Con base en el acuerdo 7/2016 del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), el ministro ponente Luis María Aguilar Morales ha publicitado el proyecto de resolución de la revisión constitucional de la pregunta materia de consulta popular que ha propuesto el Poder Ejecutivo Federal; proyecto que próximamente el ministro Aguilar presentará al Pleno de la SCJN para su análisis y, en su caso, aprobación.
Se trata de la propuesta presidencial que pretende hacer creer a la población que para proceder penalmente en contra de presuntos responsables de un ilícito y que se hayan desempeñado como presidentes de la República, se requiere de un permiso especial (como si gozaran de algún tipo de inmunidad) por parte de la ciudadanía para proceder en contra de ellos.
El derecho asiste al presidente y a cualquier persona que tenga indicios de que los ciudadanos Carlos Salinas, Ernesto Zedillo, Vicente Fox, Felipe Calderón y Enrique Peña cometieron algún ilícito grave, para denunciarlos e inmediatamente fincar un proceso judicial en su contra.
Por ello, el proyecto de resolución de 43 páginas elaborado por el ministro Aguilar constituye un análisis constitucional y legal del marco que regula la consulta pública en nuestro país y sus conclusiones no obedecen a intereses políticos ni partidistas, sino simple y llanamente a la ley.
Al analizar los razonamientos, se desprende que el Poder Ejecutivo Federal está planteando legitimar una ilegalidad, es decir, que a través de la ley se cometa un delito, ello porque parte del supuesto que algunas de las faltas por las que se pudiera juzgar a los mencionados ciudadanos son desaparición forzada, violación sistemática de derechos humanos y delitos contra la humanidad, agravios todos ellos que son imprescriptibles, es decir, pueden ser perseguidos en todo momento, en todo lugar y por cualquier persona que tenga conocimiento de ellos.
Sin embargo, de realizarse la inconstitucional consulta popular que plantea el presidente, esos delitos podrían quedar impunes, es decir, que, de votar la mayoría de la ciudadanía en contra, “nadie podría acusar [a las instituciones responsables] de encubrir o solapar conductas ilegales” pues no los perseguiría.
Ante la evidente inconstitucionalidad de la empresa presidencial, que violenta derechos humanos y sus garantías, hay quien se ha atrevido a proponer, desinteresada o interesadamente, que el Pleno de la SCJN “se coloque en la dimensión de los hechos” y plantee “una alternativa que permita desarrollar un nuevo proyecto”, es decir, que la Corte se convierta en un sastre que proporcione trajes a la medida para satisfacer caprichos palaciegos.
Las autoridades solo pueden realizar aquello que les esta expresamente permitido por la ley, y la SCJN solo puede determinar si la pregunta es constitucional o no lo es.
Señoras, señores, seamos serios. La Corte no está para responder a ocurrencias ni disparates, sino para hacer respetar la Constitución y las leyes en todo momento, más aún en tiempos de crisis de salud, económica y de seguridad como los que padece el país.
@jlcamachov