/ jueves 21 de septiembre de 2017

Nueva ley sobre traducciones litúrgicas

Hace más de diez años, las comisiones episcopales de Liturgia, Biblia, Doctrina de la Fe, Cultura y Pastoral Indígena, de nuestra Conferencia Episcopal, revisaron las traducciones de la Misa a los idiomas indígenas tseltal y tsotsil de nuestra diócesis. Estuvieron con nosotros en dos ocasiones, tres días cada vez, para analizar los textos, juntamente con nuestros traductores, sacerdotes, diáconos, religiosas, catequistas y otros fieles laicos, que por años las habían realizado, consultándolas siempre con las comunidades. Preguntaban el por qué de una palabra, de un giro, de una circunlocución, de un símbolo. Hicieron las observaciones y correcciones que consideraban oportunas.

Después, se presentaron las traducciones al pleno de la Conferencia Episcopal, que en forma unánime les dio su aprobación. Se mandaron a Roma, a la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, para solicitar el respectivo reconocimiento, la recognitio, que en la práctica era la aprobación final y decisiva, como si lo hecho por la Conferencia Episcopal no fuera digno de confianza. Allá nos han presentado dudas y objeciones, que hemos tratado de explicar, conforme a la cultura local. Desconociendo lo propio de la cultura indígena local, es muy difícil que se comprendan otros lenguajes, algunas palabras y ciertos giros, que dicen lo mismo, pero con otras formas y expresiones. Desde luego que hemos procurado ser siempre fieles a la fe católica y a la liturgia universal de la Iglesia.

Ante tanta tardanza, acudimos directamente al Papa.

PENSAR

El 3 de septiembre de este año, se publicó el cambio esperado, por orden precisa del papa Francisco. Se modificaron dos parágrafos del canon 838 del Código de Derecho Canónico.

El cambio más importante está en el parágrafo 3. Lo transcribo en latín: § 3. Ad Episcoporum Conferentias spectat versiones librorum liturgicorum in linguas vernaculas fideliter et convenienter intra limites definitos accommodatas parare et approbareat que libros liturgicos, pro regionibus ad quas pertinent, post confirmationem Apostolicae Sedis, edere.

En lo esencial, dice que a las Conferencias Episcopales corresponde no solo preparar las traducciones y luego enviarlas a Roma para su reconocimiento o aprobación final, como se decía antes en el mismo canon, sino que les compete aprobar dichas traducciones. A Roma, por tanto, solo le toca confirmar lo aprobado por los obispos de un país, y esto solo para la edición de los libros litúrgicos. ¿Qué es confirmar? No es la recognitio de antes; no es revisar texto por texto, como lo hacían hasta ahora. Es, a mi entender, comprobar que el proceso seguido por los obispos es correcto, pues no todas las Conferencias tienen los recursos humanos para hacer una aprobación confiable. Sería absurdo que allá quisieran volver a hacer la revisión palabra por palabra. Entiendo que les toca solo confirmar que lo hecho por obispos ha sido conforme a la fe y a las normas de la Iglesia. Este es un cambio muy notable, que los pueblos originarios agradecen de corazón.

ACTUAR

Animamos a los obispos y demás agentes de pastoral de otras regiones del país, y de otras naciones, para que dediquen tiempo, personal y recursos, que hagan las traducciones bíblicas y litúrgicas a los idiomas indígenas, pues es un derecho que ellos tienen de escuchar la Palabra de Dios y de celebrar la liturgia en su propio idioma.

Obispo de San Cristóbal de Las Casas

Hace más de diez años, las comisiones episcopales de Liturgia, Biblia, Doctrina de la Fe, Cultura y Pastoral Indígena, de nuestra Conferencia Episcopal, revisaron las traducciones de la Misa a los idiomas indígenas tseltal y tsotsil de nuestra diócesis. Estuvieron con nosotros en dos ocasiones, tres días cada vez, para analizar los textos, juntamente con nuestros traductores, sacerdotes, diáconos, religiosas, catequistas y otros fieles laicos, que por años las habían realizado, consultándolas siempre con las comunidades. Preguntaban el por qué de una palabra, de un giro, de una circunlocución, de un símbolo. Hicieron las observaciones y correcciones que consideraban oportunas.

Después, se presentaron las traducciones al pleno de la Conferencia Episcopal, que en forma unánime les dio su aprobación. Se mandaron a Roma, a la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, para solicitar el respectivo reconocimiento, la recognitio, que en la práctica era la aprobación final y decisiva, como si lo hecho por la Conferencia Episcopal no fuera digno de confianza. Allá nos han presentado dudas y objeciones, que hemos tratado de explicar, conforme a la cultura local. Desconociendo lo propio de la cultura indígena local, es muy difícil que se comprendan otros lenguajes, algunas palabras y ciertos giros, que dicen lo mismo, pero con otras formas y expresiones. Desde luego que hemos procurado ser siempre fieles a la fe católica y a la liturgia universal de la Iglesia.

Ante tanta tardanza, acudimos directamente al Papa.

PENSAR

El 3 de septiembre de este año, se publicó el cambio esperado, por orden precisa del papa Francisco. Se modificaron dos parágrafos del canon 838 del Código de Derecho Canónico.

El cambio más importante está en el parágrafo 3. Lo transcribo en latín: § 3. Ad Episcoporum Conferentias spectat versiones librorum liturgicorum in linguas vernaculas fideliter et convenienter intra limites definitos accommodatas parare et approbareat que libros liturgicos, pro regionibus ad quas pertinent, post confirmationem Apostolicae Sedis, edere.

En lo esencial, dice que a las Conferencias Episcopales corresponde no solo preparar las traducciones y luego enviarlas a Roma para su reconocimiento o aprobación final, como se decía antes en el mismo canon, sino que les compete aprobar dichas traducciones. A Roma, por tanto, solo le toca confirmar lo aprobado por los obispos de un país, y esto solo para la edición de los libros litúrgicos. ¿Qué es confirmar? No es la recognitio de antes; no es revisar texto por texto, como lo hacían hasta ahora. Es, a mi entender, comprobar que el proceso seguido por los obispos es correcto, pues no todas las Conferencias tienen los recursos humanos para hacer una aprobación confiable. Sería absurdo que allá quisieran volver a hacer la revisión palabra por palabra. Entiendo que les toca solo confirmar que lo hecho por obispos ha sido conforme a la fe y a las normas de la Iglesia. Este es un cambio muy notable, que los pueblos originarios agradecen de corazón.

ACTUAR

Animamos a los obispos y demás agentes de pastoral de otras regiones del país, y de otras naciones, para que dediquen tiempo, personal y recursos, que hagan las traducciones bíblicas y litúrgicas a los idiomas indígenas, pues es un derecho que ellos tienen de escuchar la Palabra de Dios y de celebrar la liturgia en su propio idioma.

Obispo de San Cristóbal de Las Casas

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