/ viernes 25 de enero de 2019

Dos decisiones

El miércoles pasado el INE dio cumplimiento a lo aprobado por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2019. La autoridad administrativa electoral tuvo que reducir 950 millones a un presupuesto que de por sí ya era austero. De ahí la importancia de que esa decisión sea explicada.

El INE ejerce permanentemente varias atribuciones: a) expide de manera gratuita la credencial para votar con fotografía, la cual sirve para votar y adicionalmente es el medio de identificación ciudadana por excelencia; b) monitorea la propaganda política/electoral de los partidos políticos y candidaturas, así como la gubernamental en todas las estaciones de radio y canales de televisión. Ambas actividades tienen como finalidad que sus contenidos se apeguen a las reglas establecidas al marco legal; c) Fiscaliza los gastos de los partidos políticos y sus candidaturas, y en caso de encontrar irregularidades, impone la sanción económica correspondiente.

Tratándose de elecciones locales (en 2019 hay 6 entidades federativas en ese supuesto: Aguascalientes, Baja California, Durango, Tamaulipas, Puebla, Quintana Roo), el INE desarrolla una de las funciones más importantes. Visita a un gran número de ciudadanas y ciudadanos en su domicilio para preguntar si están dispuestos a participar como funcionarios de mesa directiva de casilla, una vez hecho lo anterior, selecciona y capacita a quienes aceptan el complejo trabajo de recibir el voto de la ciudadanía el día de la elección.

Todas las atribuciones están asociadas a un alto costo económico por tres razones: 1. Tiene un impacto directo al ejercicio de derechos de la ciudadanía: a la identidad, a la información, a votar de manera libre, 2. Se deben realizar conforme a lo establecido en la legislación. De otro modo, puede haber impugnaciones, y 3. Su debida ejecución tiene impacto positivo en el sistema democrático del país.

Así, resulta evidente que el drástico recorte presupuestal realizado por las y los Diputados ponía en riesgo el cumplimiento de las obligaciones/actividades del INE.

En virtud de ello, el Consejo General del INE decidió lo siguiente:

1. No se cancela ninguna actividad constitucional-electoral del INE.

Desde hace 28 años, en México existe una autoridad autónoma cuyo trabajo principal es organizar y conducir los procesos electorales federales, sin injerencias de otros Poderes. Conforme han pasado los años, a dicha autoridad se le ha ido incorporando diversas atribuciones que la han convertido en una institución robusta y con amplio prestigio internacional.

También ha cambiado de nombre (IFE-INE) y sus integrantes, sin embargo, los rasgos que están vigentes es la eficiencia en el cumplimiento de sus funciones y la autonomía con la que las desarrolla. A modo de ejemplo, la razón del Constituyente de crear una autoridad nacional electoral (INE), fue la de estandarizar la organización de las elecciones a lo largo y ancho del país. Ello significa un reconocimiento implícito tanto a la calidad con la que la autoridad electoral desarrolla sus funciones, como al ejercicio de la autonomía.

Hay que decirlo con claridad: incumplir alguna obligación electoral implica obstruir la consolidación de la democracia mexicana, cuyo único beneficiario es la ciudadanía no es la ruta elegida por el INE. Por ello, la decisión para afrontar el recorte presupuestal, además de cancelar proyectos institucionales necesarios (mal menor), se encaminó a postergar el cumplimiento de otras obligaciones del INE para el segundo semestre de este año. Con independencia de lo anterior, se seguirá buscando la posibilidad de lograr una ampliación presupuestal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La idea es contar con tiempo para conseguir los recursos.

2. Presentar una controversia constitucional ante la SCJN. Sin duda el recorte presupuestal incide en el ejercicio de las funciones del INE. Hoy existen voces que defienden la decisión del mismo, bajo el argumento de que ésta se inserta en una nueva lógica de austeridad republicana. Es decir, la defensa de la decisión no se sustenta en el ejercicio de facultades.

Mientras tanto, el INE advierte que el drástico recorte presupuestal, al ya de por sí austero presupuesto, invade las competencias de la autoridad electoral y vulnera la autonomía reconocida en el 41 Constitucional.

Precisamente esa es la razón de presentar la controversia. No es una impugnación sobre dinero, ni mucho menos una confrontación con el Legislativo. Se trata de revisar el ejercicio de facultades de un Poder frente a un órgano constitucional técnico, especializado y dotado de autonomía constitucional.

En democracia nadie puede estar contra el ejercicio de la institucionalidad. Los medios de control jurisdiccional que tenemos en la Constitución, como es la controversia constitucional, posibilitan a la SCJN pronunciarse sobre el tema. Vivir en una democracia implica reconocer esas vías y acudir a ellas. No hay que sorprendernos.

*Jefe de oficina de la Presidencia del INE.

El miércoles pasado el INE dio cumplimiento a lo aprobado por la Cámara de Diputados en el Presupuesto de Egresos para el ejercicio fiscal de 2019. La autoridad administrativa electoral tuvo que reducir 950 millones a un presupuesto que de por sí ya era austero. De ahí la importancia de que esa decisión sea explicada.

El INE ejerce permanentemente varias atribuciones: a) expide de manera gratuita la credencial para votar con fotografía, la cual sirve para votar y adicionalmente es el medio de identificación ciudadana por excelencia; b) monitorea la propaganda política/electoral de los partidos políticos y candidaturas, así como la gubernamental en todas las estaciones de radio y canales de televisión. Ambas actividades tienen como finalidad que sus contenidos se apeguen a las reglas establecidas al marco legal; c) Fiscaliza los gastos de los partidos políticos y sus candidaturas, y en caso de encontrar irregularidades, impone la sanción económica correspondiente.

Tratándose de elecciones locales (en 2019 hay 6 entidades federativas en ese supuesto: Aguascalientes, Baja California, Durango, Tamaulipas, Puebla, Quintana Roo), el INE desarrolla una de las funciones más importantes. Visita a un gran número de ciudadanas y ciudadanos en su domicilio para preguntar si están dispuestos a participar como funcionarios de mesa directiva de casilla, una vez hecho lo anterior, selecciona y capacita a quienes aceptan el complejo trabajo de recibir el voto de la ciudadanía el día de la elección.

Todas las atribuciones están asociadas a un alto costo económico por tres razones: 1. Tiene un impacto directo al ejercicio de derechos de la ciudadanía: a la identidad, a la información, a votar de manera libre, 2. Se deben realizar conforme a lo establecido en la legislación. De otro modo, puede haber impugnaciones, y 3. Su debida ejecución tiene impacto positivo en el sistema democrático del país.

Así, resulta evidente que el drástico recorte presupuestal realizado por las y los Diputados ponía en riesgo el cumplimiento de las obligaciones/actividades del INE.

En virtud de ello, el Consejo General del INE decidió lo siguiente:

1. No se cancela ninguna actividad constitucional-electoral del INE.

Desde hace 28 años, en México existe una autoridad autónoma cuyo trabajo principal es organizar y conducir los procesos electorales federales, sin injerencias de otros Poderes. Conforme han pasado los años, a dicha autoridad se le ha ido incorporando diversas atribuciones que la han convertido en una institución robusta y con amplio prestigio internacional.

También ha cambiado de nombre (IFE-INE) y sus integrantes, sin embargo, los rasgos que están vigentes es la eficiencia en el cumplimiento de sus funciones y la autonomía con la que las desarrolla. A modo de ejemplo, la razón del Constituyente de crear una autoridad nacional electoral (INE), fue la de estandarizar la organización de las elecciones a lo largo y ancho del país. Ello significa un reconocimiento implícito tanto a la calidad con la que la autoridad electoral desarrolla sus funciones, como al ejercicio de la autonomía.

Hay que decirlo con claridad: incumplir alguna obligación electoral implica obstruir la consolidación de la democracia mexicana, cuyo único beneficiario es la ciudadanía no es la ruta elegida por el INE. Por ello, la decisión para afrontar el recorte presupuestal, además de cancelar proyectos institucionales necesarios (mal menor), se encaminó a postergar el cumplimiento de otras obligaciones del INE para el segundo semestre de este año. Con independencia de lo anterior, se seguirá buscando la posibilidad de lograr una ampliación presupuestal, a través de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. La idea es contar con tiempo para conseguir los recursos.

2. Presentar una controversia constitucional ante la SCJN. Sin duda el recorte presupuestal incide en el ejercicio de las funciones del INE. Hoy existen voces que defienden la decisión del mismo, bajo el argumento de que ésta se inserta en una nueva lógica de austeridad republicana. Es decir, la defensa de la decisión no se sustenta en el ejercicio de facultades.

Mientras tanto, el INE advierte que el drástico recorte presupuestal, al ya de por sí austero presupuesto, invade las competencias de la autoridad electoral y vulnera la autonomía reconocida en el 41 Constitucional.

Precisamente esa es la razón de presentar la controversia. No es una impugnación sobre dinero, ni mucho menos una confrontación con el Legislativo. Se trata de revisar el ejercicio de facultades de un Poder frente a un órgano constitucional técnico, especializado y dotado de autonomía constitucional.

En democracia nadie puede estar contra el ejercicio de la institucionalidad. Los medios de control jurisdiccional que tenemos en la Constitución, como es la controversia constitucional, posibilitan a la SCJN pronunciarse sobre el tema. Vivir en una democracia implica reconocer esas vías y acudir a ellas. No hay que sorprendernos.

*Jefe de oficina de la Presidencia del INE.