/ lunes 26 de abril de 2021

Galimatías

Con motivo de la ampliación por dos años de la duración del curso administrativo de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mismo que “no se extiende al plazo de encargo como ministro de la Corte”, según los términos de un comunicado ampliamente difundido por el ministro Arturo Zaldivar Lelo de Larrea, proceden a mi juicio las siguientes reflexiones de fondo. Podría estar el ministro del caso dos años más al frente de la “responsabilidad administrativa” -según sus propias palabras- de la Suprema Corte, pero como “no se extiende” -también según sus propias palabras- el plazo del encargo de ministro, ¿sólo actuaría en lo administrativo pero no como ministro que resolviera un problema de constitucionalidad? Creo que aquí hay algo confuso, un verdadero galimatías. Y no podría servir en esos términos a los fines de una posible reelección, como tanto se ha dicho, de otra clase; en concreto y en clara referencia a la del Presidente de la República, quien según todos los indicios mueve las fichas de su ajedrez político en ese sentido. No hay que perder de vista que la Constitución en su artículo 100, así como la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en sus artículos 12 y 71, determinan que el cargo de presidente del Consejo de la Judicatura Federal se limita a los cuatro años en que se ocupa la presidencia de la Corte; razón por la que siendo inherente al cargo de presidente de la Corte el de presidente del Consejo, y si se diera la ampliación de que se trata, prevalecería lo meramente administrativo por lo que en cuestiones de fondo se dejaría al propio Consejo sin voto del presidente. Absurdo y grave, aparte de inconstitucional. Quedaría acéfalo el consejo.

Ahora bien, en relación con todo lo dicho hay un antecedente muy importante. En el año 2003 se sugirió que se prorrogara el mandato del Dr. Juan Luis González Alcántara y Carrancá, hoy ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y entonces presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Lo anterior ha sido narrado por el inolvidable Dr. Jorge Carpizo de la siguiente manera: “Dicho consenso se quebró, debido a la oposición de una persona, la de Juan Luis, quien manifestó que las leyes y las instituciones no se reforman para favorecer a persona alguna, y que él había aceptado la presidencia de ese honorable tribunal para servir, no para servirse de él. Si la conducta del magistrado e investigador Juan Luis González Alcántara y Carrancá -continúa el Dr. Carpizo- fuera la regla, este México nuestro sería un país mejor. Por eso mismo, estos ejemplos deben conocerse. Algún día, la congruencia personal será un valor laico que se reconocerá en nuestro país”. Evocación sin duda ejemplar. Es de esperar y de desear que el equilibrio de poderes no se altere en lo más mínimo con intromisiones que les restan independencia y libertad a las instituciones mas elevadas del país, y que dañan severamente a la democracia nacional. No lo permitamos si en especial provienen de aquellos hombres cuya responsabilidad es velar por la justicia en un mundo agobiado por la injusticia. Que los galimatías no nublen la visión de México. El pueblo tiene derecho a la verdad y no a la confusión que alborota las conciencias y por supuesto el voto. La democracia debe ser claridad que equivalga a honestidad en el más amplio sentido de la palabra. En suma, un alto funcionario de cualquier Poder debe ser claro y transparente. Que Temis no vea lo contrario porque sería una afrenta, una vergüenza y un deshonor.

PROFESOR EMÉRITO DE LA UNAM

Sígueme en Twitter: @RaulCarranca

Y Facebook: www.facebook.com/despacho.raulcarranca

Con motivo de la ampliación por dos años de la duración del curso administrativo de la presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, mismo que “no se extiende al plazo de encargo como ministro de la Corte”, según los términos de un comunicado ampliamente difundido por el ministro Arturo Zaldivar Lelo de Larrea, proceden a mi juicio las siguientes reflexiones de fondo. Podría estar el ministro del caso dos años más al frente de la “responsabilidad administrativa” -según sus propias palabras- de la Suprema Corte, pero como “no se extiende” -también según sus propias palabras- el plazo del encargo de ministro, ¿sólo actuaría en lo administrativo pero no como ministro que resolviera un problema de constitucionalidad? Creo que aquí hay algo confuso, un verdadero galimatías. Y no podría servir en esos términos a los fines de una posible reelección, como tanto se ha dicho, de otra clase; en concreto y en clara referencia a la del Presidente de la República, quien según todos los indicios mueve las fichas de su ajedrez político en ese sentido. No hay que perder de vista que la Constitución en su artículo 100, así como la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación en sus artículos 12 y 71, determinan que el cargo de presidente del Consejo de la Judicatura Federal se limita a los cuatro años en que se ocupa la presidencia de la Corte; razón por la que siendo inherente al cargo de presidente de la Corte el de presidente del Consejo, y si se diera la ampliación de que se trata, prevalecería lo meramente administrativo por lo que en cuestiones de fondo se dejaría al propio Consejo sin voto del presidente. Absurdo y grave, aparte de inconstitucional. Quedaría acéfalo el consejo.

Ahora bien, en relación con todo lo dicho hay un antecedente muy importante. En el año 2003 se sugirió que se prorrogara el mandato del Dr. Juan Luis González Alcántara y Carrancá, hoy ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y entonces presidente del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal. Lo anterior ha sido narrado por el inolvidable Dr. Jorge Carpizo de la siguiente manera: “Dicho consenso se quebró, debido a la oposición de una persona, la de Juan Luis, quien manifestó que las leyes y las instituciones no se reforman para favorecer a persona alguna, y que él había aceptado la presidencia de ese honorable tribunal para servir, no para servirse de él. Si la conducta del magistrado e investigador Juan Luis González Alcántara y Carrancá -continúa el Dr. Carpizo- fuera la regla, este México nuestro sería un país mejor. Por eso mismo, estos ejemplos deben conocerse. Algún día, la congruencia personal será un valor laico que se reconocerá en nuestro país”. Evocación sin duda ejemplar. Es de esperar y de desear que el equilibrio de poderes no se altere en lo más mínimo con intromisiones que les restan independencia y libertad a las instituciones mas elevadas del país, y que dañan severamente a la democracia nacional. No lo permitamos si en especial provienen de aquellos hombres cuya responsabilidad es velar por la justicia en un mundo agobiado por la injusticia. Que los galimatías no nublen la visión de México. El pueblo tiene derecho a la verdad y no a la confusión que alborota las conciencias y por supuesto el voto. La democracia debe ser claridad que equivalga a honestidad en el más amplio sentido de la palabra. En suma, un alto funcionario de cualquier Poder debe ser claro y transparente. Que Temis no vea lo contrario porque sería una afrenta, una vergüenza y un deshonor.

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