/ martes 23 de enero de 2018

Periodismo en campaña

El periodismo es por su propia naturaleza una actividad política, se da en el seno de la polis  —de la sociedad— e incide sobre la vida pública.  Razones políticas vinculadas a la disputa por el poder impulsaron el periodismo de la Ilustración y sigue cumpliendo una función determinante en las relaciones sociales constituyendo un mecanismo de equilibrio y de control de la autoridad al punto de que se le ha denominado el Cuarto Poder. Una prensa libre es condición sine qua non de la vida democrática.

El ejercicio periodístico no puede ser nunca neutral aun cuando busque la máxima objetividad, porque el objeto de la información siempre es interpretado a través de una visión del mundo y los medios en general tienen una línea editorial que les resulta útil para identificase con un público que la comparte.

Durante las campañas el periodismo puede ser incluso militante, ya sea que ataque al adversario ideológico o que defienda las posiciones de los candidatos de su simpatía. Así cumple una importante función para la democracia al informar y orientar, desde su perspectiva, sobre los acontecimientos que ocurren en la batalla electoral.

No obstante, hay un límite que el periodismo debe respetar para no convertirse en instrumento de la guerra sucia en la refriega política, evitando distorsionar un hecho o realizar imputaciones sin la suficiente comprobación. Al respecto, en días pasados la campaña del precandidato José Antonio Meade, de la coalición Todos por México, consideró haber recibido un ataque de esta naturaleza y anunció la intención de iniciar un procedimiento legal en contra de un portal de noticias que afirmó: Con Robles y Meade hubo desvíos al estilo Estafa Maestra por 540 mdp en Sedesol, revela Auditoría”. El equipo de Meade consideró injuriosa la presentación de dicha información y envió una carta con un conjunto de aclaraciones a partir de la base de que los datos en poder de la Auditoría Superior no son suficientes para hacer aseveraciones concluyentes de modo que la nota desinforma a la opinión pública y afecta los derechos de su candidato. Hasta ahí, el asunto debe considerarse como una disputa que razonablemente puede ser puesta a consideración de la autoridad que definiría si la información tiene bases para calificarse como lícita o si rebasa los límites de la libertad expresión. Lo preocupante es que una organización como Article 19, con meritorias acciones en defensa de dicha libertad, estime que la sola intención de acudir a un juez para dilucidar la cuestión implique un intento de “inhibir el libre ejercicio periodístico”

Cuestionar la validez de hacer valer un derecho frente a una información periodística puede constituir también un ataque a la libertad de expresión. En un Estado de Derecho, cuya prevalencia exigen las propias organizaciones periodísticas, quienquiera que se sienta dañado por el posible ejercicio ilícito de la libertad —político, empresario, artista o lo que sea— debe tener la posibilidad de reclamar su derecho ante un juez. El periodismo no puede exigir para sí un régimen de impunidad ni solicitar que los posibles afectados renuncien a su derecho. Justamente la existencia de una autoridad que resuelva cuándo se ha rebasado el ámbito lícito del ejercicio informativo es parte de la garantía de libertad de expresión. Particularmente durante las campañas el público debe tener un parámetro para distinguir entre lo que puede ser una crítica periodística incluso intencionada, y el empleo  de instrumentos condenables a los cuales no debe prestarse el periodismo.

El verdadero cuidado de la libre expresión hace indispensable que se difunda toda manifestación sin censura, pero también que sea posible exigir responsabilidad a quien la propala. La imputación de que en este caso se trata de inhibir el ejercicio periodístico no se sostiene, pues la nota ha sido publicada, lo que se pondría a prueba es su justificación en el marco del orden jurídico. Article 19 tiene razón al sostener que los aspirantes a un cargo público están sujetos a un umbral de menor protección a sus derechos de reputación, honor, buen nombre y privacidad, pero es justamente la definición de ese umbral lo que puede establecerse por la vía judicial. A ese expediente ya recurrió Ricardo Anaya, tiene derecho a hacerlo Meade o cualquiera que desee defender su posición por tal vía.

Es cierto que eventualmente el Estado, inclusive a través de su poder judicial, puede llegar a cometer abusos. En todo caso, si esto sucede, siempre habrá la posibilidad de ir al amparo que sigue siendo afortunadamente una garantía de los derechos de todos. Únicamente ante una arbitrariedad manifiesta de la autoridad se justifica la acusación de violación a la libertad de expresión, pero cuando una persona que se siente ofendida va hacer su planteamiento ante un juez, debemos admitir que se trata de un método para preservarla sin condenar de antemano a ninguna de las partes.

eduardoandrade1948@gmail.com

El periodismo es por su propia naturaleza una actividad política, se da en el seno de la polis  —de la sociedad— e incide sobre la vida pública.  Razones políticas vinculadas a la disputa por el poder impulsaron el periodismo de la Ilustración y sigue cumpliendo una función determinante en las relaciones sociales constituyendo un mecanismo de equilibrio y de control de la autoridad al punto de que se le ha denominado el Cuarto Poder. Una prensa libre es condición sine qua non de la vida democrática.

El ejercicio periodístico no puede ser nunca neutral aun cuando busque la máxima objetividad, porque el objeto de la información siempre es interpretado a través de una visión del mundo y los medios en general tienen una línea editorial que les resulta útil para identificase con un público que la comparte.

Durante las campañas el periodismo puede ser incluso militante, ya sea que ataque al adversario ideológico o que defienda las posiciones de los candidatos de su simpatía. Así cumple una importante función para la democracia al informar y orientar, desde su perspectiva, sobre los acontecimientos que ocurren en la batalla electoral.

No obstante, hay un límite que el periodismo debe respetar para no convertirse en instrumento de la guerra sucia en la refriega política, evitando distorsionar un hecho o realizar imputaciones sin la suficiente comprobación. Al respecto, en días pasados la campaña del precandidato José Antonio Meade, de la coalición Todos por México, consideró haber recibido un ataque de esta naturaleza y anunció la intención de iniciar un procedimiento legal en contra de un portal de noticias que afirmó: Con Robles y Meade hubo desvíos al estilo Estafa Maestra por 540 mdp en Sedesol, revela Auditoría”. El equipo de Meade consideró injuriosa la presentación de dicha información y envió una carta con un conjunto de aclaraciones a partir de la base de que los datos en poder de la Auditoría Superior no son suficientes para hacer aseveraciones concluyentes de modo que la nota desinforma a la opinión pública y afecta los derechos de su candidato. Hasta ahí, el asunto debe considerarse como una disputa que razonablemente puede ser puesta a consideración de la autoridad que definiría si la información tiene bases para calificarse como lícita o si rebasa los límites de la libertad expresión. Lo preocupante es que una organización como Article 19, con meritorias acciones en defensa de dicha libertad, estime que la sola intención de acudir a un juez para dilucidar la cuestión implique un intento de “inhibir el libre ejercicio periodístico”

Cuestionar la validez de hacer valer un derecho frente a una información periodística puede constituir también un ataque a la libertad de expresión. En un Estado de Derecho, cuya prevalencia exigen las propias organizaciones periodísticas, quienquiera que se sienta dañado por el posible ejercicio ilícito de la libertad —político, empresario, artista o lo que sea— debe tener la posibilidad de reclamar su derecho ante un juez. El periodismo no puede exigir para sí un régimen de impunidad ni solicitar que los posibles afectados renuncien a su derecho. Justamente la existencia de una autoridad que resuelva cuándo se ha rebasado el ámbito lícito del ejercicio informativo es parte de la garantía de libertad de expresión. Particularmente durante las campañas el público debe tener un parámetro para distinguir entre lo que puede ser una crítica periodística incluso intencionada, y el empleo  de instrumentos condenables a los cuales no debe prestarse el periodismo.

El verdadero cuidado de la libre expresión hace indispensable que se difunda toda manifestación sin censura, pero también que sea posible exigir responsabilidad a quien la propala. La imputación de que en este caso se trata de inhibir el ejercicio periodístico no se sostiene, pues la nota ha sido publicada, lo que se pondría a prueba es su justificación en el marco del orden jurídico. Article 19 tiene razón al sostener que los aspirantes a un cargo público están sujetos a un umbral de menor protección a sus derechos de reputación, honor, buen nombre y privacidad, pero es justamente la definición de ese umbral lo que puede establecerse por la vía judicial. A ese expediente ya recurrió Ricardo Anaya, tiene derecho a hacerlo Meade o cualquiera que desee defender su posición por tal vía.

Es cierto que eventualmente el Estado, inclusive a través de su poder judicial, puede llegar a cometer abusos. En todo caso, si esto sucede, siempre habrá la posibilidad de ir al amparo que sigue siendo afortunadamente una garantía de los derechos de todos. Únicamente ante una arbitrariedad manifiesta de la autoridad se justifica la acusación de violación a la libertad de expresión, pero cuando una persona que se siente ofendida va hacer su planteamiento ante un juez, debemos admitir que se trata de un método para preservarla sin condenar de antemano a ninguna de las partes.

eduardoandrade1948@gmail.com