/ viernes 5 de marzo de 2021

Partidos políticos y programas sociales

Estoy seguro que hemos escuchado en radio y televisión la siguiente frase: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social". Dicho mensaje proviene de un mandato legal al cual deben apegarse las autoridades cuando se difunden los beneficios de un programa social.

Dicha obligación fue establecida en la Ley de desarrollo social en 2004 y forma parte de una serie de deberes que tienen las autoridades que implementan la operación y ejecución de los programas sociales públicos. También forma parte de una lógica normativa dirigida a evitar prácticas ilegales en las que condicionaban la entrega de los beneficios que están asociados en dichos programas a cambio del voto a favor de una fuerza política.

En un país con un desarrollo económico tan desigual entre sectores de la población, la entrega de los beneficios asociados a los programas sociales no puede ser interrumpida durante los procesos electorales. Por ello, en 2007 se elevó a rango constitucional el deber que tienen las y los funcionarios públicos de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad; es decir, no pueden usarlos para influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

A partir del establecimiento de dicha obligación, desde hace más de 13 años las autoridades electorales han ido fijando, ya sea a través de criterios o por la vía de sanciones, parámetros de actuación respecto al ejercicio de recursos públicos durante los procesos electorales, incluyendo los programas sociales.

Ejemplo de ello es que a finales del año pasado, y como ha ocurrido cada vez que hay proceso electoral, el INE emitió acuerdos por los cuales se fijan mecanismos y criterios dirigidos a garantizar los principios de equidad e imparcialidad en el uso de recursos públicos, así como la debida operación de programas sociales durante el proceso electoral 2021.

La base sobre la cual se emiten éstos es la siguiente: el voto es libre. Al ser un derecho de las y los ciudadanos nadie debe obligarnos o presionarnos para hacerlo por alguna opción que no deseamos. De ahí que nadie, sea persona o autoridad, está autorizado a comprar, presionar o condicionar nuestro voto. El objetivo es que el dinero público no incida en la voluntad electoral de la ciudadanía.

Por eso, recientemente la Comisión de Quejas del INE emitió una resolución que deriva de una queja presentada por un partido político en la que se alegaba el condicionamiento de beneficios de programas sociales y la obtención de datos personales.

En dicha decisión se ordenó a MORENA lo siguiente: 1) que quienes simpaticen en dicho partido político o militen en el mismo y que realizan visitas domiciliarias o recorren las calles, se abstengan solicitar información de la credencial para votar y 2) que la actividad de campo de dichas personas no debe relacionarse o vincularse con la implementación y ejecución de un programa social. Por ello, no deben referir que actúan en representación de cualquier ente público o gubernamental.

No deben sorprender este tipo de decisiones a lo largo de este proceso electoral. Se insertan en la actividad de arbitraje que realiza el INE y que tiene como objetivo generar condiciones de equidad entre las y los contendientes, a través del respeto a lo establecido en la Constitución y las leyes. De hecho, forman parte de la normalidad electoral. Tan es así que el propio partido político ya giró instrucciones para dar cumplimiento a lo ordenado por la comisión del INE.

Hoy estamos a 92 días de la jornada electoral y el arbitraje del INE permite garantizar que haya condiciones de equidad de la contienda entre participantes para asegurar el voto libre. El 4 de abril iniciarán las campañas electorales para diputaciones federales y en algunas entidades federativas donde se renovarán poderes públicos están por iniciar. De ahí la necesidad de generar criterios claros en el uso de recursos públicos y en la ejecución de programas sociales.

Políticamente puede haber debate entre contendientes al poder público sobre si todas y todos son iguales. El Presidente de la República ha señalado públicamente que por primera vez en la historia, no habrán de usarse los programas con fines electorales. Ocurra o no, el INE continuará con la tarea de garantizar cancha pareja. Una previsibilidad que exige nuestra democracia y que es necesaria en la organización y conducción de una elección por parte de nuestras autoridades electorales.

*Jefe de oficina de la Presidencia del Consejo General del INE.

Estoy seguro que hemos escuchado en radio y televisión la siguiente frase: “Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos al desarrollo social". Dicho mensaje proviene de un mandato legal al cual deben apegarse las autoridades cuando se difunden los beneficios de un programa social.

Dicha obligación fue establecida en la Ley de desarrollo social en 2004 y forma parte de una serie de deberes que tienen las autoridades que implementan la operación y ejecución de los programas sociales públicos. También forma parte de una lógica normativa dirigida a evitar prácticas ilegales en las que condicionaban la entrega de los beneficios que están asociados en dichos programas a cambio del voto a favor de una fuerza política.

En un país con un desarrollo económico tan desigual entre sectores de la población, la entrega de los beneficios asociados a los programas sociales no puede ser interrumpida durante los procesos electorales. Por ello, en 2007 se elevó a rango constitucional el deber que tienen las y los funcionarios públicos de aplicar con imparcialidad los recursos públicos que están bajo su responsabilidad; es decir, no pueden usarlos para influir en la equidad de la competencia entre los partidos políticos.

A partir del establecimiento de dicha obligación, desde hace más de 13 años las autoridades electorales han ido fijando, ya sea a través de criterios o por la vía de sanciones, parámetros de actuación respecto al ejercicio de recursos públicos durante los procesos electorales, incluyendo los programas sociales.

Ejemplo de ello es que a finales del año pasado, y como ha ocurrido cada vez que hay proceso electoral, el INE emitió acuerdos por los cuales se fijan mecanismos y criterios dirigidos a garantizar los principios de equidad e imparcialidad en el uso de recursos públicos, así como la debida operación de programas sociales durante el proceso electoral 2021.

La base sobre la cual se emiten éstos es la siguiente: el voto es libre. Al ser un derecho de las y los ciudadanos nadie debe obligarnos o presionarnos para hacerlo por alguna opción que no deseamos. De ahí que nadie, sea persona o autoridad, está autorizado a comprar, presionar o condicionar nuestro voto. El objetivo es que el dinero público no incida en la voluntad electoral de la ciudadanía.

Por eso, recientemente la Comisión de Quejas del INE emitió una resolución que deriva de una queja presentada por un partido político en la que se alegaba el condicionamiento de beneficios de programas sociales y la obtención de datos personales.

En dicha decisión se ordenó a MORENA lo siguiente: 1) que quienes simpaticen en dicho partido político o militen en el mismo y que realizan visitas domiciliarias o recorren las calles, se abstengan solicitar información de la credencial para votar y 2) que la actividad de campo de dichas personas no debe relacionarse o vincularse con la implementación y ejecución de un programa social. Por ello, no deben referir que actúan en representación de cualquier ente público o gubernamental.

No deben sorprender este tipo de decisiones a lo largo de este proceso electoral. Se insertan en la actividad de arbitraje que realiza el INE y que tiene como objetivo generar condiciones de equidad entre las y los contendientes, a través del respeto a lo establecido en la Constitución y las leyes. De hecho, forman parte de la normalidad electoral. Tan es así que el propio partido político ya giró instrucciones para dar cumplimiento a lo ordenado por la comisión del INE.

Hoy estamos a 92 días de la jornada electoral y el arbitraje del INE permite garantizar que haya condiciones de equidad de la contienda entre participantes para asegurar el voto libre. El 4 de abril iniciarán las campañas electorales para diputaciones federales y en algunas entidades federativas donde se renovarán poderes públicos están por iniciar. De ahí la necesidad de generar criterios claros en el uso de recursos públicos y en la ejecución de programas sociales.

Políticamente puede haber debate entre contendientes al poder público sobre si todas y todos son iguales. El Presidente de la República ha señalado públicamente que por primera vez en la historia, no habrán de usarse los programas con fines electorales. Ocurra o no, el INE continuará con la tarea de garantizar cancha pareja. Una previsibilidad que exige nuestra democracia y que es necesaria en la organización y conducción de una elección por parte de nuestras autoridades electorales.

*Jefe de oficina de la Presidencia del Consejo General del INE.