/ martes 14 de enero de 2020

La democracia no es suficiente

La humanidad siempre ha tratado de encontrar las mejores formas de gobierno. Lo antes dicho, implica la imposición de valores morales y jurídicos en un espacio temporal determinado. Por ello, hemos atravesado por distintas formas de gobierno. Tenemos los múltiples presidentes del siglo XIX con una democracia muy precaria, un país con dos presidentes al mismo tiempo, un imperio con poca legitimidad, un paso republicano, una dictadura y después el movimiento iniciado por Madero. Así concluimos que la democracia indirecta era la mejor forma de gobierno.


No debemos pasar desapercibido que la democracia también puede cometer errores. El hecho de que una decisión esté tomada por seis personas de diez que están en una habitación no implica que la medida sea la correcta. Querido lector, no paso desapercibido que la definición de democracia puede ser y es más amplia, sin embargo, aquí solo se destaca su rasgo esencial. Lo único que involucra es que está es más legítima. Así las cosas, se necesitan controles políticos y jurídicos dentro de una democracia. Los controles políticos conllevan a que las autoridades rindan cuentas, a que sus cargos sean temporales y que existan cardinales constitucionales que guíen su actuar.


Querido lector, los controles jurídicos siempre suelen ser los más eficaces. La existencia de una Constitución que le ponga límites al poder de las mayorías, ha resultado la mejor fórmula para evitar arbitrariedades. Los derechos humanos permiten que las personas puedan vivir de manera libre en una democracia, es decir, la democracia no garantiza la existencia de libertades, sino un texto constitucional que diga hasta dónde sí y hasta dónde no puede actuar el poder público del Estado. En este punto llegamos a la necesidad de que existan jueces, siempre necesitamos de personas que sean los guardines de la Constitución. Un ejemplo de esto sería Ruth Bader Ginsburg, Ministra de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos o el Juez Daniel Urrutia en la República de Chile. Estas personas son verdaderos jueces que hacen de los derechos humanos una realidad y ponen frenos al poder del Estado.


En mi óptica, un ejemplo de los riesgos de la democracia es la llegada de Donald Trump a la presidencia de los Estados Unidos de América, aún y cuando el sistema electoral de nuestro país vecino es muy distinto al nuestro, no podemos negar que fue un riesgo democrático su arribo a la presidencia del país más poderoso del mundo. En este sentido, tenemos el incidente con Irán, Corea del Norte, la política migratoria, la posición respecto de Cuba, y un sinfín de temas que se podrían señalar sobre sus políticas públicas. Allí los jueces han puesto un alto en ciertos temas. Lo anterior demuestra que se necesitan de jueces sólidos aún dentro de una democracia que goce de buena salud.


Estimado lector, ojalá siempre valoremos a los derechos humanos y a los jueces. Aceptemos que las mayorías generan riesgos como en el caso de Estados Unidos de América, y que las normas jurídicas que protegen a las mayorías y a las minorías siempre tienen que ser normas vivas a través de poderes judiciales autónomos e independientes.

La humanidad siempre ha tratado de encontrar las mejores formas de gobierno. Lo antes dicho, implica la imposición de valores morales y jurídicos en un espacio temporal determinado. Por ello, hemos atravesado por distintas formas de gobierno. Tenemos los múltiples presidentes del siglo XIX con una democracia muy precaria, un país con dos presidentes al mismo tiempo, un imperio con poca legitimidad, un paso republicano, una dictadura y después el movimiento iniciado por Madero. Así concluimos que la democracia indirecta era la mejor forma de gobierno.


No debemos pasar desapercibido que la democracia también puede cometer errores. El hecho de que una decisión esté tomada por seis personas de diez que están en una habitación no implica que la medida sea la correcta. Querido lector, no paso desapercibido que la definición de democracia puede ser y es más amplia, sin embargo, aquí solo se destaca su rasgo esencial. Lo único que involucra es que está es más legítima. Así las cosas, se necesitan controles políticos y jurídicos dentro de una democracia. Los controles políticos conllevan a que las autoridades rindan cuentas, a que sus cargos sean temporales y que existan cardinales constitucionales que guíen su actuar.


Querido lector, los controles jurídicos siempre suelen ser los más eficaces. La existencia de una Constitución que le ponga límites al poder de las mayorías, ha resultado la mejor fórmula para evitar arbitrariedades. Los derechos humanos permiten que las personas puedan vivir de manera libre en una democracia, es decir, la democracia no garantiza la existencia de libertades, sino un texto constitucional que diga hasta dónde sí y hasta dónde no puede actuar el poder público del Estado. En este punto llegamos a la necesidad de que existan jueces, siempre necesitamos de personas que sean los guardines de la Constitución. Un ejemplo de esto sería Ruth Bader Ginsburg, Ministra de la Suprema Corte de Justicia de los Estados Unidos o el Juez Daniel Urrutia en la República de Chile. Estas personas son verdaderos jueces que hacen de los derechos humanos una realidad y ponen frenos al poder del Estado.


En mi óptica, un ejemplo de los riesgos de la democracia es la llegada de Donald Trump a la presidencia de los Estados Unidos de América, aún y cuando el sistema electoral de nuestro país vecino es muy distinto al nuestro, no podemos negar que fue un riesgo democrático su arribo a la presidencia del país más poderoso del mundo. En este sentido, tenemos el incidente con Irán, Corea del Norte, la política migratoria, la posición respecto de Cuba, y un sinfín de temas que se podrían señalar sobre sus políticas públicas. Allí los jueces han puesto un alto en ciertos temas. Lo anterior demuestra que se necesitan de jueces sólidos aún dentro de una democracia que goce de buena salud.


Estimado lector, ojalá siempre valoremos a los derechos humanos y a los jueces. Aceptemos que las mayorías generan riesgos como en el caso de Estados Unidos de América, y que las normas jurídicas que protegen a las mayorías y a las minorías siempre tienen que ser normas vivas a través de poderes judiciales autónomos e independientes.

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