/ jueves 8 de octubre de 2020

La decisión de la Suprema Corte

¿Por qué intervino la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el asunto del enjuiciamiento a los expresidentes de la República? Porque primero el Presidente de la República le pidió al Senado su análisis y dictamen sobre la consulta al pueblo de México en lo concerniente al enjuiciamiento; siendo entonces que la Cámara Alta solicitó la intervención de la Corte para definir la constitucionalidad de la consulta en la materia, dentro del marco de la Ley Federal de Consulta Popular.

\u0009Ahora bien, la Corte modifica en los siguientes términos la pregunta inicial de la consulta al pueblo: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminadas a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?” Desde luego la redacción de una idea o juicio puede ser o es diferente según quien redacte, por lo que es imposible dejar satisfecho a todo el mundo con una redacción proveniente en el caso de la Suprema Corte. Y con mayor razón en la materia de que se trata. Pero vayamos por partes. La versión original de la pregunta se refería en concreto a personas, dando sus nombres, lo que a mi juicio es delicado porque se personaliza la acusación o presunta culpabilidad -sólo calificable por la autoridad judicial o tribunal- con la posible violación o merma de derechos. En la versión de la Suprema Corte se dice “actores políticos” igual que “emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados”, lo cual es averiguar qué sucedió -esclarecer es poner algo claro- para “garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas”; lo que se hace por ley en toda averiguación o indagación a cargo del Ministerio Público o Fiscalía, pero con el debido cuidado en el lenguaje para no dejar ninguna puerta abierta hacia una posible arbitrariedad. Se cuidó mucho esto, ya que es imposible ignorar lo delicado del asunto tanto como sus aspectos políticos. En tal virtud yo sostengo que la Suprema Corte ha estado más que a la altura de las circunstancias. Lo evidente es que el caso de los expresidentes es inédito en México y que es factible, o puede serlo, que se filtren intereses políticos con olor y sabor a venganza o desquite. El papel de la Corte ha sido tener todo ello en cuenta y mantener integérrima su jerarquía de máximo tribunal constitucional. Por otra parte y en lo estrictamente político me parece natural que el Presidente esté de lo más satisfecho con la resolución que frena o impide cualquier desliz y que va de acuerdo con los ideales que pregona el gobierno. Claro, sus enemigos gritan y protestan, sus partidarios aplauden. Pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha hablado en momentos muy delicados, señalando el camino a seguir para garantizar la justicia y vigencia del Derecho. Las circunstancias socio económicas y políticas del país junto con la pandemia han puesto en entredicho la solidez del Estado de Derecho; por la que la resolución de la Suprema Corte equivale a estar presente el alto Tribunal en momentos de enorme preocupación y descontento. En esta crisis hay una luz, una bandera, una dirección, un punto cardinal. Se comenta que cuantitativamente es enorme el esclarecimiento de los hechos en cuestión. Así es, pero no por la cantidad se debe abandonar la calidad, lo esencial o substancial. La cantidad no podría ser en este sentido sinónimo de impunidad. En consecuencia, ¡adelante!

Profesor Emérito de la UNAM

Sígueme en Twitter: @RaulCarranca

Y Facebook: www.facebook.com/despacho.raulcarranca

¿Por qué intervino la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el asunto del enjuiciamiento a los expresidentes de la República? Porque primero el Presidente de la República le pidió al Senado su análisis y dictamen sobre la consulta al pueblo de México en lo concerniente al enjuiciamiento; siendo entonces que la Cámara Alta solicitó la intervención de la Corte para definir la constitucionalidad de la consulta en la materia, dentro del marco de la Ley Federal de Consulta Popular.

\u0009Ahora bien, la Corte modifica en los siguientes términos la pregunta inicial de la consulta al pueblo: “¿Estás de acuerdo o no en que se lleven a cabo las acciones pertinentes, con apego al marco constitucional y legal, para emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos encaminadas a garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas?” Desde luego la redacción de una idea o juicio puede ser o es diferente según quien redacte, por lo que es imposible dejar satisfecho a todo el mundo con una redacción proveniente en el caso de la Suprema Corte. Y con mayor razón en la materia de que se trata. Pero vayamos por partes. La versión original de la pregunta se refería en concreto a personas, dando sus nombres, lo que a mi juicio es delicado porque se personaliza la acusación o presunta culpabilidad -sólo calificable por la autoridad judicial o tribunal- con la posible violación o merma de derechos. En la versión de la Suprema Corte se dice “actores políticos” igual que “emprender un proceso de esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados”, lo cual es averiguar qué sucedió -esclarecer es poner algo claro- para “garantizar la justicia y los derechos de las posibles víctimas”; lo que se hace por ley en toda averiguación o indagación a cargo del Ministerio Público o Fiscalía, pero con el debido cuidado en el lenguaje para no dejar ninguna puerta abierta hacia una posible arbitrariedad. Se cuidó mucho esto, ya que es imposible ignorar lo delicado del asunto tanto como sus aspectos políticos. En tal virtud yo sostengo que la Suprema Corte ha estado más que a la altura de las circunstancias. Lo evidente es que el caso de los expresidentes es inédito en México y que es factible, o puede serlo, que se filtren intereses políticos con olor y sabor a venganza o desquite. El papel de la Corte ha sido tener todo ello en cuenta y mantener integérrima su jerarquía de máximo tribunal constitucional. Por otra parte y en lo estrictamente político me parece natural que el Presidente esté de lo más satisfecho con la resolución que frena o impide cualquier desliz y que va de acuerdo con los ideales que pregona el gobierno. Claro, sus enemigos gritan y protestan, sus partidarios aplauden. Pero la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha hablado en momentos muy delicados, señalando el camino a seguir para garantizar la justicia y vigencia del Derecho. Las circunstancias socio económicas y políticas del país junto con la pandemia han puesto en entredicho la solidez del Estado de Derecho; por la que la resolución de la Suprema Corte equivale a estar presente el alto Tribunal en momentos de enorme preocupación y descontento. En esta crisis hay una luz, una bandera, una dirección, un punto cardinal. Se comenta que cuantitativamente es enorme el esclarecimiento de los hechos en cuestión. Así es, pero no por la cantidad se debe abandonar la calidad, lo esencial o substancial. La cantidad no podría ser en este sentido sinónimo de impunidad. En consecuencia, ¡adelante!

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