/ sábado 27 de febrero de 2021

El proceso de un desafuero

En estos días se ha hablado de la solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR) que hizo a la Cámara de Diputados para el desafuero del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, por los presuntos delitos de delincuencia organizada, operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal, pero para que esto suceda se tiene que cumplir todo un procedimiento legislativo.

Tras la ratificación de la petición por parte de la FGR, la Secretaría General turnará la petición a la Sección Instructora -de la que fue excluido el PAN- que preside el morenista Pablo Gómez y conformada por tres integrantes más: Martha Patricia Ramírez Lucero, también morenista; la priista Ivonne Liliana Álvarez, y Ana Ruth García, del PT.

Esta instancia practicará todas las diligencias conducentes, para presentar pruebas, recibirlas, solicitar otras que considere convenientes y calificarlas para establecer la existencia del delito y la probable responsabilidad penal del inculpado. Deberá presentar un dictamen en un plazo de 70 días hábiles, salvo que sea necesario disponer de más tiempo.

De haber pruebas y elementos suficientes para sostener la acusación, se convocará a todos los diputados para que se desempeñen como Jurado de Procedencia, y en cuya sesión se presentarán los argumentos de la comisión investigadora y se dará voz a la Fiscalía para que argumente a favor de la acusación, al igual que al acusado o su abogado para exponer su defensa.

Se requiere sólo de la mayoría simple de la votación del Pleno –la mitad más uno- para que se apruebe la declaración de procedencia, que sólo elimina el fuero constitucional para que posteriormente el servidor público sea separado del cargo y quede a disposición de la autoridad correspondiente, a fin de que sea llevado a juicio.

De acuerdo al artículo 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos, los gobernadores, diputados a las legislaturas locales y magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de los Estados a quienes se les hubiere atribuido la comisión de delitos federales, la declaración de procedencia se remitirá a la Legislatura local respectiva, para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda y, en su caso, ponga al inculpado a disposición del MPF o del órgano jurisdiccional respectivo.

Hay que hacer notar que el Congreso de Tamaulipas está conformado por 26 diputados del PAN, 10 de Morena, dos del PRI y uno de Movimiento Ciudadano.


USE CUBREBOCAS SÁLVESE¡¡

RECUERDEN QUE LA MEJOR VACUNA CONTRA EL

#CORONAVIRUSESQUEDARNOSENCASA!


Dr. J. Hector Muñoz Escobar

Twitter:@ jHectormunoz

Facebook:Hector mu ñoz

Instagram :jHectormunoz

www.hectormunoz.com.mx

En estos días se ha hablado de la solicitud de la Fiscalía General de la República (FGR) que hizo a la Cámara de Diputados para el desafuero del gobernador de Tamaulipas, Francisco García Cabeza de Vaca, por los presuntos delitos de delincuencia organizada, operaciones con recursos de procedencia ilícita y defraudación fiscal, pero para que esto suceda se tiene que cumplir todo un procedimiento legislativo.

Tras la ratificación de la petición por parte de la FGR, la Secretaría General turnará la petición a la Sección Instructora -de la que fue excluido el PAN- que preside el morenista Pablo Gómez y conformada por tres integrantes más: Martha Patricia Ramírez Lucero, también morenista; la priista Ivonne Liliana Álvarez, y Ana Ruth García, del PT.

Esta instancia practicará todas las diligencias conducentes, para presentar pruebas, recibirlas, solicitar otras que considere convenientes y calificarlas para establecer la existencia del delito y la probable responsabilidad penal del inculpado. Deberá presentar un dictamen en un plazo de 70 días hábiles, salvo que sea necesario disponer de más tiempo.

De haber pruebas y elementos suficientes para sostener la acusación, se convocará a todos los diputados para que se desempeñen como Jurado de Procedencia, y en cuya sesión se presentarán los argumentos de la comisión investigadora y se dará voz a la Fiscalía para que argumente a favor de la acusación, al igual que al acusado o su abogado para exponer su defensa.

Se requiere sólo de la mayoría simple de la votación del Pleno –la mitad más uno- para que se apruebe la declaración de procedencia, que sólo elimina el fuero constitucional para que posteriormente el servidor público sea separado del cargo y quede a disposición de la autoridad correspondiente, a fin de que sea llevado a juicio.

De acuerdo al artículo 28 de la Ley Federal de Responsabilidades de Servidores Públicos, los gobernadores, diputados a las legislaturas locales y magistrados de los Tribunales Superiores de Justicia de los Estados a quienes se les hubiere atribuido la comisión de delitos federales, la declaración de procedencia se remitirá a la Legislatura local respectiva, para que en ejercicio de sus atribuciones proceda como corresponda y, en su caso, ponga al inculpado a disposición del MPF o del órgano jurisdiccional respectivo.

Hay que hacer notar que el Congreso de Tamaulipas está conformado por 26 diputados del PAN, 10 de Morena, dos del PRI y uno de Movimiento Ciudadano.


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