Nuestro país atraviesa por una crisis de seguridad pública, misma que se trata de resolver con distintas opciones: aumentando las penas de todos los delitos, acabar con eso que llaman la “puerta giratoria”, regañar a los jueces penales. Incluso, los más atrevidos hablan hasta de imponer la pena de muerte o la cadena perpetua. Detengámonos un momento, veamos qué dicen los datos y qué señala la ley, para darnos una idea de cómo está la realidad:
El Código Penal de la Ciudad de México dice que: al que prive de la vida a otro, se le impondrá de ocho a veinte años de prisión. En lo que llevamos de este 2019, se han cometido aproximadamente 4 homicidios diarios en esta ciudad. ¿Dónde están los responsables de estos crímenes? No se sabe, pocas personas fueron puestas a disposición de un juez en la capital por este ilícito. ¿Hay puerta giratoria? La respuesta es no, pues, el delito de homicidio doloso amerita la prisión preventiva de oficio. ¿La solución está en poner de 30 a 50 años? También la respuesta es no. Las personas que están decididas a cometer un homicidio no leen el Código Penal para juzgar si lo cometen o no.
El Código Penal Federal señala lo siguiente: a quien cometa el delito de feminicidio se le impondrán de 40 a 60 años de prisión y de quinientos a mil días multa. En este año llevamos aproximadamente 700 feminicidios en el país. Aquí de nueva cuenta, la sanción de 40 a 60 años no está disuadiendo a quien comete el crimen. Un elemento convincente sería la investigación del delito y la imposición de la pena al responsable. Querido lector, perdón que insista: subir la pena de 50 a 100 años no haría una diferencia. Quien delinque está apostando a no ser capturado, y no a compurgar la menor pena. Este dato lo confirma la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción sobre Seguridad Pública (2019): durante 2018 se denunciaron y se inició una investigación en el 6.8% de los delitos, en tanto en el 93.2% no hubo denuncia o no se inició una pesquisa.
La Constitución General de la República se reformó para aumentar el catálogo de lo que llaman delitos graves. Así, las personas que sean acusadas por ciertos crímenes tendrán que llevar su proceso en prisión preventiva, sin una sentencia. Uno de esos delitos fue el de portación de arma de fuego. ¿Cuántas personas hemos visto armadas en las calles enfrente de las autoridades? y ¿Las autoridades detienen a estas personas? Desgraciadamente, la respuesta es no. La impunidad es el centro de debate en el asunto de seguridad pública. La palabra impunidad no significa sin castigo, pues ello, nos lleva a castigar a cualquiera. El Estado ya no ve quién la hizo sino quién la paga. La palabra impunidad representa la inobservancia de la ley a un hecho delictivo. Así las cosas, la impunidad se resuelve con la simple aplicación de la ley. No más, no menos.
Los policías culpan a las fiscalías, y las fiscalías responsabilizan a los jueces. Ahora todos culpan al nuevo sistema de justicia penal. La persona que está dispuesta a cometer un crimen lo hará en un sistema de mano dura o en un proceso con respeto a los derechos humanos, pues en ambos ni lo investigan ni lo sancionan. Es ingenuo culpar a las leyes o a los sistemas de justicia penal. Ojalá los seres humanos, que son responsables de aplicar la ley, se pongan a trabajar y dejen de culpar a cosas tan intangibles como la ley o los sistemas de justicia penal; y que mejor vean la realidad.