/ miércoles 23 de septiembre de 2020

¿Sabes que hacer en caso de que te roben tu vehículo?

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) define al robo total de vehículo, como aquel delito contra el patrimonio, consistente en el apoderamiento de un vehículo automotor (vehículo, camioneta, camión) sin consentimiento del dueño.

Conforme el último reporte emitido por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), de julio 2019 a junio 2020 se registró el robo de 77,206 unidades a nivel nacional.

El Estado de México es la entidad con mayor número de unidades aseguradas robadas con 21,908 unidades,mientras que Jalisco se sitúa en segunda

posición con 11,879 unidades, y la Ciudad de México ocupa el tercer lugar con 8,817 unidades.

No obstante, el número tan alto de robo de vehículos, no se le ha dado la debida difusión a los requisitos que las aseguradoras solicitan previo a la realización de la denuncia ante la Fiscalía General de Justicia de la entidad donde se suscite el siniestro, esto con la finalidad de poder hacer efectivo el seguro del vehículo, siendo precisamente el levantar diversos reportes vía telefónica a los números siguientes:

1.- 911 (Número Único de llamadas de Emergencia).

2.- 088 (Centro de Atención Ciudadana de la Policía Federal).

3.- 555658 1111 (LOCATEL).

Cabe mencionar que, para poder realizar los reportes

telefónicos mencionados, se deben precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la realización del ilícito, pero además se le pedirá al asegurado o denunciante, datos particulares del vehículo como son número de serie y número de motor, siendo común que el denunciante no cuente con los datos vehiculares en el momento en que ocurre el robo, por ello, los reportes telefónicos regularmente se realizan con posterioridad al hecho lo que trae como consecuencia que la denuncia puede retardarse en perjuicio del afectado.

Pero una vez que se realicen los reportes telefónicos referidos, se le proporcionará al denunciante un número de folio por cada reporte, mismos que le serán requeridos al momento de realizar la denuncia ante la Fiscalía General de Justicia correspondiente.

Se destaca el hecho de que los reportes telefónicos, no son denuncias ante una autoridad, son reportes de incidentes de emergencias con base en la percepción que sobre el evento tiene la persona que realiza la llamada, además de generarse información estadística y geográfica de la gestión y desempeño de las instituciones que integran a la PGJ o FG de cada entidad federativa.

De tal manera, resultaría favorable que las aseguradoras informarán de manera puntual a quien contrate un seguro contra robo de vehículos los requisitos previos a la

denuncia ante la Fiscalía General correspondiente, para que tomen las precauciones debidas en caso de que ocurra este tipo de siniestros.

Así es el Derecho.

El Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) define al robo total de vehículo, como aquel delito contra el patrimonio, consistente en el apoderamiento de un vehículo automotor (vehículo, camioneta, camión) sin consentimiento del dueño.

Conforme el último reporte emitido por la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), de julio 2019 a junio 2020 se registró el robo de 77,206 unidades a nivel nacional.

El Estado de México es la entidad con mayor número de unidades aseguradas robadas con 21,908 unidades,mientras que Jalisco se sitúa en segunda

posición con 11,879 unidades, y la Ciudad de México ocupa el tercer lugar con 8,817 unidades.

No obstante, el número tan alto de robo de vehículos, no se le ha dado la debida difusión a los requisitos que las aseguradoras solicitan previo a la realización de la denuncia ante la Fiscalía General de Justicia de la entidad donde se suscite el siniestro, esto con la finalidad de poder hacer efectivo el seguro del vehículo, siendo precisamente el levantar diversos reportes vía telefónica a los números siguientes:

1.- 911 (Número Único de llamadas de Emergencia).

2.- 088 (Centro de Atención Ciudadana de la Policía Federal).

3.- 555658 1111 (LOCATEL).

Cabe mencionar que, para poder realizar los reportes

telefónicos mencionados, se deben precisar las circunstancias de modo, tiempo y lugar de la realización del ilícito, pero además se le pedirá al asegurado o denunciante, datos particulares del vehículo como son número de serie y número de motor, siendo común que el denunciante no cuente con los datos vehiculares en el momento en que ocurre el robo, por ello, los reportes telefónicos regularmente se realizan con posterioridad al hecho lo que trae como consecuencia que la denuncia puede retardarse en perjuicio del afectado.

Pero una vez que se realicen los reportes telefónicos referidos, se le proporcionará al denunciante un número de folio por cada reporte, mismos que le serán requeridos al momento de realizar la denuncia ante la Fiscalía General de Justicia correspondiente.

Se destaca el hecho de que los reportes telefónicos, no son denuncias ante una autoridad, son reportes de incidentes de emergencias con base en la percepción que sobre el evento tiene la persona que realiza la llamada, además de generarse información estadística y geográfica de la gestión y desempeño de las instituciones que integran a la PGJ o FG de cada entidad federativa.

De tal manera, resultaría favorable que las aseguradoras informarán de manera puntual a quien contrate un seguro contra robo de vehículos los requisitos previos a la

denuncia ante la Fiscalía General correspondiente, para que tomen las precauciones debidas en caso de que ocurra este tipo de siniestros.

Así es el Derecho.