/ jueves 14 de junio de 2018

El callejón de Ayotzinapa III

El Primer Tribunal Colegiado en Tamaulipas reconoce la existencia del derecho a la verdad de las víctimas y, para ello, utiliza múltiples sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos quese refieren a este derecho. En mi óptica, esos criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no se pueden aplicar a tabla rasa en nuestro antiguo proceso penaly casi en ningún proceso penal. Un teórico de los derechos en el proceso criminal nos dice que: una justicia penal completa <con verdad> es una utopía. Una justicia penal completamente sin <verdad> equivale a un sistema de arbitrariedad (Luigi Ferrajoli).

La sentencia del Tribunal Colegiado en Tamaulipas es inatacable, pero ojalá podamos asumir como sociedad, que la verdad no es el fin último de un juicio criminal, por ejemplo: no se obtiene con tortura, malos tratos, amenazas o cualquier tipo de violación a derechos humanos. Ymuchos procesos penales quedan en la línea de la duda razonable. El ánimo de hacer justicia puede hacer abstractas o materialmente imposibles las sentencias, tal vez fue esto lo que sucedió en este caso tan trágico. Más adelante, el Tribunal Colegiado demuestra las deficiencias de la investigación de las instituciones del Estado y, con ello, tiene que crear un método para garantizar el derecho a la verdad.

El Tribunal Colegiado en Tamaulipas crea la Comisión para la Verdad y la Justicia en el caso Iguala, aquíse sustenta en el protocolo de Minnesota. Estas reglas son una guía para la investigación legal de ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumariaspor comisiones independientes. El propio protocolo insinúa tres cosas: a) emite recomendaciones, b) sus actividades deben producir pruebas para el proceso penal, es decir, está diseñado para coadyuvar y no para ser parte en el juicio penal y; c) no deben participar los involucrados.

El Tribunal Colegiado constituyó la Comisión con los representantes de las víctimas, un representante de la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para llevar las investigaciones en el proceso penal. Con esto, se infringen por lo menos dos normas del protocolo de Minnesota: a) participan los involucrados (PGR y los Representantes de las Víctimas) y b) se utiliza para resolver un proceso penal. De nueva cuenta, parece que el ánimo de colmar de Justicia un país con carencia de éste rebasa las reglas jurídicas. No debemos de asustarnos por la novedad de la resolución o lo avanzado de ésta. El país necesita nuevas soluciones. En mi criterio, el problema es la posible incongruencia de las bases de la resolución con la propia sentencia.

En la práctica, el camino de la Comisión para la Verdad y la Justicia del caso Iguala también suena imposible de andar. Las grandes diferencias entre la PGR, la CNDH y los representantes de las víctimas anuncia la dificultad de lograr acuerdos para llevar a cabo la investigación. Las primeras reacciones de las instituciones del Estado mexicano dejan en claro que el camino del diálogo está empedrado.

El Tribunal Colegiado tuvo ante sí la solución todo el tiempo: el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes. Las personas que ya conocen el caso, emitieron un informe y cuya independencia está demostrada pues mostraron la violación de los derechos de los acusados y de las víctimas debieron de haber constituido la Comisión independiente. Ojalá que todas las partes convocadas por la sentencia logren acuerdos para esclarecer el caso y no se entorpezca más esta tragedia.

El Primer Tribunal Colegiado en Tamaulipas reconoce la existencia del derecho a la verdad de las víctimas y, para ello, utiliza múltiples sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos quese refieren a este derecho. En mi óptica, esos criterios de la Corte Interamericana de Derechos Humanos no se pueden aplicar a tabla rasa en nuestro antiguo proceso penaly casi en ningún proceso penal. Un teórico de los derechos en el proceso criminal nos dice que: una justicia penal completa <con verdad> es una utopía. Una justicia penal completamente sin <verdad> equivale a un sistema de arbitrariedad (Luigi Ferrajoli).

La sentencia del Tribunal Colegiado en Tamaulipas es inatacable, pero ojalá podamos asumir como sociedad, que la verdad no es el fin último de un juicio criminal, por ejemplo: no se obtiene con tortura, malos tratos, amenazas o cualquier tipo de violación a derechos humanos. Ymuchos procesos penales quedan en la línea de la duda razonable. El ánimo de hacer justicia puede hacer abstractas o materialmente imposibles las sentencias, tal vez fue esto lo que sucedió en este caso tan trágico. Más adelante, el Tribunal Colegiado demuestra las deficiencias de la investigación de las instituciones del Estado y, con ello, tiene que crear un método para garantizar el derecho a la verdad.

El Tribunal Colegiado en Tamaulipas crea la Comisión para la Verdad y la Justicia en el caso Iguala, aquíse sustenta en el protocolo de Minnesota. Estas reglas son una guía para la investigación legal de ejecuciones extralegales, arbitrarias o sumariaspor comisiones independientes. El propio protocolo insinúa tres cosas: a) emite recomendaciones, b) sus actividades deben producir pruebas para el proceso penal, es decir, está diseñado para coadyuvar y no para ser parte en el juicio penal y; c) no deben participar los involucrados.

El Tribunal Colegiado constituyó la Comisión con los representantes de las víctimas, un representante de la Procuraduría General de la República y la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para llevar las investigaciones en el proceso penal. Con esto, se infringen por lo menos dos normas del protocolo de Minnesota: a) participan los involucrados (PGR y los Representantes de las Víctimas) y b) se utiliza para resolver un proceso penal. De nueva cuenta, parece que el ánimo de colmar de Justicia un país con carencia de éste rebasa las reglas jurídicas. No debemos de asustarnos por la novedad de la resolución o lo avanzado de ésta. El país necesita nuevas soluciones. En mi criterio, el problema es la posible incongruencia de las bases de la resolución con la propia sentencia.

En la práctica, el camino de la Comisión para la Verdad y la Justicia del caso Iguala también suena imposible de andar. Las grandes diferencias entre la PGR, la CNDH y los representantes de las víctimas anuncia la dificultad de lograr acuerdos para llevar a cabo la investigación. Las primeras reacciones de las instituciones del Estado mexicano dejan en claro que el camino del diálogo está empedrado.

El Tribunal Colegiado tuvo ante sí la solución todo el tiempo: el Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes. Las personas que ya conocen el caso, emitieron un informe y cuya independencia está demostrada pues mostraron la violación de los derechos de los acusados y de las víctimas debieron de haber constituido la Comisión independiente. Ojalá que todas las partes convocadas por la sentencia logren acuerdos para esclarecer el caso y no se entorpezca más esta tragedia.

ÚLTIMASCOLUMNAS
martes 29 de diciembre de 2020

La otra educación jurídica

Javier Cruz Angulo

lunes 21 de diciembre de 2020

El 2020

Javier Cruz Angulo

martes 15 de diciembre de 2020

Somos un mal bicho

Javier Cruz Angulo

miércoles 09 de diciembre de 2020

Naranja/Rojo

Javier Cruz Angulo

martes 01 de diciembre de 2020

Reforma judicial sin jueces

Javier Cruz Angulo

martes 24 de noviembre de 2020

Cuando pierde la víctima

Javier Cruz Angulo

martes 17 de noviembre de 2020

Trump no es la amenaza

Javier Cruz Angulo

martes 10 de noviembre de 2020

Urrutia Laubreaux vs Chile

Javier Cruz Angulo

martes 27 de octubre de 2020

La muerte de Ayelín

Javier Cruz Angulo

martes 20 de octubre de 2020

El servicio público está en la soledad

Javier Cruz Angulo

Cargar Más