/ miércoles 13 de junio de 2018

El callejón de Ayotzinapa (II)

La relación entre las víctimas del caso Iguala y la Procuraduría General de la República nunca ha sido de colaboración, incluso tienen distintas teorías de qué sucedió, por qué y cómo sucedió. Con esto en mente es fácil imaginar porqué el ministerio público federal apeló la decisión del amparo 177/2015. Así las cosas, la Procuraduría General de la República pidió un recurso de revisión en contra del amparo que ordenaba llamar a las víctimas al proceso judicial donde se analizan los hechos del caso Iguala, en específico sobre los delitos de delincuencia organizada y delitos contra la salud.

El Primer Tribunal Colegiado en Tamaulipas comienza su resolución con algo inusual en el mundo de los juzgados, especula sobre un delito que no está a su consideración. Recordemos que el amparo trataba sobre delincuencia organizada y delitos contra la salud, sin embargo, el Tribunal Colegiado emprende el estudio sobre las víctimas del posible delito de desaparición forzada, sin duda, el ilícito está relacionado con los terribles hechos de Iguala, pero en los juzgados casi nunca se ve el análisis de un delito a nivel especulativo, el propio Tribunal señala que lo hace sin prejuzgar sobre la existencia de éste.

El Primer Tribunal Colegiado en Tamaulipas hace plena justicia sobre el silencio que recaía en varias víctimas del caso Iguala. Ahora cuando se hable de este asunto se tienen que incorporar a todas las partes que llamó el Tribunal Colegiado. Veamos: a) los 43 estudiantes desaparecidos; b) los miembros del equipo de tercera división Avispones de Chilpancingo; c) el conductor del camión de los Avispones; d) una mujer que perdió la vida a bordo de un taxi; e) los choferes de los autobuses; y f) los familiares de las personas desaparecidas o fallecidas. La tragedia es mucho más amplia de lo que dialogado la sociedad, hay muchas más personas con nombres y apellidos que no han tenido la oportunidad de ser escuchadas por el juez -o- en la historia ¿Quién hablaba de la mujer que perdió la vida en el taxi? El Tribunal está cambiando todas las coordenadas de este caso y, su primer paso, fue delimitar el número de personas afectadas. Lo cual tendrá que repercutir en cómo se conforma la Comisión para la Verdad y la Justicia en el caso Iguala.

El dedo pulgar de los derechos humanos es la capacidad de ser escuchado en juicio ¿Cómo es posible que en este tiempo existan personas inauditas?, ¿Cómo existe un juicio sin víctimas? ¿Quién se hace cargo de escuchar y reparar a todas las personas afectadas? Este apartado de la sentencia nos releva que el auge de los derechos de las víctimas no impacta en la vida real, no están bien utilizados y no llegan a uno de los casos más trágicos del país.

La tortura es inaceptable en cualquier democracia constitucional, sin embargo, en México seguimos lidiando con este flagelo, por ello, el Tribunal Colegiado entra al estudio de la tortura sobre las personas acusadas por el caso Iguala. Varios años después de los hechos y después de varias pruebas practicadas, se ordena la revisión de la posible comisión de tortura. Además se colocaron estándares prácticamente imposibles para la PGR o para el juez que conoce de los hechos. Lo más posible es que se otorgue la libertad a quienes hayan pedido amparo por los delitos de delincuencia organizada e ilícitos contra la salud y, más adelante, se verifique la libertad por lo que toca a desaparición forzada. La última parte está en la Comisión para la Verdad y la Justicia del caso Iguala, que merece muchas letras por la complejidad jurídica y práctica que entraña.

La relación entre las víctimas del caso Iguala y la Procuraduría General de la República nunca ha sido de colaboración, incluso tienen distintas teorías de qué sucedió, por qué y cómo sucedió. Con esto en mente es fácil imaginar porqué el ministerio público federal apeló la decisión del amparo 177/2015. Así las cosas, la Procuraduría General de la República pidió un recurso de revisión en contra del amparo que ordenaba llamar a las víctimas al proceso judicial donde se analizan los hechos del caso Iguala, en específico sobre los delitos de delincuencia organizada y delitos contra la salud.

El Primer Tribunal Colegiado en Tamaulipas comienza su resolución con algo inusual en el mundo de los juzgados, especula sobre un delito que no está a su consideración. Recordemos que el amparo trataba sobre delincuencia organizada y delitos contra la salud, sin embargo, el Tribunal Colegiado emprende el estudio sobre las víctimas del posible delito de desaparición forzada, sin duda, el ilícito está relacionado con los terribles hechos de Iguala, pero en los juzgados casi nunca se ve el análisis de un delito a nivel especulativo, el propio Tribunal señala que lo hace sin prejuzgar sobre la existencia de éste.

El Primer Tribunal Colegiado en Tamaulipas hace plena justicia sobre el silencio que recaía en varias víctimas del caso Iguala. Ahora cuando se hable de este asunto se tienen que incorporar a todas las partes que llamó el Tribunal Colegiado. Veamos: a) los 43 estudiantes desaparecidos; b) los miembros del equipo de tercera división Avispones de Chilpancingo; c) el conductor del camión de los Avispones; d) una mujer que perdió la vida a bordo de un taxi; e) los choferes de los autobuses; y f) los familiares de las personas desaparecidas o fallecidas. La tragedia es mucho más amplia de lo que dialogado la sociedad, hay muchas más personas con nombres y apellidos que no han tenido la oportunidad de ser escuchadas por el juez -o- en la historia ¿Quién hablaba de la mujer que perdió la vida en el taxi? El Tribunal está cambiando todas las coordenadas de este caso y, su primer paso, fue delimitar el número de personas afectadas. Lo cual tendrá que repercutir en cómo se conforma la Comisión para la Verdad y la Justicia en el caso Iguala.

El dedo pulgar de los derechos humanos es la capacidad de ser escuchado en juicio ¿Cómo es posible que en este tiempo existan personas inauditas?, ¿Cómo existe un juicio sin víctimas? ¿Quién se hace cargo de escuchar y reparar a todas las personas afectadas? Este apartado de la sentencia nos releva que el auge de los derechos de las víctimas no impacta en la vida real, no están bien utilizados y no llegan a uno de los casos más trágicos del país.

La tortura es inaceptable en cualquier democracia constitucional, sin embargo, en México seguimos lidiando con este flagelo, por ello, el Tribunal Colegiado entra al estudio de la tortura sobre las personas acusadas por el caso Iguala. Varios años después de los hechos y después de varias pruebas practicadas, se ordena la revisión de la posible comisión de tortura. Además se colocaron estándares prácticamente imposibles para la PGR o para el juez que conoce de los hechos. Lo más posible es que se otorgue la libertad a quienes hayan pedido amparo por los delitos de delincuencia organizada e ilícitos contra la salud y, más adelante, se verifique la libertad por lo que toca a desaparición forzada. La última parte está en la Comisión para la Verdad y la Justicia del caso Iguala, que merece muchas letras por la complejidad jurídica y práctica que entraña.

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