/ lunes 11 de febrero de 2019

Modificación al Artículo 19: herramienta de combate a la impunidad

Para garantizar la efectividad en la implementación del Plan Nacional de Paz y Seguridad, y lograr así el combate a la tremenda inseguridad que heredamos de anteriores gobiernos, es inminente que hagamos varios e importantes cambios a la Constitución.

Uno de los problemas que hemos detectado en el proceso de impartición de justicia, es que para lograr una alta efectividad de los nuevos cuerpos de seguridad, no es suficiente sólo con la detención de los delincuentes. Para que realmente se concrete el ciclo de la justicia, es necesario que los imputados por delitos graves no puedan sustraerse a la acción penal. Y para que ello ocurra con eficacia, se ha considerado necesaria la modificación al Artículo 19 constitucional. La propuesta de cambio consiste en ampliar el registro de los delitos enunciados por la Constitución en el rubro de la aplicación de la prisión preventiva oficiosa.

La prisión preventiva de tipo oficiosa es una medida procesal enfocada a garantizar que una persona no evada el proceso judicial. Esto es muy importante de entender, porque todos tenemos la responsabilidad de garantizar que se concilie adecuadamente el principio de inocencia y el de asegurar la presencia del imputado en el juicio, así como la protección de la víctima, de los testigos y de la comunidad. Hasta este momento, la prisión preventiva sólo se ordena para los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos graves en contra de la seguridad nacional y delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.

La propuesta de ampliación, inicialmente, era sólo la de agregar tres delitos más: corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio indebido de funciones, robo de hidrocarburos, y usos de programas sociales con fines electorales. Los partidos de oposición en la Cámara de Senadores agregaron seis delitos más: robo a transporte y casa habitación, abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del ejército, y delitos en materia de desaparición forzada. Personalmente, creo que estos agregados son un exceso, no porque no lo ameriten, sino porque cargaríamos demasiado el actual sistema penitenciario, con resultados que podrían ser más graves de lo que se trata de combatir. Pienso que con los tres delitos inicialmente sugeridos por el presidente es más que suficiente para empezar

Estos tres delitos iniciales propuestos para ampliar el 19 constitucional son aquellos en donde se ha comprobado que existe una mayor evasión del procedimiento judicial. Como un ejemplo de ello, en estos días, el propio presidente mencionó que “de 600 detenidos por su presunta participación en huachicoleo, únicamente se ha podido mantener en proceso a 60 personas, debido a que la ley es muy blanda y laxa”...

Lo que importa, en todo caso, es que en ninguna parte del país siga existiendo la alta posibilidad de que quienes cometen estos delitos puedan escapar de la justicia. De hecho, uno de los grandes problemas que obstaculizan el imperio de las leyes es que los delincuentes por corrupción y de alta peligrosidad casi nunca son efectivamente vinculados a proceso.

Que impere la ley es el principal compromiso del gobierno actual. No es en vano que 86 por ciento de los mexicanos aprobamos el trabajo que está haciendo nuestro presidente. Sabemos a dónde va.

Diputada Federal de Morena

Para garantizar la efectividad en la implementación del Plan Nacional de Paz y Seguridad, y lograr así el combate a la tremenda inseguridad que heredamos de anteriores gobiernos, es inminente que hagamos varios e importantes cambios a la Constitución.

Uno de los problemas que hemos detectado en el proceso de impartición de justicia, es que para lograr una alta efectividad de los nuevos cuerpos de seguridad, no es suficiente sólo con la detención de los delincuentes. Para que realmente se concrete el ciclo de la justicia, es necesario que los imputados por delitos graves no puedan sustraerse a la acción penal. Y para que ello ocurra con eficacia, se ha considerado necesaria la modificación al Artículo 19 constitucional. La propuesta de cambio consiste en ampliar el registro de los delitos enunciados por la Constitución en el rubro de la aplicación de la prisión preventiva oficiosa.

La prisión preventiva de tipo oficiosa es una medida procesal enfocada a garantizar que una persona no evada el proceso judicial. Esto es muy importante de entender, porque todos tenemos la responsabilidad de garantizar que se concilie adecuadamente el principio de inocencia y el de asegurar la presencia del imputado en el juicio, así como la protección de la víctima, de los testigos y de la comunidad. Hasta este momento, la prisión preventiva sólo se ordena para los casos de delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos graves en contra de la seguridad nacional y delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.

La propuesta de ampliación, inicialmente, era sólo la de agregar tres delitos más: corrupción, tratándose de los delitos de enriquecimiento ilícito y ejercicio indebido de funciones, robo de hidrocarburos, y usos de programas sociales con fines electorales. Los partidos de oposición en la Cámara de Senadores agregaron seis delitos más: robo a transporte y casa habitación, abuso o violencia sexual contra menores, feminicidio, delitos en materia de armas de fuego y explosivos de uso exclusivo del ejército, y delitos en materia de desaparición forzada. Personalmente, creo que estos agregados son un exceso, no porque no lo ameriten, sino porque cargaríamos demasiado el actual sistema penitenciario, con resultados que podrían ser más graves de lo que se trata de combatir. Pienso que con los tres delitos inicialmente sugeridos por el presidente es más que suficiente para empezar

Estos tres delitos iniciales propuestos para ampliar el 19 constitucional son aquellos en donde se ha comprobado que existe una mayor evasión del procedimiento judicial. Como un ejemplo de ello, en estos días, el propio presidente mencionó que “de 600 detenidos por su presunta participación en huachicoleo, únicamente se ha podido mantener en proceso a 60 personas, debido a que la ley es muy blanda y laxa”...

Lo que importa, en todo caso, es que en ninguna parte del país siga existiendo la alta posibilidad de que quienes cometen estos delitos puedan escapar de la justicia. De hecho, uno de los grandes problemas que obstaculizan el imperio de las leyes es que los delincuentes por corrupción y de alta peligrosidad casi nunca son efectivamente vinculados a proceso.

Que impere la ley es el principal compromiso del gobierno actual. No es en vano que 86 por ciento de los mexicanos aprobamos el trabajo que está haciendo nuestro presidente. Sabemos a dónde va.

Diputada Federal de Morena