/ domingo 11 de agosto de 2019

La tragedia leonesa de Los Cárcamos

El 20 de diciembre de 1984, la H. Cámara de Senadores aprobó en México la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, mejor conocida como Convención de Ramsar, cuyo nombre toma de la ciudad iraní en la que en febrero de 1971 fue firmada dicha Convención. Gracias a ella, la esperanza de poder brindar protección jurídica a nivel internacional a uno de los medios biológicamente más productivos del mundo, como son los humedales, se volvía realidad y no era para menos.

La Convención ha reconocido que los humedales son ecosistemas, tanto naturales como artificiales, que realizan una función ecológica esencial, ya que posibilitan la existencia de una enorme diversidad de hábitats. Esencialmente están formados por “pantanos, turberas, llanuras de inundación, ríos y lagos, y áreas costeras tales como marismas, manglares y praderas de pastos marinos, pero también arrecifes de coral y otras áreas marinas cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros”. Entre sus funciones destacan la de ser reguladores naturales del clima y del ciclo del agua; contribuyen al control de inundaciones y sequías; brindan recursos hídricos a las poblaciones cercanas tanto para consumo como para uso agrícola y ganadero; dan sustento a altas concentrciones de especies de aves, mamíferos, reptiles, anfibios, peces e invertebrados y constituyen “importantes depósitos de material genético vegetal”. Razones éstas, entre otras, que los convierten en recursos de “gran valor económico, cultural, científico y recreativo”, cuya pérdida implicaría daños irreparables para el equilibrio ecológico.

En la actualidad, México cuenta con 142 sitios Ramsar (Humedales de Importancia Internacional), cuya superficie abarca 8 657 057 hectáreas. No obstante, fuera de esta lista existen otros notables humedales de extraordinaria importancia local. Todos ellos, ecosistemas susceptibles a los efectos del cambio climático, la sobredemanda de agua y la sobreexplotación de las fuentes de acuíferos, en tanto que la falta de conciencia ambiental, la ambición desmedida, la corrupción pública y privada y, ante todo, la impunidad, terminan por devastar. Veamos.

Tajamar en Quintana Roo, fue víctima en 2016 del ecocidio que derivó en la destrucción de gran parte de sus manglares debido a los intereses inmobiliarios representados por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo y a la desidia de las entonces autoridades de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y aún de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. Embate ecocida que solo frenó la interposición ciudadana de demandas de amparo ante los juzgados locales. Lamentablemente, hoy en día no es el único caso. La nueva tragedia ambiental, denunciada por múltiples ciudadanos y organismos no gubernamentales, tiene lugar en los humedales del Parque Ecológico de Los Cárcamos en la ciudad de León, Guanajuato, donde también desde 2016 se ha pretendido construir el desarrollo inmobiliario City Center (originalmente City Park) -a cargo de las empresas Mexico Retail Properties y Grupo Impulza-, con el aval de las autoridades locales. Ambicioso proyecto comercial, residencial y hotelero que, de llevarse a cabo, devastaría de modo irreversible, tal y como advierten los especialistas, al frágil ecosistema del humedal del que forman parte decenas de especies de aves -en su mayoría migratorias-, además de afectar al abasto acuífero de la ciudad leonesa -de la que es su único humedal- y a la dinámica hídrica del subsuelo de la Presa del Palote, pues aunque no pertenece al Área Natural Protegida del Parque Metropolitano, al verse lesionada la cuenca hídrica ubicada entre los Cárcamos y ésta, el humedal desaparecería.

Por lo pronto, los estragos inmediatos son evidentes. Ha habido una alarmante incidencia de muerte de peces -sobre todo tilapias- y deterioro de tules y demás plantas acuáticas, debido a la contaminación del aceite de la maquinaria que opera a unos metros del ecosistema y al cemento que ha modificado el pH de sus aguas, pero de construirse las torres que plantea el proyecto, los decesos de las aves serán inminentes cuando éstas intenten volar, como hasta ahora lo han hecho, entre el humedal y la presa.

México, como Estado parte de la Convención Ramsar, está obligado a tomar acciones para la conservación de los humedales e impedir las criminales y lesivas acciones contra dichos ecosistemas a los que el 17% de las aves acuáticas migratorias del Continente anualmente arriban. La Semarnat, como autoridad encargada por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (art. 28) de evaluar el impacto ambiental en los humedales, y el gobierno de Guanajuato, están obligados a proteger y salvaguardar el humedal leonés. De no hacerlo, no solo convalidarían la ilegalidad en que ha incurrido la autoridad municipal, ambos incurrirían también en responsabilidad.

bettyzanolli@gmail.com\u0009\u0009\u0009@BettyZanolli


El 20 de diciembre de 1984, la H. Cámara de Senadores aprobó en México la Convención Relativa a los Humedales de Importancia Internacional Especialmente como Hábitat de Aves Acuáticas, mejor conocida como Convención de Ramsar, cuyo nombre toma de la ciudad iraní en la que en febrero de 1971 fue firmada dicha Convención. Gracias a ella, la esperanza de poder brindar protección jurídica a nivel internacional a uno de los medios biológicamente más productivos del mundo, como son los humedales, se volvía realidad y no era para menos.

La Convención ha reconocido que los humedales son ecosistemas, tanto naturales como artificiales, que realizan una función ecológica esencial, ya que posibilitan la existencia de una enorme diversidad de hábitats. Esencialmente están formados por “pantanos, turberas, llanuras de inundación, ríos y lagos, y áreas costeras tales como marismas, manglares y praderas de pastos marinos, pero también arrecifes de coral y otras áreas marinas cuya profundidad en marea baja no exceda de seis metros”. Entre sus funciones destacan la de ser reguladores naturales del clima y del ciclo del agua; contribuyen al control de inundaciones y sequías; brindan recursos hídricos a las poblaciones cercanas tanto para consumo como para uso agrícola y ganadero; dan sustento a altas concentrciones de especies de aves, mamíferos, reptiles, anfibios, peces e invertebrados y constituyen “importantes depósitos de material genético vegetal”. Razones éstas, entre otras, que los convierten en recursos de “gran valor económico, cultural, científico y recreativo”, cuya pérdida implicaría daños irreparables para el equilibrio ecológico.

En la actualidad, México cuenta con 142 sitios Ramsar (Humedales de Importancia Internacional), cuya superficie abarca 8 657 057 hectáreas. No obstante, fuera de esta lista existen otros notables humedales de extraordinaria importancia local. Todos ellos, ecosistemas susceptibles a los efectos del cambio climático, la sobredemanda de agua y la sobreexplotación de las fuentes de acuíferos, en tanto que la falta de conciencia ambiental, la ambición desmedida, la corrupción pública y privada y, ante todo, la impunidad, terminan por devastar. Veamos.

Tajamar en Quintana Roo, fue víctima en 2016 del ecocidio que derivó en la destrucción de gran parte de sus manglares debido a los intereses inmobiliarios representados por el Fondo Nacional de Fomento al Turismo y a la desidia de las entonces autoridades de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) y aún de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente. Embate ecocida que solo frenó la interposición ciudadana de demandas de amparo ante los juzgados locales. Lamentablemente, hoy en día no es el único caso. La nueva tragedia ambiental, denunciada por múltiples ciudadanos y organismos no gubernamentales, tiene lugar en los humedales del Parque Ecológico de Los Cárcamos en la ciudad de León, Guanajuato, donde también desde 2016 se ha pretendido construir el desarrollo inmobiliario City Center (originalmente City Park) -a cargo de las empresas Mexico Retail Properties y Grupo Impulza-, con el aval de las autoridades locales. Ambicioso proyecto comercial, residencial y hotelero que, de llevarse a cabo, devastaría de modo irreversible, tal y como advierten los especialistas, al frágil ecosistema del humedal del que forman parte decenas de especies de aves -en su mayoría migratorias-, además de afectar al abasto acuífero de la ciudad leonesa -de la que es su único humedal- y a la dinámica hídrica del subsuelo de la Presa del Palote, pues aunque no pertenece al Área Natural Protegida del Parque Metropolitano, al verse lesionada la cuenca hídrica ubicada entre los Cárcamos y ésta, el humedal desaparecería.

Por lo pronto, los estragos inmediatos son evidentes. Ha habido una alarmante incidencia de muerte de peces -sobre todo tilapias- y deterioro de tules y demás plantas acuáticas, debido a la contaminación del aceite de la maquinaria que opera a unos metros del ecosistema y al cemento que ha modificado el pH de sus aguas, pero de construirse las torres que plantea el proyecto, los decesos de las aves serán inminentes cuando éstas intenten volar, como hasta ahora lo han hecho, entre el humedal y la presa.

México, como Estado parte de la Convención Ramsar, está obligado a tomar acciones para la conservación de los humedales e impedir las criminales y lesivas acciones contra dichos ecosistemas a los que el 17% de las aves acuáticas migratorias del Continente anualmente arriban. La Semarnat, como autoridad encargada por la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (art. 28) de evaluar el impacto ambiental en los humedales, y el gobierno de Guanajuato, están obligados a proteger y salvaguardar el humedal leonés. De no hacerlo, no solo convalidarían la ilegalidad en que ha incurrido la autoridad municipal, ambos incurrirían también en responsabilidad.

bettyzanolli@gmail.com\u0009\u0009\u0009@BettyZanolli