/ jueves 29 de agosto de 2019

¿Diálogo con la delincuencia?

La Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, declaró recientemente que el gobierno mantiene un diálogo con grupos de la delincuencia organizada -“se iniciaron pláticas en diferentes estados del país, como Guerrero, y éstos manifestaron su intención de deponer las armas”- para que se incorporen al proceso de pacificación del país. A su vez el Presidente dijo con posterioridad: “No tenemos ese planteamiento” pero el gobierno está trabajando “para buscar un proceso de paz con la participación de todos, irlo definiendo, escuchando a todos” los que han manifestado que ya que no quieren seguir con la violencia y caminar hacia la paz. Al mismo tiempo respaldó la función y trabajo de la Secretaria de Gobernación.

Ahora bien, el tema me hace pensar de nueva cuenta en la posibilidad de entablar digamos que un diálogo con la delincuencia organizada, un trato en busca de avenencia, lo que de entrada puede sonar escandaloso. Por ello y meditando en el enorme problema de violencia y criminalidad que acosa a México me he dicho que en una posible solución del asunto deberían converger, por medio de un puente de unión, dos áreas vitales del Derecho, el Derecho Constitucional y el Derecho Penal. Esto, además, para recuperar la presencia real del Estado de Derecho en nuestro país. Advierto que el Derecho Constitucional tiene hondas raíces vinculantes, entre otras, en el Derecho Político, en la Teoría del Estado, en la Filosofía del Derecho y en la Sociología Jurídica; lo que permite abrir un amplio abanico de posibilidades teóricas con evidente repercusión en la práctica.

Vayamos por partes, el Derecho Constitucional tal y como lo concibió in extenso Ferdinand Lassalle se asienta primero sobre el reconocimiento jurídico de los que llamó “factores reales de poder”, es decir, la iniciativa privada, la iglesia llegado el caso, el ejército, la llamada inteligencia -sobre todo las universidades-, etc.; tratándose en suma de esos factores o elementos que actúan junto con otros en el destino de una nación. Y a partir de allí se gobierna, reconocidos aquéllos de manera implícita o expresa en la Constitución y en su calidad de factores determinantes.

El hecho es que en este sentido la delincuencia organizada se ha convertido en un factor real de poder. ¿O acaso no lo tiene, y enorme, infiltrándose en distintas áreas de la vida social de México y abarcando incluso la actividad política, detonando otro tipo de ramificaciones violentas? Aparte de ello el Derecho Penal interviene tipificando delitos con sus consecuentes penas, donde predominan las privativas o reductoras de la libertad. Pero habida cuenta de las circunstancias que señalo la verdad indiscutible es que aproximadamente una tercera parte de la población está inmiscuida, de una manera u otra, en la delincuencia organizada; al extremo de que el factor real de poder de la misma se ubica en áreas del gobierno, de la investigación penal, de los procesos o de la purgación de una pena. Me pregunto si ese es el camino para enfrentarla y resolver el problema que implica.

Y en medio de este planteamiento aparece de pronto la duda, la incertidumbre, de si hay o habría algo que permitiera identificar ese factor real de poder, tenerlo en consideración como cierto y verdadero. A eso me refiero cuando hablo de la convergencia del Derecho Constitucional y del Derecho Penal. A lo anterior, concluyo, lo podría llamar “Visión de un Jurista Sobre la Violenta Problemática Social de México”. Ahondaré en el tema en mi próximo artículo.

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La Secretaria de Gobernación, Olga Sánchez Cordero, declaró recientemente que el gobierno mantiene un diálogo con grupos de la delincuencia organizada -“se iniciaron pláticas en diferentes estados del país, como Guerrero, y éstos manifestaron su intención de deponer las armas”- para que se incorporen al proceso de pacificación del país. A su vez el Presidente dijo con posterioridad: “No tenemos ese planteamiento” pero el gobierno está trabajando “para buscar un proceso de paz con la participación de todos, irlo definiendo, escuchando a todos” los que han manifestado que ya que no quieren seguir con la violencia y caminar hacia la paz. Al mismo tiempo respaldó la función y trabajo de la Secretaria de Gobernación.

Ahora bien, el tema me hace pensar de nueva cuenta en la posibilidad de entablar digamos que un diálogo con la delincuencia organizada, un trato en busca de avenencia, lo que de entrada puede sonar escandaloso. Por ello y meditando en el enorme problema de violencia y criminalidad que acosa a México me he dicho que en una posible solución del asunto deberían converger, por medio de un puente de unión, dos áreas vitales del Derecho, el Derecho Constitucional y el Derecho Penal. Esto, además, para recuperar la presencia real del Estado de Derecho en nuestro país. Advierto que el Derecho Constitucional tiene hondas raíces vinculantes, entre otras, en el Derecho Político, en la Teoría del Estado, en la Filosofía del Derecho y en la Sociología Jurídica; lo que permite abrir un amplio abanico de posibilidades teóricas con evidente repercusión en la práctica.

Vayamos por partes, el Derecho Constitucional tal y como lo concibió in extenso Ferdinand Lassalle se asienta primero sobre el reconocimiento jurídico de los que llamó “factores reales de poder”, es decir, la iniciativa privada, la iglesia llegado el caso, el ejército, la llamada inteligencia -sobre todo las universidades-, etc.; tratándose en suma de esos factores o elementos que actúan junto con otros en el destino de una nación. Y a partir de allí se gobierna, reconocidos aquéllos de manera implícita o expresa en la Constitución y en su calidad de factores determinantes.

El hecho es que en este sentido la delincuencia organizada se ha convertido en un factor real de poder. ¿O acaso no lo tiene, y enorme, infiltrándose en distintas áreas de la vida social de México y abarcando incluso la actividad política, detonando otro tipo de ramificaciones violentas? Aparte de ello el Derecho Penal interviene tipificando delitos con sus consecuentes penas, donde predominan las privativas o reductoras de la libertad. Pero habida cuenta de las circunstancias que señalo la verdad indiscutible es que aproximadamente una tercera parte de la población está inmiscuida, de una manera u otra, en la delincuencia organizada; al extremo de que el factor real de poder de la misma se ubica en áreas del gobierno, de la investigación penal, de los procesos o de la purgación de una pena. Me pregunto si ese es el camino para enfrentarla y resolver el problema que implica.

Y en medio de este planteamiento aparece de pronto la duda, la incertidumbre, de si hay o habría algo que permitiera identificar ese factor real de poder, tenerlo en consideración como cierto y verdadero. A eso me refiero cuando hablo de la convergencia del Derecho Constitucional y del Derecho Penal. A lo anterior, concluyo, lo podría llamar “Visión de un Jurista Sobre la Violenta Problemática Social de México”. Ahondaré en el tema en mi próximo artículo.

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