/ domingo 31 de julio de 2022

Telarañas Digitales  | La inviolabilidad del domicilio virtual 

A la memoria de Fenia Katzman de Gorn, mi abuela

Boris Berenzon Gorn

Los derechos a la existencia, la identidad y al domicilio, están en la base de nuestros sistemas jurídicos. El domicilio es el espacio de lo privado, es mucho más que un lugar físico: transmite al individuo y a la familia seguridad y bienestar al tiempo que les otorga un lugar en el mundo, coordenadas de encuentro para la existencia. El derecho al domicilio implica su inviolabilidad, está protegido por el Estado y supone el derecho a la privacidad.

En el mundo virtual, el individuo cuenta con diversos espacios que pueden ser considerados análogos al domicilio físico. Por un lado, está la dirección de correo electrónico, que permite formalmente la comunicación y otorga una presencia permanente en la red. La información almacenada por el usuario es, o debería ser, confidencial. Hoy en día, es común que a los servicios de correo electrónico se añada un espacio de almacenamiento en la nube, cuyos archivos también son propiedad suya y deben ser protegidos. La mayoría de los servicios, como Dropbox o Google Drive, permiten establecer una verificación en dos pasos y con base en el rastreo de la dirección IP avisan al usuario sobre posibles violaciones.

También en las redes sociales los cibernautas construyen espacios análogos al domicilio: sus perfiles. Ahí comparten información con las personas que desean hacerlo, pues los controles de privacidad otorgan diferentes opciones para que el contenido alcance únicamente a ciertos usuarios o, si así se desea, que sea expuesto a toda la red. Las redes sociales permiten enviar mensajes directos para sostener conversaciones privadas, y sus servicios también pueden configurarse para que sea posible recibir mensajes de todo público o de sectores específicos. Por todo esto, puede inferirse que la información que el usuario almacena en sus cuentas tiene un alto valor.

Sin embargo, la inviolabilidad del domicilio virtual tiene que, como en el mundo real, lidiar con la inseguridad. Cada vez son más comunes los fraudes para vaciar cuentas bancarias, el robo de identidad y su empleo para la extorsión, el robo de cuentas para convertirlas en bots, entre otras circunstancias que ponen en peligro al usuario. Si bien, los servicios de correo electrónico son por lo general sumamente seguros, no ocurre lo mismo con las cuentas en redes sociales, sobre todo por la falta de precaución del usuario que al no completar sus datos de respaldo—como correo electrónico, sus dispositivos autorizados o número telefónico—puede perder el acceso con relativa facilidad.

Aunado a ello, ante las denuncias por infracción de las normas comunitarias las cuentas pueden ser suspendidas o borradas definitivamente. Si bien, esto permite evitar la promoción de contenido nocivo, también suele ser usado para inactivar a personas que piensan diferente y promovido por influenciadores; así como promover el odio, la discriminación y el acoso virtual. Aunque las plataformas están trabajando duro para distinguir de cada caso, aún queda mucho por hacer.

En nuestros días parece que nadie se atrevería a afirmar que el contenido digital no tiene valor. Por el contrario, en el mundo virtual también contamos con domicilios donde almacenamos información valiosa: fotografías, videos, conversaciones con seres queridos, documentos oficiales, música, listas de contactos, cuentas bancarias y un largo etcétera; contenido cuya propiedad está, o debería estar, a salvo en nuestro espacio virtual. La seguridad es en buena parte un compromiso que las plataformas deben garantizar, pero como usuarios, es conveniente no desatender las configuraciones de seguridad, mantener a salvo y respaldada la información sensible, así como cambiar las contraseñas de manera más o menos constante. Es necesario proteger el espacio virtual tal y como protegemos nuestros hogares.

A la memoria de Fenia Katzman de Gorn, mi abuela

Boris Berenzon Gorn

Los derechos a la existencia, la identidad y al domicilio, están en la base de nuestros sistemas jurídicos. El domicilio es el espacio de lo privado, es mucho más que un lugar físico: transmite al individuo y a la familia seguridad y bienestar al tiempo que les otorga un lugar en el mundo, coordenadas de encuentro para la existencia. El derecho al domicilio implica su inviolabilidad, está protegido por el Estado y supone el derecho a la privacidad.

En el mundo virtual, el individuo cuenta con diversos espacios que pueden ser considerados análogos al domicilio físico. Por un lado, está la dirección de correo electrónico, que permite formalmente la comunicación y otorga una presencia permanente en la red. La información almacenada por el usuario es, o debería ser, confidencial. Hoy en día, es común que a los servicios de correo electrónico se añada un espacio de almacenamiento en la nube, cuyos archivos también son propiedad suya y deben ser protegidos. La mayoría de los servicios, como Dropbox o Google Drive, permiten establecer una verificación en dos pasos y con base en el rastreo de la dirección IP avisan al usuario sobre posibles violaciones.

También en las redes sociales los cibernautas construyen espacios análogos al domicilio: sus perfiles. Ahí comparten información con las personas que desean hacerlo, pues los controles de privacidad otorgan diferentes opciones para que el contenido alcance únicamente a ciertos usuarios o, si así se desea, que sea expuesto a toda la red. Las redes sociales permiten enviar mensajes directos para sostener conversaciones privadas, y sus servicios también pueden configurarse para que sea posible recibir mensajes de todo público o de sectores específicos. Por todo esto, puede inferirse que la información que el usuario almacena en sus cuentas tiene un alto valor.

Sin embargo, la inviolabilidad del domicilio virtual tiene que, como en el mundo real, lidiar con la inseguridad. Cada vez son más comunes los fraudes para vaciar cuentas bancarias, el robo de identidad y su empleo para la extorsión, el robo de cuentas para convertirlas en bots, entre otras circunstancias que ponen en peligro al usuario. Si bien, los servicios de correo electrónico son por lo general sumamente seguros, no ocurre lo mismo con las cuentas en redes sociales, sobre todo por la falta de precaución del usuario que al no completar sus datos de respaldo—como correo electrónico, sus dispositivos autorizados o número telefónico—puede perder el acceso con relativa facilidad.

Aunado a ello, ante las denuncias por infracción de las normas comunitarias las cuentas pueden ser suspendidas o borradas definitivamente. Si bien, esto permite evitar la promoción de contenido nocivo, también suele ser usado para inactivar a personas que piensan diferente y promovido por influenciadores; así como promover el odio, la discriminación y el acoso virtual. Aunque las plataformas están trabajando duro para distinguir de cada caso, aún queda mucho por hacer.

En nuestros días parece que nadie se atrevería a afirmar que el contenido digital no tiene valor. Por el contrario, en el mundo virtual también contamos con domicilios donde almacenamos información valiosa: fotografías, videos, conversaciones con seres queridos, documentos oficiales, música, listas de contactos, cuentas bancarias y un largo etcétera; contenido cuya propiedad está, o debería estar, a salvo en nuestro espacio virtual. La seguridad es en buena parte un compromiso que las plataformas deben garantizar, pero como usuarios, es conveniente no desatender las configuraciones de seguridad, mantener a salvo y respaldada la información sensible, así como cambiar las contraseñas de manera más o menos constante. Es necesario proteger el espacio virtual tal y como protegemos nuestros hogares.