/ domingo 20 de marzo de 2022

NO a las urnas vacías

“Son obligaciones del ciudadano de la República:…

III. Votar en las elecciones, las consultas populares

y los procesos de revocación del mandato,

en los términos que señale la ley”.

(Art. 36, CPEUM)


Sí. No dudo que puedan existir razones válidas que asistan a quienes piden dejar vacías las urnas el próximo 10 de abril. Sin embargo, no las comparto y fundamentaré por qué.

Vivimos aún en un régimen democrático y la democracia directa comprende varios mecanismos. Uno de ellos, la revocación del mandato, el más polémico, el menos aceptado y, por ende, muy pocas veces instrumentado en el mundo, que persigue el mismo objetivo que el juicio político, pero del que se distingue en tres aspectos: mientras en aquél se imputan cargos, se promueve una acción judicial y es el máximo órgano legislativo el que decide, en la revocación de mandato el mecanismo utilizado es el comicio electoral, quien decide es la propia ciudadanía y lo que está en juego es la pérdida de la confianza en el mandatario.

En diciembre de 2019, refería en este mismo espacio editorial que en nuestra historia personajes como el Nigromante, Rafael Nieto, Vicente Lombardo Toledano y, sobre todo Felipe Carrillo Puerto, habían sido impulsores de esta figura, al grado que en Yucatán en 1923, Carrillo Puerto había decretado la primera “Ley de Revocación del Mandato Público”, de efímera vigencia, disponiendo que ésta operaría cuando el mandatario dejara de cumplir con las obligaciones impuestas, pues era evidente que había dejado de “sentir y pensar” como sus representados. Sin embargo, determinaba que esta facultad correspondería sólo a los ciudadanos que habían elegido al funcionario.

Un siglo después, la ciudadanía mexicana por primera vez participará en un proceso de revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo Federal. ¿Qué nos encontramos? Que el proceso revocatorio estará abierto a toda la ciudadanía electora, pero se percibe un profundo temor, a tal grado que un sector mayoritario de los propios representantes populares en el Poder Legislativo Federal ha protagonizado asaltos legales inéditos, al tiempo que un amplio sector de la oposición promueve una intensa campaña de abstención electoral. Un abstencionismo activo que fundamentan no sólo en el costo económico del ejercicio electoral (mismo que ya fue erogado, se vote o no, y no se revertirá), sino particularmente en el hecho de no querer “repetir” ejercicios similares que han tenido lugar en países hermanos con resultados por demás deleznables. Sin embargo, hay dos elementos fundamentales a destacar: México posee sus propias particularidades estructurales e ideológicas y el organizador del proceso es el Instituto Nacional Electoral, lo que hace de ellos la gran diferencia.

En lo personal, considero que dejar de votar el próximo 10 de abril es la forma menos asertiva de participar para todos aquellos que pudieran estar en contra de la continuidad en el cargo supremo. No votar posibilitará, como inveteradamente sucede, que las decisiones las tome una minoría -independientemente de que abre espacios que llena la materia obscura-, y lejos de dejar solo al principal promotor del ejercicio, se estará dejando a su suerte al destino de la Nación.

No pretendo inclinar hacia algún sentido el voto de los ciudadanos que me honran como lectores. Sólo pretendo motivar una profunda reflexión para que la decisión tomada sea a conciencia, pues independientemente del resultado, si no acudimos a las urnas, moralmente no tendremos después autoridad moral frente a las decisiones que tome una minoría. Para que un ciudadano pueda exigir, tiene que cumplir. Es su derecho votar, como lo establece la fracción I del artículo 35 constitucional (artículo de cuya fracción IX es reglamentaria la Ley Federal de Revocación de Mandato [LFR] de orden público y observancia federal, promulgada por el titular del Ejecutivo Federal el 13 de septiembre de 2019), pero ante todo es también nuestra obligación como ciudadanos mexicanos votar en el proceso de revocación del mandato, como nos lo ordena desde el 20 de diciembre de 2019 la fracción III del artículo 36 de nuestra Carta Magna.

Dejar de votar, por tanto, no sólo es un camino cómodo, es también una vía antipatriótica de responderle a la Nación. La pregunta será, conforme al artículo 19, en su fracción V, de la LFRM: ¿estás de acuerdo en que al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo? Responderla, eligiendo entre un sí o un no, sólo lo hace un auténtico ciudadano. Decidirse por la abstención, lo elige quien prefiere ver pasar ante sus ojos a la historia, instalado en la masa amorfa y apática que se permite ser presa del temor. En consecuencia, no podemos olvidar que la revocación es una oportunidad de refrendar o de rectificar la decisión previamente tomada en la urna electoral.

La democracia muere conforme se empodera la abstención. Dejar vacías las urnas este 10 de abril, además de ser un incumplimiento a nuestras obligaciones ciudadanas, será un acto de cobardía que coadyuvará a enmudecer la voluntad social y, probablemente, pueda ser el tiro de gracia para la soberanía popular de nuestra Nación.


bettyzanolli@gmail.com\u0009\u0009\u0009@BettyZanolli



“Son obligaciones del ciudadano de la República:…

III. Votar en las elecciones, las consultas populares

y los procesos de revocación del mandato,

en los términos que señale la ley”.

(Art. 36, CPEUM)


Sí. No dudo que puedan existir razones válidas que asistan a quienes piden dejar vacías las urnas el próximo 10 de abril. Sin embargo, no las comparto y fundamentaré por qué.

Vivimos aún en un régimen democrático y la democracia directa comprende varios mecanismos. Uno de ellos, la revocación del mandato, el más polémico, el menos aceptado y, por ende, muy pocas veces instrumentado en el mundo, que persigue el mismo objetivo que el juicio político, pero del que se distingue en tres aspectos: mientras en aquél se imputan cargos, se promueve una acción judicial y es el máximo órgano legislativo el que decide, en la revocación de mandato el mecanismo utilizado es el comicio electoral, quien decide es la propia ciudadanía y lo que está en juego es la pérdida de la confianza en el mandatario.

En diciembre de 2019, refería en este mismo espacio editorial que en nuestra historia personajes como el Nigromante, Rafael Nieto, Vicente Lombardo Toledano y, sobre todo Felipe Carrillo Puerto, habían sido impulsores de esta figura, al grado que en Yucatán en 1923, Carrillo Puerto había decretado la primera “Ley de Revocación del Mandato Público”, de efímera vigencia, disponiendo que ésta operaría cuando el mandatario dejara de cumplir con las obligaciones impuestas, pues era evidente que había dejado de “sentir y pensar” como sus representados. Sin embargo, determinaba que esta facultad correspondería sólo a los ciudadanos que habían elegido al funcionario.

Un siglo después, la ciudadanía mexicana por primera vez participará en un proceso de revocación de mandato del titular del Poder Ejecutivo Federal. ¿Qué nos encontramos? Que el proceso revocatorio estará abierto a toda la ciudadanía electora, pero se percibe un profundo temor, a tal grado que un sector mayoritario de los propios representantes populares en el Poder Legislativo Federal ha protagonizado asaltos legales inéditos, al tiempo que un amplio sector de la oposición promueve una intensa campaña de abstención electoral. Un abstencionismo activo que fundamentan no sólo en el costo económico del ejercicio electoral (mismo que ya fue erogado, se vote o no, y no se revertirá), sino particularmente en el hecho de no querer “repetir” ejercicios similares que han tenido lugar en países hermanos con resultados por demás deleznables. Sin embargo, hay dos elementos fundamentales a destacar: México posee sus propias particularidades estructurales e ideológicas y el organizador del proceso es el Instituto Nacional Electoral, lo que hace de ellos la gran diferencia.

En lo personal, considero que dejar de votar el próximo 10 de abril es la forma menos asertiva de participar para todos aquellos que pudieran estar en contra de la continuidad en el cargo supremo. No votar posibilitará, como inveteradamente sucede, que las decisiones las tome una minoría -independientemente de que abre espacios que llena la materia obscura-, y lejos de dejar solo al principal promotor del ejercicio, se estará dejando a su suerte al destino de la Nación.

No pretendo inclinar hacia algún sentido el voto de los ciudadanos que me honran como lectores. Sólo pretendo motivar una profunda reflexión para que la decisión tomada sea a conciencia, pues independientemente del resultado, si no acudimos a las urnas, moralmente no tendremos después autoridad moral frente a las decisiones que tome una minoría. Para que un ciudadano pueda exigir, tiene que cumplir. Es su derecho votar, como lo establece la fracción I del artículo 35 constitucional (artículo de cuya fracción IX es reglamentaria la Ley Federal de Revocación de Mandato [LFR] de orden público y observancia federal, promulgada por el titular del Ejecutivo Federal el 13 de septiembre de 2019), pero ante todo es también nuestra obligación como ciudadanos mexicanos votar en el proceso de revocación del mandato, como nos lo ordena desde el 20 de diciembre de 2019 la fracción III del artículo 36 de nuestra Carta Magna.

Dejar de votar, por tanto, no sólo es un camino cómodo, es también una vía antipatriótica de responderle a la Nación. La pregunta será, conforme al artículo 19, en su fracción V, de la LFRM: ¿estás de acuerdo en que al Presidente de los Estados Unidos Mexicanos se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo? Responderla, eligiendo entre un sí o un no, sólo lo hace un auténtico ciudadano. Decidirse por la abstención, lo elige quien prefiere ver pasar ante sus ojos a la historia, instalado en la masa amorfa y apática que se permite ser presa del temor. En consecuencia, no podemos olvidar que la revocación es una oportunidad de refrendar o de rectificar la decisión previamente tomada en la urna electoral.

La democracia muere conforme se empodera la abstención. Dejar vacías las urnas este 10 de abril, además de ser un incumplimiento a nuestras obligaciones ciudadanas, será un acto de cobardía que coadyuvará a enmudecer la voluntad social y, probablemente, pueda ser el tiro de gracia para la soberanía popular de nuestra Nación.


bettyzanolli@gmail.com\u0009\u0009\u0009@BettyZanolli