/ lunes 22 de octubre de 2018

Nosotrxs | Suprema Corte y las trabajadoras del hogar

Un proyecto de sentencia de la Corte parece algo demasiado técnico como para debatirse, y de entrada ahuyenta a todos quienes no pasamos por un proceso de formación en materia legal. Parecía ser el caso del proyecto (Amparo Directo 9/2018) propuesto por el Ministro Pérez Dayán, quien dedicó 43 cuartillas para llegar a la conclusión de que el trato asimétrico que las leyes federales establecen hacia las personas trabajadoras del hogar, en materia de seguridad social, se justifica por el tipo de labor que realizan.

El proyecto a grandes rasgos establecía que la exclusión de este sector al régimen obligatorio del Seguro Social no es discriminatoria y que, siempre y cuando la trabajadora se encuentre amparada por alguno de los diversos regímenes y protecciones existentes en materia de seguridad social, su derecho plasmado en la Constitución, está siendo protegido. Para el Ministro, las trabajadoras del hogar están amparadas por el régimen voluntario el cual, además, considera suficientemente robusto, aunque en realidad las excluya de prestaciones fundamentales como guarderías.

Pese a los tecnicismos y vericuetos legales, este proyecto no logró ahuyentar a la sociedad civil, al contrario, la hizo saltar de indignación y preocupación ante un texto que parece ser redactado sin el menor conocimiento de las condiciones laborales precarias en las que se desempeña este sector en pleno siglo XXI. Lo único que bastaba era un poco de sensibilidad y de sentido común para saber que el proyecto es a todas luces discriminatorio, y que nuestras leyes federales en lugar de ser un apoyo, son un obstáculo para que las trabajadoras vivan mejor.

Tan sólo un ejemplo: si la ley estipula que la seguridad social, bajo el régimen voluntario que norma a este grupo de trabajadoras, puede darse o no, legitima el que un derecho social se otorgue bajo el antojo de un empleador. De entrada esto implica que la trabajadora tendría que armarse de un cúmulo de estrategias persuasivas para negociar su derecho que, de entrada, no tendría por qué ser negociable. Y al menos hoy, lo que sí sabemos es que un 97 por ciento de empleadores no han tenido la voluntad de otorgarlo y que las trabajadoras siguen soñando con adquirirlo.

El pronunciamiento de sociedad civil tuvo eco esta vez y generó mucha discusión al interior de la SCJN. Para fortuna nuestra, la Corte decidió retirar el proyecto de sentencia y habrá de presentar uno nuevo, el cual esperamos sea elaborado con base en los estándares más altos de protección de derechos humanos laborales del sector.

A los Ministros de la Corte, que muy probablemente son empleadores, les hacemos un llamado para que volteen a ver la realidad de estas millones de trabajadoras del hogar, requerimos leyes justas que permitan a todos y todas las personas trabajadoras de nuestro país el acceso a una vida digna.

Un proyecto de sentencia de la Corte parece algo demasiado técnico como para debatirse, y de entrada ahuyenta a todos quienes no pasamos por un proceso de formación en materia legal. Parecía ser el caso del proyecto (Amparo Directo 9/2018) propuesto por el Ministro Pérez Dayán, quien dedicó 43 cuartillas para llegar a la conclusión de que el trato asimétrico que las leyes federales establecen hacia las personas trabajadoras del hogar, en materia de seguridad social, se justifica por el tipo de labor que realizan.

El proyecto a grandes rasgos establecía que la exclusión de este sector al régimen obligatorio del Seguro Social no es discriminatoria y que, siempre y cuando la trabajadora se encuentre amparada por alguno de los diversos regímenes y protecciones existentes en materia de seguridad social, su derecho plasmado en la Constitución, está siendo protegido. Para el Ministro, las trabajadoras del hogar están amparadas por el régimen voluntario el cual, además, considera suficientemente robusto, aunque en realidad las excluya de prestaciones fundamentales como guarderías.

Pese a los tecnicismos y vericuetos legales, este proyecto no logró ahuyentar a la sociedad civil, al contrario, la hizo saltar de indignación y preocupación ante un texto que parece ser redactado sin el menor conocimiento de las condiciones laborales precarias en las que se desempeña este sector en pleno siglo XXI. Lo único que bastaba era un poco de sensibilidad y de sentido común para saber que el proyecto es a todas luces discriminatorio, y que nuestras leyes federales en lugar de ser un apoyo, son un obstáculo para que las trabajadoras vivan mejor.

Tan sólo un ejemplo: si la ley estipula que la seguridad social, bajo el régimen voluntario que norma a este grupo de trabajadoras, puede darse o no, legitima el que un derecho social se otorgue bajo el antojo de un empleador. De entrada esto implica que la trabajadora tendría que armarse de un cúmulo de estrategias persuasivas para negociar su derecho que, de entrada, no tendría por qué ser negociable. Y al menos hoy, lo que sí sabemos es que un 97 por ciento de empleadores no han tenido la voluntad de otorgarlo y que las trabajadoras siguen soñando con adquirirlo.

El pronunciamiento de sociedad civil tuvo eco esta vez y generó mucha discusión al interior de la SCJN. Para fortuna nuestra, la Corte decidió retirar el proyecto de sentencia y habrá de presentar uno nuevo, el cual esperamos sea elaborado con base en los estándares más altos de protección de derechos humanos laborales del sector.

A los Ministros de la Corte, que muy probablemente son empleadores, les hacemos un llamado para que volteen a ver la realidad de estas millones de trabajadoras del hogar, requerimos leyes justas que permitan a todos y todas las personas trabajadoras de nuestro país el acceso a una vida digna.