/ jueves 28 de marzo de 2019

¿Dónde está el Sistema Nacional Anticorrupción?

Hace dos años, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) expresó que “la corrupción es una de las cuestiones más corrosivas de nuestro tiempo. Malgasta los recursos públicos, aumenta la desigualdad económica y social, alimenta el descontento y la polarización política y disminuye la confianza en las instituciones”, dentro de su recomendación más reciente sobre integridad pública. Esto es resaltable debido a que México es miembro de esta Organización desde el mes de mayo de 1994, casi un cuarto de siglo.

Por otro lado, el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), ha expresado que desde 2012 hemos retrocedido como país en el combate a la corrupción y que, de acuerdo al Índice de Percepción de la Corrupción 2018 de Transparencia Internacional, nos encontramos con una calificación de 28 sobre 100, seis puntos por debajo que hace seis años, ubicándonos en el lugar 138 de 180, lamentablemente.

Es decir, aún faltan mayores esfuerzos para la erradicación de este cáncer, pues vamos a cumplir cuatro años desde la reforma constitucional comprometida para la creación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), ante el hartazgo de una sociedad lastimada por actos como el soborno, peculado, tráfico de influencia, abuso de poder, enriquecimiento ilícito, obstrucción de la justicia, colusión, nepotismo, por mencionar algunos.

La intención de la reforma de 2015, entre otros, ha sido crear una institución autónoma con la participación de la sociedad civil, a través del Comité de Participación Ciudadana (CPC), con la finalidad de coordinar a los tres niveles de gobierno en sancionar actos de corrupción por parte de sus servidores públicos, a la vez de comenzar con acciones más claras y eficaces con el propósito de prevenir este tipo de conductas, y en el mejor de los casos erradicarlas.

Así el 18 de julio de 2016 fue publicada la Ley General del SNA a efecto de establecer las bases de coordinación para el funcionamiento del mismo, y cobijado por la emisión al mismo tiempo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, todas de nueva creación. Pues adicionalmente, se reformaron el Código Penal Federal; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la Ley Orgánica de la entonces Procuraduría General de la República.

Al respecto, la Ley Marco estableció el plazo de un año para que las Legislaturas de las entidades federativas expidieran las leyes necesarias y alineadas a este nuevo Sistema que, de acuerdo al mismo IMCO, únicamente Chiapas y Nayarit estaban listas para poder llevarlo a cabo, siguiéndoles Puebla, Nuevo León, Guanajuato, Querétaro y San Luis Potosí con condiciones óptimas para contar con una Ley del Sistema Local Anticorrupción o por lo menos una iniciativa.

No fue hasta el año pasado que, en el mes de diciembre, se presentó una propuesta de la Política Nacional Anticorrupción por parte del CPC, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva del SNA y la Red Nacional de Comités de Participación Ciudadana, como resultado de, en sus palabras, análisis de encuestas, evidencia oficial y demás datos aportados por expertos, organismos multilaterales y la sociedad civil; documento que a tres meses de vida aún debe demostrar su operatividad y eficacia.

Finalmente, en febrero de la presente anualidad, es decir, cuatro años después de haber comenzado todo un andamiaje jurídico y administrativo a nivel nacional, el nuevo Fiscal General de la República envió su propuesta de nombramiento al Senado de la República para designar al Fiscal Anticorrupción, Cámara que tuvo un plazo de veinte días hábiles para objetar la proposición, sin haber hecho pronunciamiento. Y aunque este es un gran avance, aún falta la designación de los Magistrados Especializados que, dicho sea de paso, de acuerdo al Informe Anual de actividades del CPC del año pasado, éste presentó una demanda de amparo indirecto en contra de la omisión en la designación de los magistrados, logrando una respuesta favorable. Sin embargo, la Cámara Alta y el Ejecutivo Federal presentaron recurso de revisión en contra de la sentencia, suspendiendo su ejecución hasta que se resuelva el mismo.

Y nuestro panorama no mejora si ahora, el Comité Coordinador del SNA ha decidido suspender la implementación de los formatos 3de3 que comenzarían a ser utilizados el próximo 30 de abril, argumentando, entre otras situaciones que, instituciones de los tres órdenes de Gobierno se encuentran imposibilitados de manera jurídica y técnica para una correcta implementación.

Por ello preguntamos, ¿Dónde está el Sistema Nacional Anticorrupción? ¿Será de verdad una prioridad para la Nueva Administración? Por el bien del país, esperamos que este Sistema funcione, que nos permita avanzar como sociedad y que muestre un cambio en la cultura comenzado a pensar que las situaciones podemos hacerlas una realidad sin necesidad de corromperlas.

mafrcontacto@gmail.com

Hace dos años, la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) expresó que “la corrupción es una de las cuestiones más corrosivas de nuestro tiempo. Malgasta los recursos públicos, aumenta la desigualdad económica y social, alimenta el descontento y la polarización política y disminuye la confianza en las instituciones”, dentro de su recomendación más reciente sobre integridad pública. Esto es resaltable debido a que México es miembro de esta Organización desde el mes de mayo de 1994, casi un cuarto de siglo.

Por otro lado, el Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO), ha expresado que desde 2012 hemos retrocedido como país en el combate a la corrupción y que, de acuerdo al Índice de Percepción de la Corrupción 2018 de Transparencia Internacional, nos encontramos con una calificación de 28 sobre 100, seis puntos por debajo que hace seis años, ubicándonos en el lugar 138 de 180, lamentablemente.

Es decir, aún faltan mayores esfuerzos para la erradicación de este cáncer, pues vamos a cumplir cuatro años desde la reforma constitucional comprometida para la creación del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA), ante el hartazgo de una sociedad lastimada por actos como el soborno, peculado, tráfico de influencia, abuso de poder, enriquecimiento ilícito, obstrucción de la justicia, colusión, nepotismo, por mencionar algunos.

La intención de la reforma de 2015, entre otros, ha sido crear una institución autónoma con la participación de la sociedad civil, a través del Comité de Participación Ciudadana (CPC), con la finalidad de coordinar a los tres niveles de gobierno en sancionar actos de corrupción por parte de sus servidores públicos, a la vez de comenzar con acciones más claras y eficaces con el propósito de prevenir este tipo de conductas, y en el mejor de los casos erradicarlas.

Así el 18 de julio de 2016 fue publicada la Ley General del SNA a efecto de establecer las bases de coordinación para el funcionamiento del mismo, y cobijado por la emisión al mismo tiempo de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Administrativa; y la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación, todas de nueva creación. Pues adicionalmente, se reformaron el Código Penal Federal; la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y la Ley Orgánica de la entonces Procuraduría General de la República.

Al respecto, la Ley Marco estableció el plazo de un año para que las Legislaturas de las entidades federativas expidieran las leyes necesarias y alineadas a este nuevo Sistema que, de acuerdo al mismo IMCO, únicamente Chiapas y Nayarit estaban listas para poder llevarlo a cabo, siguiéndoles Puebla, Nuevo León, Guanajuato, Querétaro y San Luis Potosí con condiciones óptimas para contar con una Ley del Sistema Local Anticorrupción o por lo menos una iniciativa.

No fue hasta el año pasado que, en el mes de diciembre, se presentó una propuesta de la Política Nacional Anticorrupción por parte del CPC, en coordinación con la Secretaría Ejecutiva del SNA y la Red Nacional de Comités de Participación Ciudadana, como resultado de, en sus palabras, análisis de encuestas, evidencia oficial y demás datos aportados por expertos, organismos multilaterales y la sociedad civil; documento que a tres meses de vida aún debe demostrar su operatividad y eficacia.

Finalmente, en febrero de la presente anualidad, es decir, cuatro años después de haber comenzado todo un andamiaje jurídico y administrativo a nivel nacional, el nuevo Fiscal General de la República envió su propuesta de nombramiento al Senado de la República para designar al Fiscal Anticorrupción, Cámara que tuvo un plazo de veinte días hábiles para objetar la proposición, sin haber hecho pronunciamiento. Y aunque este es un gran avance, aún falta la designación de los Magistrados Especializados que, dicho sea de paso, de acuerdo al Informe Anual de actividades del CPC del año pasado, éste presentó una demanda de amparo indirecto en contra de la omisión en la designación de los magistrados, logrando una respuesta favorable. Sin embargo, la Cámara Alta y el Ejecutivo Federal presentaron recurso de revisión en contra de la sentencia, suspendiendo su ejecución hasta que se resuelva el mismo.

Y nuestro panorama no mejora si ahora, el Comité Coordinador del SNA ha decidido suspender la implementación de los formatos 3de3 que comenzarían a ser utilizados el próximo 30 de abril, argumentando, entre otras situaciones que, instituciones de los tres órdenes de Gobierno se encuentran imposibilitados de manera jurídica y técnica para una correcta implementación.

Por ello preguntamos, ¿Dónde está el Sistema Nacional Anticorrupción? ¿Será de verdad una prioridad para la Nueva Administración? Por el bien del país, esperamos que este Sistema funcione, que nos permita avanzar como sociedad y que muestre un cambio en la cultura comenzado a pensar que las situaciones podemos hacerlas una realidad sin necesidad de corromperlas.

mafrcontacto@gmail.com