/ lunes 4 de junio de 2018

Empresarios y elecciones: libertad de expresión o coacción del voto


Poco más de 20 días nos separan del día de las elecciones. Y a partir del 28 de junio nadie podrá realizar ninguna clase de actos proselitistas pues nos encontraremos en el periodo de veda electoral, durante el cual, las y los ciudadanos dispondrán de tres días para reflexionar su voto. Lo anterior explica que el ánimo y las discusiones entre las y los contendientes sean más intensas, y que incluso empecemos a ver a nuevos actores adquiriendo presencia mediática en el marco del proceso electoral.

En este contexto, en días recientes, diversos empresarios han hecho pública la invitación a sus trabajadores para que reflexionen su voto, invitándolos, en algunos casos, a emitir su voto con base en las propuestas de cada uno de los candidatos a la Presidencia de México y advirtiendo del riesgo de un modelo populista.

La discusión de este asunto se ha centrado en determinar si las empresas pueden hacer este tipo de recomendaciones a sus empleados, amparados en la libertad de expresión, o si estos llamados constituyen coacción del voto, lo que se traduciría en una infracción electoral.

Incluso, se han hecho comparaciones con lo que se vivió en las elecciones de 2006, cuando grupos de empresarios emitieron mensajes en radio y televisión posicionándose respecto a propuestas, candidatos y partidos participantes.

Ante las preocupaciones legítimas que han manifestado medios de comunicación y ciudadanía en general por este asunto, es necesario mencionar que no son comparables los hechos ocurridos recientemente con lo sucedido en 2006, cuando el Consejo Coordinador Empresarial intervino en ese proceso electoral federal para incitar a mantener las políticas públicas y el modelo económico e invitar a rechazar opciones políticas que buscaran un cambio.

En aquel caso, la autoridad consideró que esas acciones constituían violaciones por parte del Consejo Coordinador Empresarial, pues se trataba de una “irregularidad que viola los principios constitucionales de igualdad en la contienda y de legalidad electoral”.

Pero en el 2018, a 12 años de distancia de aquellos acontecimientos, y después de 2 reformas político-electorales de gran calado, en donde una de ellas trajo a la escena electoral un nuevo Modelo de Comunicación Política que buscó inhibir la intervención de actores ajenos a la contienda, no limitando su libertad de expresión, sino prohibiendo la compra de propaganda electoral en radio y televisión.

Nuestro sistema democrático ha avanzado y se ha perfeccionado, y muestra de ello, es justamente que los empresarios hoy no pueden contratar tiempo en radio y televisión para favorecer o afectar a alguno de los candidatos.

Por eso, el planteamiento en esta ocasión tendrá que ser distinto, en vista de que deberá determinarse si las acciones de estos empresarios se circunscriben al ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, considerando el contexto político-electoral en el que nos encontramos, donde la equidad juega un papel central.

La discusión se antoja compleja y sin lugar a dudas involucra un debate sobre los límites a la libertad de expresión. No obstante, en estos momentos, no contamos aún con una queja y por ende con los elementos necesarios para determinar si nos encontramos ante coacción del voto o alguna otra infracción normativa, o bien, para dar por sentado que se trata del ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

Lo que sí es innegable es que todas y todos los actores políticos y la sociedad en general, deben respetar las reglas que nos lleven a una renovación del poder público mediante la expresión genuina del voto. Y esta expresión, sólo podrá ser posible si es emitida en secrecía, de forma informada y libre.


Poco más de 20 días nos separan del día de las elecciones. Y a partir del 28 de junio nadie podrá realizar ninguna clase de actos proselitistas pues nos encontraremos en el periodo de veda electoral, durante el cual, las y los ciudadanos dispondrán de tres días para reflexionar su voto. Lo anterior explica que el ánimo y las discusiones entre las y los contendientes sean más intensas, y que incluso empecemos a ver a nuevos actores adquiriendo presencia mediática en el marco del proceso electoral.

En este contexto, en días recientes, diversos empresarios han hecho pública la invitación a sus trabajadores para que reflexionen su voto, invitándolos, en algunos casos, a emitir su voto con base en las propuestas de cada uno de los candidatos a la Presidencia de México y advirtiendo del riesgo de un modelo populista.

La discusión de este asunto se ha centrado en determinar si las empresas pueden hacer este tipo de recomendaciones a sus empleados, amparados en la libertad de expresión, o si estos llamados constituyen coacción del voto, lo que se traduciría en una infracción electoral.

Incluso, se han hecho comparaciones con lo que se vivió en las elecciones de 2006, cuando grupos de empresarios emitieron mensajes en radio y televisión posicionándose respecto a propuestas, candidatos y partidos participantes.

Ante las preocupaciones legítimas que han manifestado medios de comunicación y ciudadanía en general por este asunto, es necesario mencionar que no son comparables los hechos ocurridos recientemente con lo sucedido en 2006, cuando el Consejo Coordinador Empresarial intervino en ese proceso electoral federal para incitar a mantener las políticas públicas y el modelo económico e invitar a rechazar opciones políticas que buscaran un cambio.

En aquel caso, la autoridad consideró que esas acciones constituían violaciones por parte del Consejo Coordinador Empresarial, pues se trataba de una “irregularidad que viola los principios constitucionales de igualdad en la contienda y de legalidad electoral”.

Pero en el 2018, a 12 años de distancia de aquellos acontecimientos, y después de 2 reformas político-electorales de gran calado, en donde una de ellas trajo a la escena electoral un nuevo Modelo de Comunicación Política que buscó inhibir la intervención de actores ajenos a la contienda, no limitando su libertad de expresión, sino prohibiendo la compra de propaganda electoral en radio y televisión.

Nuestro sistema democrático ha avanzado y se ha perfeccionado, y muestra de ello, es justamente que los empresarios hoy no pueden contratar tiempo en radio y televisión para favorecer o afectar a alguno de los candidatos.

Por eso, el planteamiento en esta ocasión tendrá que ser distinto, en vista de que deberá determinarse si las acciones de estos empresarios se circunscriben al ejercicio de su derecho a la libertad de expresión, considerando el contexto político-electoral en el que nos encontramos, donde la equidad juega un papel central.

La discusión se antoja compleja y sin lugar a dudas involucra un debate sobre los límites a la libertad de expresión. No obstante, en estos momentos, no contamos aún con una queja y por ende con los elementos necesarios para determinar si nos encontramos ante coacción del voto o alguna otra infracción normativa, o bien, para dar por sentado que se trata del ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

Lo que sí es innegable es que todas y todos los actores políticos y la sociedad en general, deben respetar las reglas que nos lleven a una renovación del poder público mediante la expresión genuina del voto. Y esta expresión, sólo podrá ser posible si es emitida en secrecía, de forma informada y libre.