/ viernes 12 de noviembre de 2021

La importancia de legislar y regular la propiedad intelectual 

Ileana Serrano Fraire

Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C.


La propiedad intelectual se refiere a las creaciones de la mente, como pueden ser las obras literarias y artísticas, invenciones y marcas o los signos distintivos utilizados en el comercio y la industria (WIPO, 2021), así como los derechos de obtentor, derivados del mejoramiento fitogenético de especies vegetales y semillas. La propiedad intelectual se protege por leyes en cada país, derivando derechos de carácter territorial, temporal y de exclusión a terceros sobre el uso de los productos protegidos sin la autorización de su titular.

Si bien los derechos de propiedad intelectual reconocen y protegen los resultados de la creatividad humana, en algunos casos no necesariamente otorgan el derecho de explotación por su titular, debido a que no aseguran evitar infringir derechos de propiedad intelectual de terceros durante la comercialización de productos o servicios protegidos por las diversas formas de propiedad intelectual. La propiedad intelectual promueve el desarrollo tecnológico mundial y la generación de la innovación tecnológica, y, en este sentido, tanto la gestión, el registro y la observancia de los derechos de propiedad intelectual, como las herramientas que el sistema de propiedad intelectual provee juegan un papel importante en el desarrollo económico de las naciones.

La propiedad intelectual es la forma en que se protegen los resultados de la creatividad humana, y se divide en derechos de autor (obras artísticas, literarias y programas de cómputo), propiedad industrial (marcas e invenciones) y variedades vegetales, las que son administradas en México por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), respectivamente, así como por sus leyes aplicables.

Las instituciones antes mencionadas se encargan de la administración de los registros en una adecuada gestión, lo que depende, principalmente, del trabajo previo que el titular del derecho realice para el cumplimiento de los requisitos formales y técnicos que cada ley e institución definan, así como la periodicidad de las comunicaciones entre el titular y cada institución.

Un ejemplo es el caso de las patentes, los modelos de utilidad y diseños industriales, ya que la misma obtención del registro está sujeta a la forma y calidad de redacción de la memoria técnica presentada ante el IMPI, la cual debe cumplir con lo establecido con la Ley Federal de Protección de la Propiedad Industrial, requisitos que algunas veces el titular de las solicitudes desconoce y, por lo tanto, la obtención del registro puede no llevarse a cabo por incumplimiento de dichos requisitos de redacción, más que por la falta de novedad o actividad que la invención posee. Estos factores impactan en la generación de invenciones a nivel nacional, provocan la pérdida del derecho y, por tanto, la circulación de productos y servicios susceptibles de ser copiados o apropiados sin autorización de su titular.

Por otro lado, en los casos en los que los registros de propiedad intelectual de invenciones son obtenidos satisfactoriamente otorgan al titular el derecho de excluir a un tercero sobre el uso de los productos protegidos; sin embargo, el mismo uso y/o comercialización del producto puede estar sujeto a permisos de un tercero por estar infringiendo un derecho de ese tercero con un derecho vigente de propiedad intelectual.

En estos casos, es necesario que para asegurar la libre comercialización de los productos, o en caso de un licenciamiento u otro medio de transferencia de tecnología, el titular del derecho realice un análisis de libertad de uso u operación o FTO (Freedom to Operate) (WIPO, 2021), con el fin de detectar una posible dependencia tecnológica que, si no se realiza antes de la comercialización, puede involucrar a sus titulares en controversias legales que pueden terminar en el pago de multas y daños y perjuicios, así como barreras legales en procesos de transferencia de tecnología o comercialización.

Esta situación obliga entonces a los titulares de los registros a mantener medidas de observancia para la conservación y el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual. Solo en el caso de productos farmacéuticos, existe una vinculación entre el IMPI y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) que evita que el IMPI conceda un derecho de propiedad intelectual en caso de existir dependencia tecnológica o de que el producto esté sujeto al otorgamiento de una licencia de explotación por parte del titular del derecho.

Es así que el conocimiento adecuado del funcionamiento del sistema de propiedad intelectual que incluye formas de protección, su gestión, y la eliminación de barreras legales provocadas por la dependencia tecnológica o cumplimiento de normativas de comercialización son factores que impactan en la gestión de innovación y en la internacionalización de las empresas con capital intelectual.

Asimismo, las asimetrías sobre la materia de protección en las leyes de protección de propiedad intelectual y la normativa específicas del producto entre países es otro factor determinante en la internacionalización de las empresas y, por tanto, en la generación de innovación, lo que a su vez obliga a los países a homologar sus leyes para facilitar la comercialización transfronteriza de productos y evitar la ralentización del desarrollo económico de los países.

Un ejemplo de ello, son las reformas del marco regulatorio de propiedad intelectual en México, derivadas de la reciente firma del T-Mec, y la ratificación del Protocolo de Nagoya en México que busca regular el acceso a los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados que dan origen a variedades vegetales y patentes biotecnológicas en la industria farmacéutica y cosmética.


Referencias:

WIPO, 2021. World Intellectual Property Organization. What is Intellectual Property? Disponible en: https://www.wipo.int/about-ip/en/ Consultado el 01 de noviembre de 2021.

WIPO, 2021. World Intellectual Property Organization. WIPO MAGAZINE. IP and Business: Launching a New Product: freedom to operate. Disponible en: https://www.wipo.int/wipo_magazine/en/2005/05/article_0006.html Consultado el 01 de noviembre de 2021.

Ileana Serrano Fraire

Centro de Investigaciones Biológicas del Noroeste, S.C.


La propiedad intelectual se refiere a las creaciones de la mente, como pueden ser las obras literarias y artísticas, invenciones y marcas o los signos distintivos utilizados en el comercio y la industria (WIPO, 2021), así como los derechos de obtentor, derivados del mejoramiento fitogenético de especies vegetales y semillas. La propiedad intelectual se protege por leyes en cada país, derivando derechos de carácter territorial, temporal y de exclusión a terceros sobre el uso de los productos protegidos sin la autorización de su titular.

Si bien los derechos de propiedad intelectual reconocen y protegen los resultados de la creatividad humana, en algunos casos no necesariamente otorgan el derecho de explotación por su titular, debido a que no aseguran evitar infringir derechos de propiedad intelectual de terceros durante la comercialización de productos o servicios protegidos por las diversas formas de propiedad intelectual. La propiedad intelectual promueve el desarrollo tecnológico mundial y la generación de la innovación tecnológica, y, en este sentido, tanto la gestión, el registro y la observancia de los derechos de propiedad intelectual, como las herramientas que el sistema de propiedad intelectual provee juegan un papel importante en el desarrollo económico de las naciones.

La propiedad intelectual es la forma en que se protegen los resultados de la creatividad humana, y se divide en derechos de autor (obras artísticas, literarias y programas de cómputo), propiedad industrial (marcas e invenciones) y variedades vegetales, las que son administradas en México por el Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR), el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (SADER), respectivamente, así como por sus leyes aplicables.

Las instituciones antes mencionadas se encargan de la administración de los registros en una adecuada gestión, lo que depende, principalmente, del trabajo previo que el titular del derecho realice para el cumplimiento de los requisitos formales y técnicos que cada ley e institución definan, así como la periodicidad de las comunicaciones entre el titular y cada institución.

Un ejemplo es el caso de las patentes, los modelos de utilidad y diseños industriales, ya que la misma obtención del registro está sujeta a la forma y calidad de redacción de la memoria técnica presentada ante el IMPI, la cual debe cumplir con lo establecido con la Ley Federal de Protección de la Propiedad Industrial, requisitos que algunas veces el titular de las solicitudes desconoce y, por lo tanto, la obtención del registro puede no llevarse a cabo por incumplimiento de dichos requisitos de redacción, más que por la falta de novedad o actividad que la invención posee. Estos factores impactan en la generación de invenciones a nivel nacional, provocan la pérdida del derecho y, por tanto, la circulación de productos y servicios susceptibles de ser copiados o apropiados sin autorización de su titular.

Por otro lado, en los casos en los que los registros de propiedad intelectual de invenciones son obtenidos satisfactoriamente otorgan al titular el derecho de excluir a un tercero sobre el uso de los productos protegidos; sin embargo, el mismo uso y/o comercialización del producto puede estar sujeto a permisos de un tercero por estar infringiendo un derecho de ese tercero con un derecho vigente de propiedad intelectual.

En estos casos, es necesario que para asegurar la libre comercialización de los productos, o en caso de un licenciamiento u otro medio de transferencia de tecnología, el titular del derecho realice un análisis de libertad de uso u operación o FTO (Freedom to Operate) (WIPO, 2021), con el fin de detectar una posible dependencia tecnológica que, si no se realiza antes de la comercialización, puede involucrar a sus titulares en controversias legales que pueden terminar en el pago de multas y daños y perjuicios, así como barreras legales en procesos de transferencia de tecnología o comercialización.

Esta situación obliga entonces a los titulares de los registros a mantener medidas de observancia para la conservación y el ejercicio de los derechos de propiedad intelectual. Solo en el caso de productos farmacéuticos, existe una vinculación entre el IMPI y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS) que evita que el IMPI conceda un derecho de propiedad intelectual en caso de existir dependencia tecnológica o de que el producto esté sujeto al otorgamiento de una licencia de explotación por parte del titular del derecho.

Es así que el conocimiento adecuado del funcionamiento del sistema de propiedad intelectual que incluye formas de protección, su gestión, y la eliminación de barreras legales provocadas por la dependencia tecnológica o cumplimiento de normativas de comercialización son factores que impactan en la gestión de innovación y en la internacionalización de las empresas con capital intelectual.

Asimismo, las asimetrías sobre la materia de protección en las leyes de protección de propiedad intelectual y la normativa específicas del producto entre países es otro factor determinante en la internacionalización de las empresas y, por tanto, en la generación de innovación, lo que a su vez obliga a los países a homologar sus leyes para facilitar la comercialización transfronteriza de productos y evitar la ralentización del desarrollo económico de los países.

Un ejemplo de ello, son las reformas del marco regulatorio de propiedad intelectual en México, derivadas de la reciente firma del T-Mec, y la ratificación del Protocolo de Nagoya en México que busca regular el acceso a los recursos genéticos y conocimientos tradicionales asociados que dan origen a variedades vegetales y patentes biotecnológicas en la industria farmacéutica y cosmética.


Referencias:

WIPO, 2021. World Intellectual Property Organization. What is Intellectual Property? Disponible en: https://www.wipo.int/about-ip/en/ Consultado el 01 de noviembre de 2021.

WIPO, 2021. World Intellectual Property Organization. WIPO MAGAZINE. IP and Business: Launching a New Product: freedom to operate. Disponible en: https://www.wipo.int/wipo_magazine/en/2005/05/article_0006.html Consultado el 01 de noviembre de 2021.