave problema.

El desplazamiento forzado interno es una vulneración sistemática, masiva, continua, permanente de los derechos, está inscrita su gravedad según cada caso, por su magnitud y por su dimensión y le significa a las personas que lo sufren, una situación de pena ignominiosa muy difícil de enfrentar. Afecta a toda la familia, se recrudece cuando afecta a las personas por su edad, discapacidad, falta de recursos, pérdida del empleo, de la propiedad; lastima de manera cruenta al tejido social y tiene como consecuencia la desintegración social, cambios de expectativas de vida y lo más grave, de motivos de vida y de sus condiciones de dignidad.

En un país como México el Desplazamiento Forzado Interno tiene diversas causas: por intolerancia religiosa, conflictos comunales, disputa de tierra y aguas, instalación de megaproyectos no consentidos y por lo tanto sin plan para ese desplazamiento; por consecuencia de fenómenos naturales, por condiciones de pobreza extrema; y por violencia.

Por desgracia el desplazamiento forzado interno por violencia ha crecido en México con repercusiones atroces en los últimos años. Esta violencia tiene como origen la presencia de grupos armados que están azotando diversas partes de nuestro país, deriva del incremento de las disputas entre las organizaciones criminales dedicadas al narcotráfico y que no ha sido frenada por las autoridades, lo que ha provocado desprotección a las víctimas.

El Informe Global 2014 del Centro de Monitoreo de Desplazamiento Interno señala que la expansión de la violencia criminal, en particular las actividades de los grupos delictivos y las operaciones militares a gran escala implementadas para combatirlos han sido la causa del desplazamiento de decenas de miles de personas y en ese año 2014 mencionaba que por esta característica había más de160 mil personas desplazadas.

La Ley General de Atención a Víctimas establece el precepto de desplazamiento interno sin la denominación forzado por resistencias del gobierno pasado, en la argumentación nos fundamos en el Informe de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos. Derivado de este informe la Comisión ha diseñado una propuesta de Ley para el país que esperamos sea tomada en cuenta por el Congreso de la Unión porque atiende las diversas aristas que derivan de estas violaciones a los Derechos Humanos por el menoscabo o ausencia de la protección que el Estado está obligado a proporcionar a las víctimas; en consecuencia con el marco jurídico constitucional y del derecho internacional.

En conclusión: ya no es posible dejar de reconocer que el DFI es un fenómeno que afecta a la sociedad, el Estado tiene responsabilidad de atenderlo y la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas en primerísimo lugar, cuantimás si ya hay un amparo que ordena reconocer a las víctimas y repararlas como es su obligación. Las víctimas de Desplazamiento Forzado Interno tienen derecho al acceso pleno a la justicia, así como a los medios de defensa efectivos para hacer vales sus derechos, y en su caso que les sean reparados los daños provocados motivo de su desplazamiento.

Defensora de los Derechos Humanos @angelicadelap