/ jueves 14 de abril de 2022

Ley de Industria Eléctrica, entre el retroceso y el capricho 

Esta semana observamos una nueva controversia donde estuvieron involucrados los Poderes de la Unión: por un lado, el Poder Ejecutivo y, por otro, el Legislativo y el Judicial, que deberían servirle de contrapeso para lograr el sistema equilibrado que da sentido a las democracias modernas.

El pasado 8 de abril, un grupo de 58 senadoras y senadores de diversos partidos, promovieron una demanda de acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Industria Eléctrica (LIE). Es decir que le solicitaron a la Suprema Corte de Justicia revisar dicha Ley para desecharla por violar la Constitución Mexicana y contravenir disposiciones ambientales a las que México se ha comprometido mediante tratados internacionales.

El objetivo de éste recurso, era activar el freno de mano frente a una ley que avanza aún en contra de derechos humanos básicos (derecho a un medio ambiente sano); principios esenciales de legalidad como la no retroactividad de la Ley, la seguridad jurídica y la plena competencia económica; que atenta contra la autonomía institucional de la CRE y el CENACE y cuyo espíritu no es consolidar la generación de energía limpia sino privilegiar a la CFE, eliminando el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

La respuesta de la Corte fue que la Ley de Industria Eléctrica presentada el 29 de enero de 2021 por el Presidente de la República, no es inconstitucional y ninguno de sus artículos será expulsado del ordenamiento jurídico mexicano. Esto no implica en automático que serán revocadas las sentencias de amparo vigentes para algunas empresas ni cancela de inmediato las suspensiones definitivas que aún pesan sobre la LIE.

Sin embargo, las y los jueces de amparo y tribunales de circuito, tendrán este precedente y podrán decidir si se apegan o no, a éste criterio. También, algunos casos podrían llegar a tribunales internacionales.

Por otra parte, la discusión de fondo sobre la autosuficiencia energética del país y la descarbonización de las emisiones sigue pendiente, pues al privilegiar a la CFE y convertirla en el actor predominante de generación de energía en México, se prioriza el modelo basado en la dependencia del carbón, lo cual es contrario a los esfuerzos globales para frenar el cambio climático y, por si fuera poco, es ineficiente para un país que no se encuentra entre los 6 mayores productores de carbón del mundo, pues la lista la lidera China con 3,700 millones de toneladas en 2021 y el 47% de la producción mundial.

Además de la incertidumbre en las inversiones, que tendrá un impacto en los esfuerzos por consolidar a fuentes de energía alternas en nuestro país, pues el criterio de despacho, que sirve para decidir qué centrales conectan su energía a la red y en qué momento, da prioridad a las centrales generadoras de la CFE, dejando al último a las centrales de energía eólica y solar de los particulares y a las centrales de ciclo combinado (que operan a partir de un ciclo de gas y otro de vapor) de particulares. Está de más decir que esto no abona al cumplimiento de lo que mandata la Ley de Transición Energética sobre alcanzar una participación mínima del 35% de energías limpias para 2024.

Queda esperar a la versión definitiva de la sentencia, donde vendrán los votos de cada ministra y ministro de la SCJN, así como sus razonamientos jurídicos, tanto a favor como en contra, que serán válidos para otros tribunales que deban resolver amparos, demandas u otras acciones legales que sigan llevándose en torno a la LIE.

Mientras tanto, hay otros contrapesos que siguen vigentes como las Organizaciones de la Sociedad Civil, los organismos empresariales, la ciudadanía y la academia, que hemos señalado con toda claridad los argumentos que tenemos en contra, pues frente a la cerrazón de otros caminos institucionales, apelamos a nuestra propia voz para protestar frente a decisiones que parecen inamovibles y que comprometen el futuro del país.


Esta semana observamos una nueva controversia donde estuvieron involucrados los Poderes de la Unión: por un lado, el Poder Ejecutivo y, por otro, el Legislativo y el Judicial, que deberían servirle de contrapeso para lograr el sistema equilibrado que da sentido a las democracias modernas.

El pasado 8 de abril, un grupo de 58 senadoras y senadores de diversos partidos, promovieron una demanda de acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Industria Eléctrica (LIE). Es decir que le solicitaron a la Suprema Corte de Justicia revisar dicha Ley para desecharla por violar la Constitución Mexicana y contravenir disposiciones ambientales a las que México se ha comprometido mediante tratados internacionales.

El objetivo de éste recurso, era activar el freno de mano frente a una ley que avanza aún en contra de derechos humanos básicos (derecho a un medio ambiente sano); principios esenciales de legalidad como la no retroactividad de la Ley, la seguridad jurídica y la plena competencia económica; que atenta contra la autonomía institucional de la CRE y el CENACE y cuyo espíritu no es consolidar la generación de energía limpia sino privilegiar a la CFE, eliminando el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM).

La respuesta de la Corte fue que la Ley de Industria Eléctrica presentada el 29 de enero de 2021 por el Presidente de la República, no es inconstitucional y ninguno de sus artículos será expulsado del ordenamiento jurídico mexicano. Esto no implica en automático que serán revocadas las sentencias de amparo vigentes para algunas empresas ni cancela de inmediato las suspensiones definitivas que aún pesan sobre la LIE.

Sin embargo, las y los jueces de amparo y tribunales de circuito, tendrán este precedente y podrán decidir si se apegan o no, a éste criterio. También, algunos casos podrían llegar a tribunales internacionales.

Por otra parte, la discusión de fondo sobre la autosuficiencia energética del país y la descarbonización de las emisiones sigue pendiente, pues al privilegiar a la CFE y convertirla en el actor predominante de generación de energía en México, se prioriza el modelo basado en la dependencia del carbón, lo cual es contrario a los esfuerzos globales para frenar el cambio climático y, por si fuera poco, es ineficiente para un país que no se encuentra entre los 6 mayores productores de carbón del mundo, pues la lista la lidera China con 3,700 millones de toneladas en 2021 y el 47% de la producción mundial.

Además de la incertidumbre en las inversiones, que tendrá un impacto en los esfuerzos por consolidar a fuentes de energía alternas en nuestro país, pues el criterio de despacho, que sirve para decidir qué centrales conectan su energía a la red y en qué momento, da prioridad a las centrales generadoras de la CFE, dejando al último a las centrales de energía eólica y solar de los particulares y a las centrales de ciclo combinado (que operan a partir de un ciclo de gas y otro de vapor) de particulares. Está de más decir que esto no abona al cumplimiento de lo que mandata la Ley de Transición Energética sobre alcanzar una participación mínima del 35% de energías limpias para 2024.

Queda esperar a la versión definitiva de la sentencia, donde vendrán los votos de cada ministra y ministro de la SCJN, así como sus razonamientos jurídicos, tanto a favor como en contra, que serán válidos para otros tribunales que deban resolver amparos, demandas u otras acciones legales que sigan llevándose en torno a la LIE.

Mientras tanto, hay otros contrapesos que siguen vigentes como las Organizaciones de la Sociedad Civil, los organismos empresariales, la ciudadanía y la academia, que hemos señalado con toda claridad los argumentos que tenemos en contra, pues frente a la cerrazón de otros caminos institucionales, apelamos a nuestra propia voz para protestar frente a decisiones que parecen inamovibles y que comprometen el futuro del país.