/ jueves 22 de febrero de 2018

Revisión de apoyos a aspirantes independientes

El día de ayer concluyó la etapa de búsqueda de apoyo para quienes aspiran a tener una candidatura independiente a la Presidencia de la República. Tratándose de la candidatura presidencial, el requisito previsto en la legislación para el apoyo ciudadano consiste en obtener un número mínimo de firmas (866,593) y que éstas cumplan con el criterio de dispersión territorial (1% del listado nominal en por lo menos 17 entidades federativas).

Actualmente, el INE está revisando los apoyos ciudadanos presentados por cada aspirante a la Presidencia y de forma simultánea realiza la fiscalización de los gastos que realizaron.

El incumplimiento a las reglas en ambos casos puede generar la negativa de registro a la candidatura. Para homologar la forma en la búsqueda del apoyo y para garantizar la autenticidad de éste, el INE desarrolló una aplicación (app) para celulares. Si bien en un principio fue criticada por diversas razones (principalmente por mal funcionamiento), hoy está demostrado que su operación fue exitosa.

Garantizó la seguridad de los datos personales de la ciudadanía, permitió generar con rapidez información sobre la validez de los apoyos y significó al INE, frente a experiencias previas, un ahorro cercano a los 100 millones de pesos.

Por lo que hace a la protección de datos, en los lineamientos emitidos por el INE para la verificación del respaldo ciudadano se estableció que una vez enviada la información a través de la app al servidor de la autoridad, la propia aplicación generaba un folio por cada respaldo ciudadano y el sistema emitía un acuse de recibo para el aspirante o al auxiliar de éste. De esta forma, en ningún momento el aspirante o su auxiliar estuvieron en posibilidad de guardar los datos personales de la ciudadanía para fines distintos, puesto que en la app se cifraban éstos y una vez que la información ingresaba al servidor del INE, se borraba todo registro en ella y, en consecuencia, en el celular. Quienes apoyaron a un aspirante, pueden estar tranquilos que los datos están protegidos.

Tratándose de la validez del apoyo, una vez con los datos en el sistema y de acuerdo con los lineamientos referidos, el INE verifica que el documento en que se basa éste sea una fotografía de la credencial para votar, para constatar que se trata del original de una credencial de elector emitida por la autoridad y no de algún otro documento. También hace una validación de los datos generados por la aplicación móvil.

En ese sentido, desde el inicio del procedimiento de obtención de apoyos, el INE determinó que cada uno de éstos debe coincidir necesariamente con el registro que se tiene en la lista nominal de electores. También determinó que no serán válidos los apoyos cuando: El nombre se presente con datos falsos o erróneos; la imagen de la credencial no corresponda con la credencial para votar vigente de la persona que apoya; la fotografía de la credencial aparezca en blanco y negro; quien otorgue el apoyo se encuentre dado de baja de la lista nominal, o bien, no sea localizado en ésta; cuando una misma persona haya otorgado su apoyo a dos aspirantes o más, sólo se computará uno, es decir, sólo se contabilizará la primera que sea recibida por el INE, siempre y cuando la o el aspirante haya alcanzado el número mínimo de apoyo ciudadano exigido por la Ley.

Derivado de ese procedimiento de validación, el INE ha detectado una serie de conductas fraudulentas por parte de aspirantes que no son aceptables en una democracia y deben ser sancionadas con severidad. A partir de la verificación de autenticidad del apoyo, la autoridad ha conocido de las siguientes conductas: a) falta de firma del apoyo, b) fotografía de fotocopias de credencial para votar, c) fotografía de documento inválido, ya sea por capturar la imagen de dos anversos, dos reversos de la credencial para votar, o bien, anverso y reverso de otra identificación, d) fotografía de la credencial del INE tomada de una pantalla o monitor y e) simulación de credencial para votar, es decir, plantilla o formato donde se colocan los datos necesarios para que éstos sean extraídos por la aplicación.

A la fecha, el INE ha constatado que de 64 aspirantes a una diputación independiente que presuntamente habían cumplido el requisito de apoyo ciudadano, 23 realizaron conductas fraudulentas. Tratándose de quienes aspiran a ser registrado a una Senaduria, de 9 solo 2 trataron de engañar a la autoridad.

Espero que quienes aspiren a la candidatura independiente a Presidente no tengan irregularidades ni hayan cometido ese tipo de acciones. La revisión es obligatoria por el INE. Sus resultados deben ser claros y oportunamente difundidos a la ciudadanía. El dilema para la autoridad será complejo si se detectan conductas fraudulentas y se cumple con el requisito. ¿Quién quiere una opción en la boleta, cuya candidatura sea producto de engaños a la autoridad y a la ciudadanía? Creo que la respuesta aplicaría también a los partidos políticos o coaliciones.

Asesor del Consejero Presidente del INE @ebuendiaz

El día de ayer concluyó la etapa de búsqueda de apoyo para quienes aspiran a tener una candidatura independiente a la Presidencia de la República. Tratándose de la candidatura presidencial, el requisito previsto en la legislación para el apoyo ciudadano consiste en obtener un número mínimo de firmas (866,593) y que éstas cumplan con el criterio de dispersión territorial (1% del listado nominal en por lo menos 17 entidades federativas).

Actualmente, el INE está revisando los apoyos ciudadanos presentados por cada aspirante a la Presidencia y de forma simultánea realiza la fiscalización de los gastos que realizaron.

El incumplimiento a las reglas en ambos casos puede generar la negativa de registro a la candidatura. Para homologar la forma en la búsqueda del apoyo y para garantizar la autenticidad de éste, el INE desarrolló una aplicación (app) para celulares. Si bien en un principio fue criticada por diversas razones (principalmente por mal funcionamiento), hoy está demostrado que su operación fue exitosa.

Garantizó la seguridad de los datos personales de la ciudadanía, permitió generar con rapidez información sobre la validez de los apoyos y significó al INE, frente a experiencias previas, un ahorro cercano a los 100 millones de pesos.

Por lo que hace a la protección de datos, en los lineamientos emitidos por el INE para la verificación del respaldo ciudadano se estableció que una vez enviada la información a través de la app al servidor de la autoridad, la propia aplicación generaba un folio por cada respaldo ciudadano y el sistema emitía un acuse de recibo para el aspirante o al auxiliar de éste. De esta forma, en ningún momento el aspirante o su auxiliar estuvieron en posibilidad de guardar los datos personales de la ciudadanía para fines distintos, puesto que en la app se cifraban éstos y una vez que la información ingresaba al servidor del INE, se borraba todo registro en ella y, en consecuencia, en el celular. Quienes apoyaron a un aspirante, pueden estar tranquilos que los datos están protegidos.

Tratándose de la validez del apoyo, una vez con los datos en el sistema y de acuerdo con los lineamientos referidos, el INE verifica que el documento en que se basa éste sea una fotografía de la credencial para votar, para constatar que se trata del original de una credencial de elector emitida por la autoridad y no de algún otro documento. También hace una validación de los datos generados por la aplicación móvil.

En ese sentido, desde el inicio del procedimiento de obtención de apoyos, el INE determinó que cada uno de éstos debe coincidir necesariamente con el registro que se tiene en la lista nominal de electores. También determinó que no serán válidos los apoyos cuando: El nombre se presente con datos falsos o erróneos; la imagen de la credencial no corresponda con la credencial para votar vigente de la persona que apoya; la fotografía de la credencial aparezca en blanco y negro; quien otorgue el apoyo se encuentre dado de baja de la lista nominal, o bien, no sea localizado en ésta; cuando una misma persona haya otorgado su apoyo a dos aspirantes o más, sólo se computará uno, es decir, sólo se contabilizará la primera que sea recibida por el INE, siempre y cuando la o el aspirante haya alcanzado el número mínimo de apoyo ciudadano exigido por la Ley.

Derivado de ese procedimiento de validación, el INE ha detectado una serie de conductas fraudulentas por parte de aspirantes que no son aceptables en una democracia y deben ser sancionadas con severidad. A partir de la verificación de autenticidad del apoyo, la autoridad ha conocido de las siguientes conductas: a) falta de firma del apoyo, b) fotografía de fotocopias de credencial para votar, c) fotografía de documento inválido, ya sea por capturar la imagen de dos anversos, dos reversos de la credencial para votar, o bien, anverso y reverso de otra identificación, d) fotografía de la credencial del INE tomada de una pantalla o monitor y e) simulación de credencial para votar, es decir, plantilla o formato donde se colocan los datos necesarios para que éstos sean extraídos por la aplicación.

A la fecha, el INE ha constatado que de 64 aspirantes a una diputación independiente que presuntamente habían cumplido el requisito de apoyo ciudadano, 23 realizaron conductas fraudulentas. Tratándose de quienes aspiran a ser registrado a una Senaduria, de 9 solo 2 trataron de engañar a la autoridad.

Espero que quienes aspiren a la candidatura independiente a Presidente no tengan irregularidades ni hayan cometido ese tipo de acciones. La revisión es obligatoria por el INE. Sus resultados deben ser claros y oportunamente difundidos a la ciudadanía. El dilema para la autoridad será complejo si se detectan conductas fraudulentas y se cumple con el requisito. ¿Quién quiere una opción en la boleta, cuya candidatura sea producto de engaños a la autoridad y a la ciudadanía? Creo que la respuesta aplicaría también a los partidos políticos o coaliciones.

Asesor del Consejero Presidente del INE @ebuendiaz