/ domingo 20 de septiembre de 2020

IMCO | Consulta ciudadana

¡Felicidades México! Este septiembre se cumplen 210 años de iniciar la lucha por lograr una nación independiente. Más de dos siglos después de la guerra de independencia, tenemos mucho que celebrar. Hoy contamos con reglas que, aunque siempre perfectibles, permiten vivir en un país democrático que reconoce la participación de sus ciudadanos. El país va más allá del gobierno, es su gente, sus costumbres, tradiciones, cultura...

En 2014, se logro una victoria para la democracia. Desde entonces se permite la conformación de gobiernos de coalición, la reelección consecutiva de legisladores y presidentes municipales y se creó una Fiscalía General de la República (FGR) Autónoma del Poder Ejecutivo. En 2019, se reconoció el derecho de la ciudadanía a votar en las consultas populares al modificar el artículo 35 de la constitución.

Para activar este mecanismo hay tres posibilidades: la solicitud del Ejecutivo Federal al Congreso, la conformidad de 165 diputados o de 43 senadores (33% de los integrantes de alguna cámara) o las firmas de al menos 1.800.727 ciudadanos (el 2% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores).

Dentro de las reglas para poner en funcionamiento este mecanismo constitucional se contempló que no todas las materias pueden ser sujetas a consulta: la restricción de los derechos humanos, el carácter democrático, laico y federal de la República, la materia electoral, el sistema financiero, los ingresos, gastos y el presupuesto de egresos. Así como las obras de infraestructura en ejecución, la seguridad nacional y las fuerzas armadas, son temas exentos.

La administración actual ha realizado diferentes consultas, la Termoeléctrica Huexca, el Tren Maya o Constellation Brands, entre otras. Ninguna de estas tenía el carácter constitucional de consulta popular los requisitos y efectos que conlleva su realización.

Jurídicamente no hay duda, el enjuiciamiento de los expresidentes de México puede hacerse hoy aplicando las normas vigentes, no es necesario una consulta. El día de hoy pueden ser denunciados por cualquier delito cometido antes, durante o después de su mandato. Tanto la FGR como las fiscalías estatales podrían llevar a cabo la investigación. Si usamos la consulta como juicio popular nos llevaría a que la justicia queda al margen de la ley, y por encima de la ley, queda un requisito. Someter a consulta lo que ya es jurídicamente posible es peligroso.

Del uso excepcional del derecho, es perjudicial. Ejemplo claro de ello es la encrucijada en la que se encontrara el Poder Judicial, entre violar la constitución o emitir una sentencia impopular. Entonces, ¿qué México queremos dentro de otros 200 años? Uno en el que, al margen de la ley, nada; y por encima de la ley nadie, o, todo lo contrario.

Coordinador de Gobierno y Finanzas del @IMCOmx.

@ManuGuadarrama

¡Felicidades México! Este septiembre se cumplen 210 años de iniciar la lucha por lograr una nación independiente. Más de dos siglos después de la guerra de independencia, tenemos mucho que celebrar. Hoy contamos con reglas que, aunque siempre perfectibles, permiten vivir en un país democrático que reconoce la participación de sus ciudadanos. El país va más allá del gobierno, es su gente, sus costumbres, tradiciones, cultura...

En 2014, se logro una victoria para la democracia. Desde entonces se permite la conformación de gobiernos de coalición, la reelección consecutiva de legisladores y presidentes municipales y se creó una Fiscalía General de la República (FGR) Autónoma del Poder Ejecutivo. En 2019, se reconoció el derecho de la ciudadanía a votar en las consultas populares al modificar el artículo 35 de la constitución.

Para activar este mecanismo hay tres posibilidades: la solicitud del Ejecutivo Federal al Congreso, la conformidad de 165 diputados o de 43 senadores (33% de los integrantes de alguna cámara) o las firmas de al menos 1.800.727 ciudadanos (el 2% de los ciudadanos inscritos en la lista nominal de electores).

Dentro de las reglas para poner en funcionamiento este mecanismo constitucional se contempló que no todas las materias pueden ser sujetas a consulta: la restricción de los derechos humanos, el carácter democrático, laico y federal de la República, la materia electoral, el sistema financiero, los ingresos, gastos y el presupuesto de egresos. Así como las obras de infraestructura en ejecución, la seguridad nacional y las fuerzas armadas, son temas exentos.

La administración actual ha realizado diferentes consultas, la Termoeléctrica Huexca, el Tren Maya o Constellation Brands, entre otras. Ninguna de estas tenía el carácter constitucional de consulta popular los requisitos y efectos que conlleva su realización.

Jurídicamente no hay duda, el enjuiciamiento de los expresidentes de México puede hacerse hoy aplicando las normas vigentes, no es necesario una consulta. El día de hoy pueden ser denunciados por cualquier delito cometido antes, durante o después de su mandato. Tanto la FGR como las fiscalías estatales podrían llevar a cabo la investigación. Si usamos la consulta como juicio popular nos llevaría a que la justicia queda al margen de la ley, y por encima de la ley, queda un requisito. Someter a consulta lo que ya es jurídicamente posible es peligroso.

Del uso excepcional del derecho, es perjudicial. Ejemplo claro de ello es la encrucijada en la que se encontrara el Poder Judicial, entre violar la constitución o emitir una sentencia impopular. Entonces, ¿qué México queremos dentro de otros 200 años? Uno en el que, al margen de la ley, nada; y por encima de la ley nadie, o, todo lo contrario.

Coordinador de Gobierno y Finanzas del @IMCOmx.

@ManuGuadarrama

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