/ jueves 8 de abril de 2021

La Universidad silente

“Cuando el Ministerio Público tenga conocimiento de la existencia de un hecho que la ley señale como delito, (deberá) dirigir la investigación penal sin que pueda suspender, interrumpir o hacer cesar su curso, salvo en los casos autorizados en la misma”, dice el artículo 212 del Código Nacional de Procedimientos Penales. La investigación deberá realizarse, se lee en el mismo artículo, “de manera inmediata” siendo que de acuerdo con el artículo 256 y en el hecho al que me voy a referir no opera ninguno de los llamados criterios de oportunidad que el propio Código señala. “No podrá aplicarse el criterio de oportunidad -continua el texto- en los casos de los delitos “que afecten gravemente el interés público”. Consecuencia inmediata e inexcusable de lo anterior es que la FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, CUYO TITULAR ES EL DR. ALEJANDRO GERTZ MANERO, DEBE ACTUAR INMEDIATAMENTE, o si sucede lo contrario desacata flagrantemente la ley en la investigación penal de los lamentables sucesos acaecidos el miércoles 30 de marzo en las instalaciones de la CIUDAD UNIVERSITARIA (UNAM).

¿Cómo dudar siquiera un segundo de que lo acaecido en la Ciudad Universitaria de México afectó y afecta gravemente el interés público? Un gran universitario me decía hace pocas horas que son momentos electorales “y quieren una Universidad silente”. ¿Quiénes? Los situados arriba, muy arriba en la escala del poder político. No han entendido, insisto en ello, que la autonomía constitucional que nos define y caracteriza no es pasividad ni lenidad, ni tampoco blandura en exigir el cumplimiento de los deberes. Por eso EXIGIMOS QUE ACTÚE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Que esta exigencia se pregone y propague, que sea nuestra voz consciente y responsable. Cualquier otro camino, por más legal que se pretenda, le resta o restaría presencia al Estado, al gobierno. Y por supuesto, que no se venga luego, agotada o concluida la investigación penal, con el desistimiento del abogado general de la Universidad que pone o pondría a nuestra Máxima Casa de Estudios en el ridículo papel de que “aquí no pasó nada”; papel lamentable y eco pernicioso de presiones que quieren “limpio” el terreno electoral para satisfacer sus intereses.

Se olvida, e insisto nuevamente en ello, en que todo tipo de autoritarismo comienza cuando la inteligencia se acalla, cuando una sola opinión pretende ser la opinión general. En México la “inteligencia universitaria” se halla plenamente definida en la Constitución bajo el impulso de la libertad, ya que la inteligencia que no es libre es servilismo. La autoridad política, del rango que sea, debe acatar la Constitución, y si no lo hace hay que reclamarle que lo haga. En momentos aciagos es lo que hizo un gran rector, Javier Barros Sierra. En suma, no hay que buscar caminos alternos que en realidad son desviaciones del camino principal. ¡Que se aplique el Código Federal de Procedimientos Penales, que la autoridad cumpla con su deber de guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen, y que si no lo hace sepa que la Nación se lo demandará y que en momentos electorales cada segundo que pasa es menos tolerable la demagogia, la palabra servil y la Universidad silente! ¿Factura a cobrar? El voto del cliente electoral. No somos oposición -tan endeble y deteriorada- sino posición democrática. Los hechos sucedieron, se llevaron a cabo, se consumaron como tales. Es lo que hay que investigar y determinar, porque el peligro sigue y está latente.

PROFESOR EMÉRITO DE LA UNAM

Sígueme en Twitter: @RaulCarranca

Y Facebook: www.facebook.com/despacho.raulcarranca

“Cuando el Ministerio Público tenga conocimiento de la existencia de un hecho que la ley señale como delito, (deberá) dirigir la investigación penal sin que pueda suspender, interrumpir o hacer cesar su curso, salvo en los casos autorizados en la misma”, dice el artículo 212 del Código Nacional de Procedimientos Penales. La investigación deberá realizarse, se lee en el mismo artículo, “de manera inmediata” siendo que de acuerdo con el artículo 256 y en el hecho al que me voy a referir no opera ninguno de los llamados criterios de oportunidad que el propio Código señala. “No podrá aplicarse el criterio de oportunidad -continua el texto- en los casos de los delitos “que afecten gravemente el interés público”. Consecuencia inmediata e inexcusable de lo anterior es que la FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA, CUYO TITULAR ES EL DR. ALEJANDRO GERTZ MANERO, DEBE ACTUAR INMEDIATAMENTE, o si sucede lo contrario desacata flagrantemente la ley en la investigación penal de los lamentables sucesos acaecidos el miércoles 30 de marzo en las instalaciones de la CIUDAD UNIVERSITARIA (UNAM).

¿Cómo dudar siquiera un segundo de que lo acaecido en la Ciudad Universitaria de México afectó y afecta gravemente el interés público? Un gran universitario me decía hace pocas horas que son momentos electorales “y quieren una Universidad silente”. ¿Quiénes? Los situados arriba, muy arriba en la escala del poder político. No han entendido, insisto en ello, que la autonomía constitucional que nos define y caracteriza no es pasividad ni lenidad, ni tampoco blandura en exigir el cumplimiento de los deberes. Por eso EXIGIMOS QUE ACTÚE LA FISCALÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA. Que esta exigencia se pregone y propague, que sea nuestra voz consciente y responsable. Cualquier otro camino, por más legal que se pretenda, le resta o restaría presencia al Estado, al gobierno. Y por supuesto, que no se venga luego, agotada o concluida la investigación penal, con el desistimiento del abogado general de la Universidad que pone o pondría a nuestra Máxima Casa de Estudios en el ridículo papel de que “aquí no pasó nada”; papel lamentable y eco pernicioso de presiones que quieren “limpio” el terreno electoral para satisfacer sus intereses.

Se olvida, e insisto nuevamente en ello, en que todo tipo de autoritarismo comienza cuando la inteligencia se acalla, cuando una sola opinión pretende ser la opinión general. En México la “inteligencia universitaria” se halla plenamente definida en la Constitución bajo el impulso de la libertad, ya que la inteligencia que no es libre es servilismo. La autoridad política, del rango que sea, debe acatar la Constitución, y si no lo hace hay que reclamarle que lo haga. En momentos aciagos es lo que hizo un gran rector, Javier Barros Sierra. En suma, no hay que buscar caminos alternos que en realidad son desviaciones del camino principal. ¡Que se aplique el Código Federal de Procedimientos Penales, que la autoridad cumpla con su deber de guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes que de ella emanen, y que si no lo hace sepa que la Nación se lo demandará y que en momentos electorales cada segundo que pasa es menos tolerable la demagogia, la palabra servil y la Universidad silente! ¿Factura a cobrar? El voto del cliente electoral. No somos oposición -tan endeble y deteriorada- sino posición democrática. Los hechos sucedieron, se llevaron a cabo, se consumaron como tales. Es lo que hay que investigar y determinar, porque el peligro sigue y está latente.

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