/ viernes 9 de agosto de 2019

Sobre el financiamiento público de los partidos políticos

El martes pasado la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE aprobó la propuesta de financiamiento público que, por mandato constitucional, deberán recibir los partidos políticos en el año 2020. El monto total que en próximos días será analizado y, en su caso aprobado por el Consejo General del INE, asciende a 5 mil 239 millones mil 651 pesos. La cifra se integra por los siguientes rubros: actividades ordinarias, actividades específicas, franquicias postales y telegráficas.

El partido político que recibirá mayor cantidad de recursos públicos será MORENA con más de 1, 700 millones. Le siguen el PAN con más de 950 millones de pesos, el PRI con una cantidad superior a los 896 millones de pesos y el PRD recibirá más de 445 millones. El PVEM, MC y el PT recibirán alrededor de 426, 411 y 391 millones de pesos, respectivamente. Dichas cifras pueden tener alguna variación, en caso de que alguna organización de ciudadanos obtenga el registro ante la autoridad como nuevo partido político.

Como ocurre cada año que se presentan las cifras que corresponden a la asignación de financiamiento público de los partidos políticos inicia una discusión sobre si el monto de recursos estatales que les será entregado es excesivo o no. También se critica al INE por proponer tales cantidades y aprobarlas.

Sobre este último aspecto debo señalar que quien hace esos reproches a la autoridad parte de una premisa incorrecta y, en consecuencia, sus argumentos son equivocados. Digámoslo en pocas palabras: no maten al mensajero. El INE no decide las cantidades que deben ser repartidas a los partidos políticos. Es la Constitución en su artículo 41 la que establece la fórmula que determina los montos y la ley obliga al INE a asignarlos. De ahí que la crítica deba dirigirse a las y los legisladores y a los propios partidos políticos.

La fórmula de asignación de financiamiento público se encuentra redactada en la Constitución de la siguiente manera: El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el sesenta y cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Tratándose del rubro de actividades específicas, la Constitución señala que éste equivale al 3% del financiamiento que corresponda en cada año por actividades ordinarias. El objetivo de su entrega es para desarrollar actividades relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales.

De ahí que no se trate de una decisión discrecional del INE. Es mero cumplimiento de lo que establece el máximo ordenamiento jurídico del país. Por ello resulta sorprendente, incluso irresponsable, que haya legisladores que criticaron en redes sociales la actuación del Instituto. En ese caso, lo verdaderamente reprochable es que esos representantes populares no conozcan lo que establece la Constitución y que todavía exijan que la autoridad electoral deje de cumplir lo que la ley ordena.

Ahora bien, si la discusión se centra en lo elevado de los montos que recibirán los partidos políticos hay que darle una nueva bienvenida, pues ésta se ha vuelto una constante en el debate público, académico y parlamentario. De hecho, en la última década se han presentado diversas iniciativas de reforma constitucional que proponen reducir el financiamiento público de los partidos políticos, incluso al extremo de eliminarlo.

Más allá de la validez de los argumentos que sustentan las propuestas, es importante considerar el financiamiento público fue pensado para garantizar el cumplimiento de los fines que tienen constitucionalmente y para generar condiciones de equidad en la contienda por el poder. También para blindar que la política no fuera financiada por otro tipo de fuentes.

Ejemplo de ello es que por cada rubro de financiamiento (actividades ordinarias y específicas), los partidos reciben de forma igualitaria un 30% y el 70% restante es proporcional a su fuerza electoral obtenida en la última elección de diputados. De esta forma, todos cuentan con un piso mínimo de recursos que les permite ser una opción a la ciudadanía para la conducción del gobierno. Una disminución irreflexiva puede generar la imposibilidad de funcionamiento e, incluso, la desaparición de alguno de ellos.

En el Congreso, que es donde debe darse la discusión y tomar la decisión respectiva, deben valorarse las razones de la existencia del financiamiento público para los partidos políticos. Nadie puede estar en contra de una lógica de racionalidad en el uso de los recursos públicos, sin embargo, cualquier decisión que se tome en democracia, debe asegurar y promover la existencia del pluralismo político. La pregunta es si el ahorro realmente lo garantiza. A lo mejor puede salirnos más caro.


*Jefe de la oficina de la Presidencia del Consejo General del INE.

El martes pasado la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del INE aprobó la propuesta de financiamiento público que, por mandato constitucional, deberán recibir los partidos políticos en el año 2020. El monto total que en próximos días será analizado y, en su caso aprobado por el Consejo General del INE, asciende a 5 mil 239 millones mil 651 pesos. La cifra se integra por los siguientes rubros: actividades ordinarias, actividades específicas, franquicias postales y telegráficas.

El partido político que recibirá mayor cantidad de recursos públicos será MORENA con más de 1, 700 millones. Le siguen el PAN con más de 950 millones de pesos, el PRI con una cantidad superior a los 896 millones de pesos y el PRD recibirá más de 445 millones. El PVEM, MC y el PT recibirán alrededor de 426, 411 y 391 millones de pesos, respectivamente. Dichas cifras pueden tener alguna variación, en caso de que alguna organización de ciudadanos obtenga el registro ante la autoridad como nuevo partido político.

Como ocurre cada año que se presentan las cifras que corresponden a la asignación de financiamiento público de los partidos políticos inicia una discusión sobre si el monto de recursos estatales que les será entregado es excesivo o no. También se critica al INE por proponer tales cantidades y aprobarlas.

Sobre este último aspecto debo señalar que quien hace esos reproches a la autoridad parte de una premisa incorrecta y, en consecuencia, sus argumentos son equivocados. Digámoslo en pocas palabras: no maten al mensajero. El INE no decide las cantidades que deben ser repartidas a los partidos políticos. Es la Constitución en su artículo 41 la que establece la fórmula que determina los montos y la ley obliga al INE a asignarlos. De ahí que la crítica deba dirigirse a las y los legisladores y a los propios partidos políticos.

La fórmula de asignación de financiamiento público se encuentra redactada en la Constitución de la siguiente manera: El financiamiento público para el sostenimiento de sus actividades ordinarias permanentes se fijará anualmente, multiplicando el número total de ciudadanos inscritos en el padrón electoral por el sesenta y cinco por ciento del valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

Tratándose del rubro de actividades específicas, la Constitución señala que éste equivale al 3% del financiamiento que corresponda en cada año por actividades ordinarias. El objetivo de su entrega es para desarrollar actividades relativas a la educación, capacitación, investigación socioeconómica y política, así como a las tareas editoriales.

De ahí que no se trate de una decisión discrecional del INE. Es mero cumplimiento de lo que establece el máximo ordenamiento jurídico del país. Por ello resulta sorprendente, incluso irresponsable, que haya legisladores que criticaron en redes sociales la actuación del Instituto. En ese caso, lo verdaderamente reprochable es que esos representantes populares no conozcan lo que establece la Constitución y que todavía exijan que la autoridad electoral deje de cumplir lo que la ley ordena.

Ahora bien, si la discusión se centra en lo elevado de los montos que recibirán los partidos políticos hay que darle una nueva bienvenida, pues ésta se ha vuelto una constante en el debate público, académico y parlamentario. De hecho, en la última década se han presentado diversas iniciativas de reforma constitucional que proponen reducir el financiamiento público de los partidos políticos, incluso al extremo de eliminarlo.

Más allá de la validez de los argumentos que sustentan las propuestas, es importante considerar el financiamiento público fue pensado para garantizar el cumplimiento de los fines que tienen constitucionalmente y para generar condiciones de equidad en la contienda por el poder. También para blindar que la política no fuera financiada por otro tipo de fuentes.

Ejemplo de ello es que por cada rubro de financiamiento (actividades ordinarias y específicas), los partidos reciben de forma igualitaria un 30% y el 70% restante es proporcional a su fuerza electoral obtenida en la última elección de diputados. De esta forma, todos cuentan con un piso mínimo de recursos que les permite ser una opción a la ciudadanía para la conducción del gobierno. Una disminución irreflexiva puede generar la imposibilidad de funcionamiento e, incluso, la desaparición de alguno de ellos.

En el Congreso, que es donde debe darse la discusión y tomar la decisión respectiva, deben valorarse las razones de la existencia del financiamiento público para los partidos políticos. Nadie puede estar en contra de una lógica de racionalidad en el uso de los recursos públicos, sin embargo, cualquier decisión que se tome en democracia, debe asegurar y promover la existencia del pluralismo político. La pregunta es si el ahorro realmente lo garantiza. A lo mejor puede salirnos más caro.


*Jefe de la oficina de la Presidencia del Consejo General del INE.