/ jueves 23 de diciembre de 2021

El derecho humano político al buen gobierno 

Carlos González Martínez, Investigador del Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset de España en México y mentor de #LaCampañaQueFalta de Nosotrxs

@CGMXRedes @NosotrxsMX


Los derechos políticos son derechos humanos. Más precisamente: los derechos políticos de la ciudadanía son derechos humanos de las personas. Y ello se resume en la noción de buen gobierno como un derecho humano, político, electoral y participativo. Conviene tenerlo en la mente para tenerlo en la exigencia. Particularmente en el marco de la conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos, y en México, donde el buen gobierno resulta ya no sólo un derecho de las personas, sino una urgencia de la nación.

Como bien sabemos y debemos saber, todas las personas, por el sólo hecho de serlo, tenemos derechos inalienables que se rigen por los principios de la universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la ONU el 10 de diciembre de 1948 y bajo la batuta de una mujer, Eleanor Roosevelt en tanto presidenta del Comité de Redacción, esos derechos nos son propios, inherentes, independientemente de nuestra condición étnica, “color, religión, sexo, idioma, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”.

Esa es la referencia genérica a los derechos humanos y como sujetos de derecho desempeñamos distintos roles en la sociedad, que nos guían hacia otro abanico de derechos específicos (prerrogativas y obligaciones) que nos asisten, protegen y reclaman en dicho desempeño. Así las personas contribuyentes, por ejemplo, tenemos derechos fiscales; las trabajadoras, laborales; las y los pacientes, a la salud y el acceso a medicamentos.

De la misma forma, las y los ciudadanos tenemos derechos político-electorales y participativos, pues en nuestra democracia no todo son elecciones sino, sobre todo y principalmente, son participación ciudadana en todas sus formas legales y legítimas.

Para la propia ONU, la ciudadanía que ejercemos activa y proactivamente en la vida política democrática es una que va más allá de la condición administrativa de tener una determinada nacionalidad y una edad (o un “modo honesto de vivir”, como requiere la Constitución Mexicana en su artículo 34…). En realidad, dice particularmente el PNUD, la ciudadanía refiere a una condición integral, pues además de los derechos políticos propiamente dichos también requiere de derechos sociales y civiles, que le antecedan y hagan viable. Al mismo tiempo, esa ciudadanía integral es universal, pues su naturaleza y ejercicio no se limita a las condicionantes administrativas de nacionalidad y edad de ciertas personas, sino que se ejerce por todas y para todas en formatos y vías muy diversas, como los sistemas normativos internos de los pueblos originarios, eso sí: siempre legales y legítimos, como se tiene dicho.

En suma, la ciudadanía es una condición política y cívica, no sólo jurídica y administrativa, entonces su derecho humano tutela la garantía, las prerrogativas y las obligaciones de las personas en el ámbito de la política: de la conformación, el acceso, el ejercicio y el control del poder. Porque la ciudadanía siempre es política y porque siempre es en democracia. Y porque el poder en democracia siempre es (o debe) regirse con reglas que permitan el acceso, el ejercicio y, sobre todo, el control del poder.

De esta forma, los derechos humanos de la ciudadanía se enderezan hacia y en el ejercicio del poder: del gobierno, en su acepción más general. Pero no de cualquier gobierno, sino del gobierno democrático, es decir: del buen gobierno.

Este derecho humano de ciudadanía al buen gobierno se ve reflejando en la realidad, con la referencia que la Constitución Política de la Ciudad de México hace en el numeral primero de su artículo 60, en su título sexto, precisamente nombrado “Del buen gobierno y la buena administración”: “a través de un gobierno abierto, integral, honesto, transparente, profesional, eficaz, eficiente, austero, incluyente y resiliente que procure el interés público y combata la corrupción”.

Ahora que sabemos que es posible ponerlo en papel y tinta, y también en la práctica: ¿por qué no hacer nada por exigirlo y lograrlo? Y si lo hace: ¿por qué no lo hace con Nosotrxs, que vamos en bola organizada para lograrlo y garantizarlo en nuestro país? Y sí ya lo está haciendo: ¿qué tal si aceleramos el paso? que el tiempo no es infinito y la urgencia es finita.

Carlos González Martínez, Investigador del Instituto Universitario de Investigación Ortega y Gasset de España en México y mentor de #LaCampañaQueFalta de Nosotrxs

@CGMXRedes @NosotrxsMX


Los derechos políticos son derechos humanos. Más precisamente: los derechos políticos de la ciudadanía son derechos humanos de las personas. Y ello se resume en la noción de buen gobierno como un derecho humano, político, electoral y participativo. Conviene tenerlo en la mente para tenerlo en la exigencia. Particularmente en el marco de la conmemoración del Día Internacional de los Derechos Humanos, y en México, donde el buen gobierno resulta ya no sólo un derecho de las personas, sino una urgencia de la nación.

Como bien sabemos y debemos saber, todas las personas, por el sólo hecho de serlo, tenemos derechos inalienables que se rigen por los principios de la universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. Según la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la ONU el 10 de diciembre de 1948 y bajo la batuta de una mujer, Eleanor Roosevelt en tanto presidenta del Comité de Redacción, esos derechos nos son propios, inherentes, independientemente de nuestra condición étnica, “color, religión, sexo, idioma, opinión política o de otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición”.

Esa es la referencia genérica a los derechos humanos y como sujetos de derecho desempeñamos distintos roles en la sociedad, que nos guían hacia otro abanico de derechos específicos (prerrogativas y obligaciones) que nos asisten, protegen y reclaman en dicho desempeño. Así las personas contribuyentes, por ejemplo, tenemos derechos fiscales; las trabajadoras, laborales; las y los pacientes, a la salud y el acceso a medicamentos.

De la misma forma, las y los ciudadanos tenemos derechos político-electorales y participativos, pues en nuestra democracia no todo son elecciones sino, sobre todo y principalmente, son participación ciudadana en todas sus formas legales y legítimas.

Para la propia ONU, la ciudadanía que ejercemos activa y proactivamente en la vida política democrática es una que va más allá de la condición administrativa de tener una determinada nacionalidad y una edad (o un “modo honesto de vivir”, como requiere la Constitución Mexicana en su artículo 34…). En realidad, dice particularmente el PNUD, la ciudadanía refiere a una condición integral, pues además de los derechos políticos propiamente dichos también requiere de derechos sociales y civiles, que le antecedan y hagan viable. Al mismo tiempo, esa ciudadanía integral es universal, pues su naturaleza y ejercicio no se limita a las condicionantes administrativas de nacionalidad y edad de ciertas personas, sino que se ejerce por todas y para todas en formatos y vías muy diversas, como los sistemas normativos internos de los pueblos originarios, eso sí: siempre legales y legítimos, como se tiene dicho.

En suma, la ciudadanía es una condición política y cívica, no sólo jurídica y administrativa, entonces su derecho humano tutela la garantía, las prerrogativas y las obligaciones de las personas en el ámbito de la política: de la conformación, el acceso, el ejercicio y el control del poder. Porque la ciudadanía siempre es política y porque siempre es en democracia. Y porque el poder en democracia siempre es (o debe) regirse con reglas que permitan el acceso, el ejercicio y, sobre todo, el control del poder.

De esta forma, los derechos humanos de la ciudadanía se enderezan hacia y en el ejercicio del poder: del gobierno, en su acepción más general. Pero no de cualquier gobierno, sino del gobierno democrático, es decir: del buen gobierno.

Este derecho humano de ciudadanía al buen gobierno se ve reflejando en la realidad, con la referencia que la Constitución Política de la Ciudad de México hace en el numeral primero de su artículo 60, en su título sexto, precisamente nombrado “Del buen gobierno y la buena administración”: “a través de un gobierno abierto, integral, honesto, transparente, profesional, eficaz, eficiente, austero, incluyente y resiliente que procure el interés público y combata la corrupción”.

Ahora que sabemos que es posible ponerlo en papel y tinta, y también en la práctica: ¿por qué no hacer nada por exigirlo y lograrlo? Y si lo hace: ¿por qué no lo hace con Nosotrxs, que vamos en bola organizada para lograrlo y garantizarlo en nuestro país? Y sí ya lo está haciendo: ¿qué tal si aceleramos el paso? que el tiempo no es infinito y la urgencia es finita.