/ jueves 17 de marzo de 2022

Revocación de mandato en México 

El 10 de abril de 2022 tendrá lugar en nuestro país la primera consulta sobre la revocación de mandato del presidente de la República. Esta figura de democracia directa, en la cual participa el pueblo (soberanía popular) es, en sentido amplio, un procedimiento que permite a la ciudadanía destituir, por medio del sufragio universal y directo, a una autoridad política, persona gobernante o funcionaria pública electa.

En el Congreso de la Unión se construyeron los consensos necesarios para dar al electorado un marco normativo para este ejercicio democrático. Ello quedó regulado en la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada el 14 de septiembre de 2021.

El artículo primero de esa normativa dice a la letra: “La presente Ley es reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato del titular de la Presidencia de la República”.

La revocación de mandato es un mecanismo para dar cumplimiento a lo estipulado, entre otros, en el artículo 39 constitucional, que señala: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.

Sin duda, la materialización jurídica de la revocación de mandato es el resultado de un compromiso cada vez mayor con la democracia y su fortalecimiento, para que todas y todos podamos determinar, en libertad, si el presidente de la República concluye o no el mandato para el cual fue electo, en este caso, 2018-2024.

No sólo es la primera vez que en México un presidente pone a disposición del pueblo la continuidad de su cargo, sino que la figura de la revocación sentará un precedente democrático para que nadie se sienta absoluto en el poder, como lo ha expresado el propio titular del Ejecutivo federal.

El presidente López Obrador ha señalado que, incluso si no se alcanza el 40 por ciento de la votación requerida para que el ejercicio sea vinculatorio, él dejará su cargo, si la mayoría ciudadana que acuda a las urnas no le otorga la confianza para continuar como primer mandatario.

Lo anterior significa que, por ejemplo, si se obtiene una participación ciudadana total del 39 por ciento dentro de la cual una mayoría (por ejemplo, un 51 por ciento) se pronuncia por el cambio, y una minoría (como el 49 por ciento) por su continuidad, él presidente dejará su responsabilidad como jefe de Estado y de Gobierno.

La democracia participativa implica, entre otros aspectos, que la soberanía popular decida si una persona gobernante ha cumplido o no con los compromisos ofrecidos o con las expectativas que de ella se esperan. Además, la revocación de mandato es el vector que permitirá dar cauce a las demandas ciudadanas por la vía institucional y democrática, sin obviar que un gobierno con un respaldo mayoritario contará con la legitimidad y fortaleza renovadas para continuar las políticas o cambios que la población reclama.

Otras ventajas que este mecanismo ofrece son que la persona gobernante debe mantener cercanía con la sociedad, para escuchar sus necesidades; permite al pueblo influir en el proceso de toma de decisiones, por medio de la ratificación o no, en este caso, del titular del Ejecutivo federal; las y los ciudadanos tenderán a estar informados respecto a las acciones que lleve a cabo el Gobierno; también permite acrecentar el sentido de responsabilidad de las y los servidores públicos, como el presidente de la República, ya que estará sujeto a dicho procedimiento cada determinado tiempo, si la soberanía popular así lo determina; es igualmente un proceso que fortalece al sistema representativo, toda vez que, al juzgar las decisiones del Gobierno, encarnado en el primer mandatario, éste deberá apegarse a las expectativas ciudadanas, so pena de ser defenestrado del poder.

En este contexto, la revocación de mandato revigoriza los principios democráticos de rendición de cuentas, soberanía popular, sufragio universal y directo, información, representación y participación políticas en nuestro país.

ricardomonreala@yahoo.com.mx

Twitter y Facebook: @RicardoMonrealA


El 10 de abril de 2022 tendrá lugar en nuestro país la primera consulta sobre la revocación de mandato del presidente de la República. Esta figura de democracia directa, en la cual participa el pueblo (soberanía popular) es, en sentido amplio, un procedimiento que permite a la ciudadanía destituir, por medio del sufragio universal y directo, a una autoridad política, persona gobernante o funcionaria pública electa.

En el Congreso de la Unión se construyeron los consensos necesarios para dar al electorado un marco normativo para este ejercicio democrático. Ello quedó regulado en la Ley Federal de Revocación de Mandato, publicada el 14 de septiembre de 2021.

El artículo primero de esa normativa dice a la letra: “La presente Ley es reglamentaria de la fracción IX del artículo 35 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de revocación de mandato del titular de la Presidencia de la República”.

La revocación de mandato es un mecanismo para dar cumplimiento a lo estipulado, entre otros, en el artículo 39 constitucional, que señala: “La soberanía nacional reside esencial y originariamente en el pueblo. Todo poder público dimana del pueblo y se instituye para beneficio de éste. El pueblo tiene en todo tiempo el inalienable derecho de alterar o modificar la forma de su gobierno”.

Sin duda, la materialización jurídica de la revocación de mandato es el resultado de un compromiso cada vez mayor con la democracia y su fortalecimiento, para que todas y todos podamos determinar, en libertad, si el presidente de la República concluye o no el mandato para el cual fue electo, en este caso, 2018-2024.

No sólo es la primera vez que en México un presidente pone a disposición del pueblo la continuidad de su cargo, sino que la figura de la revocación sentará un precedente democrático para que nadie se sienta absoluto en el poder, como lo ha expresado el propio titular del Ejecutivo federal.

El presidente López Obrador ha señalado que, incluso si no se alcanza el 40 por ciento de la votación requerida para que el ejercicio sea vinculatorio, él dejará su cargo, si la mayoría ciudadana que acuda a las urnas no le otorga la confianza para continuar como primer mandatario.

Lo anterior significa que, por ejemplo, si se obtiene una participación ciudadana total del 39 por ciento dentro de la cual una mayoría (por ejemplo, un 51 por ciento) se pronuncia por el cambio, y una minoría (como el 49 por ciento) por su continuidad, él presidente dejará su responsabilidad como jefe de Estado y de Gobierno.

La democracia participativa implica, entre otros aspectos, que la soberanía popular decida si una persona gobernante ha cumplido o no con los compromisos ofrecidos o con las expectativas que de ella se esperan. Además, la revocación de mandato es el vector que permitirá dar cauce a las demandas ciudadanas por la vía institucional y democrática, sin obviar que un gobierno con un respaldo mayoritario contará con la legitimidad y fortaleza renovadas para continuar las políticas o cambios que la población reclama.

Otras ventajas que este mecanismo ofrece son que la persona gobernante debe mantener cercanía con la sociedad, para escuchar sus necesidades; permite al pueblo influir en el proceso de toma de decisiones, por medio de la ratificación o no, en este caso, del titular del Ejecutivo federal; las y los ciudadanos tenderán a estar informados respecto a las acciones que lleve a cabo el Gobierno; también permite acrecentar el sentido de responsabilidad de las y los servidores públicos, como el presidente de la República, ya que estará sujeto a dicho procedimiento cada determinado tiempo, si la soberanía popular así lo determina; es igualmente un proceso que fortalece al sistema representativo, toda vez que, al juzgar las decisiones del Gobierno, encarnado en el primer mandatario, éste deberá apegarse a las expectativas ciudadanas, so pena de ser defenestrado del poder.

En este contexto, la revocación de mandato revigoriza los principios democráticos de rendición de cuentas, soberanía popular, sufragio universal y directo, información, representación y participación políticas en nuestro país.

ricardomonreala@yahoo.com.mx

Twitter y Facebook: @RicardoMonrealA