/ martes 27 de abril de 2021

Sala de Espera | ¿Estado de Derecho?

El presidente de la república dio ayer en la mañana una nueva orden y con ella un nuevo golpe a la división de poderes, cuya conclusión inmediata será una flagrante violación la Constitución, y a la larga -si el experimento camina políticamente- será la eliminación del voto popular como método para elegir al titular del poder Ejecutivo federal.

Ayer, el presidente advirtió que si los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no aprueban el sorpresivo artículo transitorio del decreto la ley que reforma al Poder Judicial, que amplía en dos años la presidencia del ministro Arturo Zaldívar, serán parte de la corrupción.

En otras palabras, cualquier de los diez ministros restantes que no acatan la orden presidencial de violar la Constitución serán corruptos y por segunda vez los identificó como ineptos ya que reiteró que el único ministro capaz de aplicar esas reformas es Arturo Zaldívar.

Ya son muchos los juristas, abogados, legisladores y analistas que han explicado profusamente por que el mencionado artículo transitorio viola el contendido de los artículos 97 y 100 constitucionales en lo relativo a la duración de los encargos del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y de los miembros del Consejo de la Judicatura Federal.

Sencillo, con lógica simple: se trata de plazos constitucionales para la duración de esos encargos, como lo son otros plazos constitucionales que limitan los años en otros cargos como el de presidente de la República (6), senadores (6) y diputados federales (3), entre otros.

Y no se trata de decir que las leyes, incluida la Constitución, son inmutables, intocables o perpetuas. No, tan son modificables que la propia Constitución prevé el modo para ser reformada. Otras vez sencillo: para reformar la Constitución se requiere de una reforma constitucional. El respeto a las leyes y especialmente a la Constitución es lo que crea y sostiene el Estado de derecho.

Ya se explicó aquí: una reforma constitucional requiere de una iniciativa aprobada por mayoría calificado en la Cámara de Diputados, en el Senado y en la mitad más uno de los Congresos estatales. Tal vez el presidente y sus asesores jurídico hicieron cálculos sobre la mayoría en el Congreso de la Unión y creyeron que podrían hacerla, pero no estuvieron seguros de que eso ocurriría en los Congresos locales.

Y luego del chantaje-amenaza presidencial a los otros diez ministros de la Corte, es probable que estén suponiendo que ahí encuentren el mayor escollo a la decisión de ampliar el plazo de Zaldívar, único capaz de hacer la reforma del Poder Judicial, según determinó el titular de Poder Ejecutivo.

Se ha opinado sobre que esta “reforma constitucional” es un “experimento político” para sentar precedente y así también ampliar el actual plazo de gobierno del presidente de la república, más allá del 2024. Es probable. Lo que ya ocurrió es la intromisión del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial, y la ruptura del Estado de derecho por parte de Poder Legislativo al aprobar ese artículo transitorio. Y la única instancia que puede acabar con toda esta insensatez es el hoy chantajeado y amenazado pleno de la SCJN, siempre y cuando se inicie un recurso de inconstitucionalidad, que no se ha presentado, a riesgo de que sus integrantes sean calificados de corruptos.

El presidente de la república dio ayer en la mañana una nueva orden y con ella un nuevo golpe a la división de poderes, cuya conclusión inmediata será una flagrante violación la Constitución, y a la larga -si el experimento camina políticamente- será la eliminación del voto popular como método para elegir al titular del poder Ejecutivo federal.

Ayer, el presidente advirtió que si los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no aprueban el sorpresivo artículo transitorio del decreto la ley que reforma al Poder Judicial, que amplía en dos años la presidencia del ministro Arturo Zaldívar, serán parte de la corrupción.

En otras palabras, cualquier de los diez ministros restantes que no acatan la orden presidencial de violar la Constitución serán corruptos y por segunda vez los identificó como ineptos ya que reiteró que el único ministro capaz de aplicar esas reformas es Arturo Zaldívar.

Ya son muchos los juristas, abogados, legisladores y analistas que han explicado profusamente por que el mencionado artículo transitorio viola el contendido de los artículos 97 y 100 constitucionales en lo relativo a la duración de los encargos del presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) y de los miembros del Consejo de la Judicatura Federal.

Sencillo, con lógica simple: se trata de plazos constitucionales para la duración de esos encargos, como lo son otros plazos constitucionales que limitan los años en otros cargos como el de presidente de la República (6), senadores (6) y diputados federales (3), entre otros.

Y no se trata de decir que las leyes, incluida la Constitución, son inmutables, intocables o perpetuas. No, tan son modificables que la propia Constitución prevé el modo para ser reformada. Otras vez sencillo: para reformar la Constitución se requiere de una reforma constitucional. El respeto a las leyes y especialmente a la Constitución es lo que crea y sostiene el Estado de derecho.

Ya se explicó aquí: una reforma constitucional requiere de una iniciativa aprobada por mayoría calificado en la Cámara de Diputados, en el Senado y en la mitad más uno de los Congresos estatales. Tal vez el presidente y sus asesores jurídico hicieron cálculos sobre la mayoría en el Congreso de la Unión y creyeron que podrían hacerla, pero no estuvieron seguros de que eso ocurriría en los Congresos locales.

Y luego del chantaje-amenaza presidencial a los otros diez ministros de la Corte, es probable que estén suponiendo que ahí encuentren el mayor escollo a la decisión de ampliar el plazo de Zaldívar, único capaz de hacer la reforma del Poder Judicial, según determinó el titular de Poder Ejecutivo.

Se ha opinado sobre que esta “reforma constitucional” es un “experimento político” para sentar precedente y así también ampliar el actual plazo de gobierno del presidente de la república, más allá del 2024. Es probable. Lo que ya ocurrió es la intromisión del Poder Ejecutivo en el Poder Judicial, y la ruptura del Estado de derecho por parte de Poder Legislativo al aprobar ese artículo transitorio. Y la única instancia que puede acabar con toda esta insensatez es el hoy chantajeado y amenazado pleno de la SCJN, siempre y cuando se inicie un recurso de inconstitucionalidad, que no se ha presentado, a riesgo de que sus integrantes sean calificados de corruptos.