/ viernes 3 de septiembre de 2021

La fractura del Estado con las mujeres 

Por: Tania Naanous


Marcela Lagarde usó por primera vez en español el término “feminicidio” para referirse al asesinato de una mujer por razones de género contemplando la fractura con el Estado. Antes en México y actualmente en otros países, se utiliza el término femicidio, el cual no considera la responsabilidad del Estado en los feminicidios. La violencia feminicida comprende el conjunto de delitos de lesa humanidad que reúnen crímenes, secuestros, desapariciones de mujeres y niñas ante un colapso institucional. Es una fractura entre el Estado de derecho que permite una impunidad y permanencia en estos delitos. El caso de Fabiola Pozadas, sobreviviente de feminicidio es un ejemplo claro de esto.

“Estoy encerrada a piedra y lodo mientras se giran las órdenes de protección” explica Fabiola, quien, en la madrugada del 15 de agosto de 2019, sobrevivió a un ataque de asfixia mecánica en su variante de sofocación, de su entonces pareja, en su propia casa. El caso de Fabiola es el de miles de mujeres que son violentadas por su pareja, pero Fabiola logró sobrevivir y contar su historia.

De manera inicial, el delito se clasificó como violencia familiar, pocos días antes de que el Ministerio Público presentara la acusación cambiando el delito a feminicidio en grado de tentativa; el poder judicial concedió la suspensión condicional del proceso a la persona imputada mediante la resolución del recurso de apelación resuelto por el magistrado Presidente de quinta sala penal; el mismo que en 2017 emitió el único voto en contra de la apelación en el caso de Lesvy Osorio, el feminicidio de la universitaria de la UNAM (inicialmente se clasificó como homicidio culposo), quien aún está en espera de justicia de la misma sala penal.

“Todas las víctimas al llegar al poder judicial nos topamos con una pared de hierro infranqueable, con una actitud de prepotencia, en la fiscalía todavía hay manera, después de mucho trabajo, de hacer que escuchen a las víctimas. Pero el poder judicial es un monstruo de cuatro cabezas” cuenta Fabiola. La persona acusada fue liberada sin convocar a ninguna audiencia, sin notificar a Fabiola, sin tomar ningún tipo de precaución para ella. Acciones como estas reflejan que a las autoridades se les olvida que una mala decisión de su parte puede cargar con la vida de una o más personas. A causa de esa negligencia del magistrado, Fabiola hoy teme por su vida.

La Suprema Corte de Justicia emitió un protocolo para juzgar con perspectiva de género que autoridades judiciales no aplican, parece que poco se ha aprendido de casos previos como el de Abril Pérez, en el que dejaron libre a su agresor para que unos días después fuera asesinada. Falta mucho, pero mucho por hacer.

Por: Tania Naanous


Marcela Lagarde usó por primera vez en español el término “feminicidio” para referirse al asesinato de una mujer por razones de género contemplando la fractura con el Estado. Antes en México y actualmente en otros países, se utiliza el término femicidio, el cual no considera la responsabilidad del Estado en los feminicidios. La violencia feminicida comprende el conjunto de delitos de lesa humanidad que reúnen crímenes, secuestros, desapariciones de mujeres y niñas ante un colapso institucional. Es una fractura entre el Estado de derecho que permite una impunidad y permanencia en estos delitos. El caso de Fabiola Pozadas, sobreviviente de feminicidio es un ejemplo claro de esto.

“Estoy encerrada a piedra y lodo mientras se giran las órdenes de protección” explica Fabiola, quien, en la madrugada del 15 de agosto de 2019, sobrevivió a un ataque de asfixia mecánica en su variante de sofocación, de su entonces pareja, en su propia casa. El caso de Fabiola es el de miles de mujeres que son violentadas por su pareja, pero Fabiola logró sobrevivir y contar su historia.

De manera inicial, el delito se clasificó como violencia familiar, pocos días antes de que el Ministerio Público presentara la acusación cambiando el delito a feminicidio en grado de tentativa; el poder judicial concedió la suspensión condicional del proceso a la persona imputada mediante la resolución del recurso de apelación resuelto por el magistrado Presidente de quinta sala penal; el mismo que en 2017 emitió el único voto en contra de la apelación en el caso de Lesvy Osorio, el feminicidio de la universitaria de la UNAM (inicialmente se clasificó como homicidio culposo), quien aún está en espera de justicia de la misma sala penal.

“Todas las víctimas al llegar al poder judicial nos topamos con una pared de hierro infranqueable, con una actitud de prepotencia, en la fiscalía todavía hay manera, después de mucho trabajo, de hacer que escuchen a las víctimas. Pero el poder judicial es un monstruo de cuatro cabezas” cuenta Fabiola. La persona acusada fue liberada sin convocar a ninguna audiencia, sin notificar a Fabiola, sin tomar ningún tipo de precaución para ella. Acciones como estas reflejan que a las autoridades se les olvida que una mala decisión de su parte puede cargar con la vida de una o más personas. A causa de esa negligencia del magistrado, Fabiola hoy teme por su vida.

La Suprema Corte de Justicia emitió un protocolo para juzgar con perspectiva de género que autoridades judiciales no aplican, parece que poco se ha aprendido de casos previos como el de Abril Pérez, en el que dejaron libre a su agresor para que unos días después fuera asesinada. Falta mucho, pero mucho por hacer.