/ domingo 17 de julio de 2022

Las prisiones, otro espacio de la realidad humana

La sociedad tiene en las prisiones el lugar para quienes vulneren o transgredan el orden social. Nos referimos a las personas privadas de su libertad (PPL) sujetas a internamiento. Sin duda, historias personales del contexto social, la salud mental y otras circunstanciales.

¿Es un castigo? ¿El espacio pertinente para acceso a los programas de rehabilitación, el recapacitar para la redención y devenir? ¿Es tiempo previo a la reinserción social con nuevas “herramientas” y convivir de mejor modo? Cada respuesta amerita un análisis.

1) Para iniciar, evidencias revelan que es parte de la realidad humana:

La Oficina de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia (UNODC) destaca datos duros para la percepción y comprensión de los retos a nivel mundial:

En 2019, había 11.7 millones de personas detenidas en todo el mundo… encarna un aumento de más del 25% comparado con el año 2000.

Un porcentaje alto permanece de por vida sin derecho a la libertad por los años sentenciados.

Se dice que las prisiones son reflejo de la sociedad y crean la subcultura penitenciaria con base a sus intereses comunes.

Por consiguiente, demos prioridad al valor de la libertad y la conducta en el marco de la ley.

2) En este sentido, en sucesivos artículos transitaremos en el tiempo y espacios emblemáticos del sistema penitenciario mexicano.

Iniciaremos el recorrido en el Castillo de San de Ulúa, continuaremos a Islas Marías “Madre” (1905 – 2019). En la hoy Ciudad de México: “La Acordada” (1759 – 1862), Belén (1862 – 1933), la Penitenciaría de Lecumberri, en su momento considerada de las más modernas y funcionales (1900 – 1976). En la actualidad 13 centros, La Penitenciaria inaugurada en octubre de 1957 hasta el Centro Varonil de Seguridad Penitenciaria I y II en 2015 y 2016 respectivamente.

Finalmente, visibilizar al mejor evaluado en nuestro país…

3) Ahora, el marco normativo penitenciario, participantes y sinergia:

En la Constitución, artículo 18, párrafo segundo: “El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto”.

Ley Nacional de Ejecución Penal y La Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario (Órgano de análisis, difusión e instrumentación de la política pública, integrado por los sistemas penitenciarios de las 31 entidades federativas).

Colaboración interinstitucional del Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Factor clave en atención oportuna a la población y sus familias. Ejemplo, el Procedimiento de Ejecución Penal y las Preliberaciones.

Tarea de todos, en la reinserción social “A través de programas sociales gubernamentales, no gubernamentales y sociedad civil, como herramienta de prevención y evitar la comisión de nuevos delitos”.

Poner en el centro el respeto y observancia a los Derechos Humanos. La Comisión Nacional de Derechos Humanos… Institución referente. Ejemplo, el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) y Evaluaciones a los centros (federales, estatales, municipales, militares)


www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2022-04/DNSP_2021.pdf


Concluyendo, el sistema penitenciario mexicano destaca en gobernanza y participación de su población, familiares y personal.

hazael.ruiz@hotmail.com

La sociedad tiene en las prisiones el lugar para quienes vulneren o transgredan el orden social. Nos referimos a las personas privadas de su libertad (PPL) sujetas a internamiento. Sin duda, historias personales del contexto social, la salud mental y otras circunstanciales.

¿Es un castigo? ¿El espacio pertinente para acceso a los programas de rehabilitación, el recapacitar para la redención y devenir? ¿Es tiempo previo a la reinserción social con nuevas “herramientas” y convivir de mejor modo? Cada respuesta amerita un análisis.

1) Para iniciar, evidencias revelan que es parte de la realidad humana:

La Oficina de las Naciones Unidas Contra la Delincuencia (UNODC) destaca datos duros para la percepción y comprensión de los retos a nivel mundial:

En 2019, había 11.7 millones de personas detenidas en todo el mundo… encarna un aumento de más del 25% comparado con el año 2000.

Un porcentaje alto permanece de por vida sin derecho a la libertad por los años sentenciados.

Se dice que las prisiones son reflejo de la sociedad y crean la subcultura penitenciaria con base a sus intereses comunes.

Por consiguiente, demos prioridad al valor de la libertad y la conducta en el marco de la ley.

2) En este sentido, en sucesivos artículos transitaremos en el tiempo y espacios emblemáticos del sistema penitenciario mexicano.

Iniciaremos el recorrido en el Castillo de San de Ulúa, continuaremos a Islas Marías “Madre” (1905 – 2019). En la hoy Ciudad de México: “La Acordada” (1759 – 1862), Belén (1862 – 1933), la Penitenciaría de Lecumberri, en su momento considerada de las más modernas y funcionales (1900 – 1976). En la actualidad 13 centros, La Penitenciaria inaugurada en octubre de 1957 hasta el Centro Varonil de Seguridad Penitenciaria I y II en 2015 y 2016 respectivamente.

Finalmente, visibilizar al mejor evaluado en nuestro país…

3) Ahora, el marco normativo penitenciario, participantes y sinergia:

En la Constitución, artículo 18, párrafo segundo: “El sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir, observando los beneficios que para él prevé la ley. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres para tal efecto”.

Ley Nacional de Ejecución Penal y La Conferencia Nacional del Sistema Penitenciario (Órgano de análisis, difusión e instrumentación de la política pública, integrado por los sistemas penitenciarios de las 31 entidades federativas).

Colaboración interinstitucional del Ejecutivo, Legislativo y Judicial. Factor clave en atención oportuna a la población y sus familias. Ejemplo, el Procedimiento de Ejecución Penal y las Preliberaciones.

Tarea de todos, en la reinserción social “A través de programas sociales gubernamentales, no gubernamentales y sociedad civil, como herramienta de prevención y evitar la comisión de nuevos delitos”.

Poner en el centro el respeto y observancia a los Derechos Humanos. La Comisión Nacional de Derechos Humanos… Institución referente. Ejemplo, el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP) y Evaluaciones a los centros (federales, estatales, municipales, militares)


www.cndh.org.mx/sites/default/files/documentos/2022-04/DNSP_2021.pdf


Concluyendo, el sistema penitenciario mexicano destaca en gobernanza y participación de su población, familiares y personal.

hazael.ruiz@hotmail.com