/ lunes 16 de diciembre de 2019

Trabajo digno y decente para las trabajadoras del hogar

Con el guante verde como símbolo, las dirigentas del Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar encabezadas por Marcelina Bautista y Marilú Padua entre otras mujeres valientes y tozudas, y auspiciadas moral y éticamente por la película ROMA de Alfonso Cuarón, finalmente lograron lo que desde hace diez años han exigido: la aprobación del tratado de la Organización Internacional del Trabajo el Convenio 189 para los derechos laborales de Trabajadoras y Trabajadores Domésticos o del Hogar. Hago un resumen:

1. La Ley Sobre la Celebración de Tratados señala en su Artículo 2 fracción I que un tratado es el convenio celebrado por escrito entre el Gobierno de los EUM y uno o varios sujetos del Derecho Internacional Público mediante el cual se adquieren compromisos en diversas materias, y su aprobación según la fracción IV del mismo precepto corresponde al Senado de la República aprobarlo en concordancia con el Artículo 76 de la CPEUM. De manera que el Convenio 189 de la OIT como Tratado que es, debía ser aprobado por el Senado para su entrada en vigor. Hemos escuchado ratificado, sin embargo la categoría legal es ser aprobado, previo envío del Presidente López Obrador, como aconteció.

2. El Convenio 189 fue suscrito por la OIT en 2011. Desde entonces se ha promovido por organizaciones de derechos humanos, por las redes de empleadas del hogar que comenzaron a organizarse, por las Senadoras de diversos partidos quienes suscribimos excitativas al Presidente para que fuese enviado al Senado para su aprobación sin éxito.

3. Este Tratado establece la obligación vinculante de los Estados Parte a respetar, promover y proteger los principios fundamentales del trabajo y garantizar la libertad de asociación, sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; abolición real del trabajo infantil; eliminación de la discriminación en materia de empleo. El Estado Parte debe asegurar protección efectiva contra toda forma de abuso, hostigamiento, acoso, explotación y violencia. La condición decente del trabajo se inscribe en el goce de sus derechos laborales, sin discriminación de ningún tipo.

4. El Convenio referido estuvo a punto de ser enviado al Senado por Calderón al final de su sexenio, sin embargo en el gobierno de Peña encontró un enemigo férreo que lo impidió: el IMSS. Hoy este Instituto tiene un comportamiento más empático y ha promovido una ruta que puede ser el inicio que promueva la incorporación de las más de 2 millones 480 mil de trabajadoras según el INEGI, a su protección legal. El siguiente paso es su armonización a leyes de trabajo, seguridad social, infonavit, contra la discriminación entre otras.

5.La exclusión histórica que sufren las trabajadoras del hogar no se va a superar con la sola aprobación de este Convenio y reformas ya que el maltrato clasista y peyorativo está muy presente en las formas de quienes les contratan y en la sociedad. Sin embargo ya hay un contexto legal que obligará al Estado a políticas que promuevan contratación legal y erradicación de la discriminación de clase, etnia, lengua, género, condición de maternidad y toda aquella condición que impida reconocer su status.

Urgen debates públicos para concientizar y sensibilizar sobre los derechos de estas trabajadoras.

Con el guante verde como símbolo, las dirigentas del Sindicato Nacional de Trabajadores y Trabajadoras del Hogar encabezadas por Marcelina Bautista y Marilú Padua entre otras mujeres valientes y tozudas, y auspiciadas moral y éticamente por la película ROMA de Alfonso Cuarón, finalmente lograron lo que desde hace diez años han exigido: la aprobación del tratado de la Organización Internacional del Trabajo el Convenio 189 para los derechos laborales de Trabajadoras y Trabajadores Domésticos o del Hogar. Hago un resumen:

1. La Ley Sobre la Celebración de Tratados señala en su Artículo 2 fracción I que un tratado es el convenio celebrado por escrito entre el Gobierno de los EUM y uno o varios sujetos del Derecho Internacional Público mediante el cual se adquieren compromisos en diversas materias, y su aprobación según la fracción IV del mismo precepto corresponde al Senado de la República aprobarlo en concordancia con el Artículo 76 de la CPEUM. De manera que el Convenio 189 de la OIT como Tratado que es, debía ser aprobado por el Senado para su entrada en vigor. Hemos escuchado ratificado, sin embargo la categoría legal es ser aprobado, previo envío del Presidente López Obrador, como aconteció.

2. El Convenio 189 fue suscrito por la OIT en 2011. Desde entonces se ha promovido por organizaciones de derechos humanos, por las redes de empleadas del hogar que comenzaron a organizarse, por las Senadoras de diversos partidos quienes suscribimos excitativas al Presidente para que fuese enviado al Senado para su aprobación sin éxito.

3. Este Tratado establece la obligación vinculante de los Estados Parte a respetar, promover y proteger los principios fundamentales del trabajo y garantizar la libertad de asociación, sindical y el reconocimiento efectivo del derecho de negociación colectiva; eliminación de todas las formas de trabajo forzoso u obligatorio; abolición real del trabajo infantil; eliminación de la discriminación en materia de empleo. El Estado Parte debe asegurar protección efectiva contra toda forma de abuso, hostigamiento, acoso, explotación y violencia. La condición decente del trabajo se inscribe en el goce de sus derechos laborales, sin discriminación de ningún tipo.

4. El Convenio referido estuvo a punto de ser enviado al Senado por Calderón al final de su sexenio, sin embargo en el gobierno de Peña encontró un enemigo férreo que lo impidió: el IMSS. Hoy este Instituto tiene un comportamiento más empático y ha promovido una ruta que puede ser el inicio que promueva la incorporación de las más de 2 millones 480 mil de trabajadoras según el INEGI, a su protección legal. El siguiente paso es su armonización a leyes de trabajo, seguridad social, infonavit, contra la discriminación entre otras.

5.La exclusión histórica que sufren las trabajadoras del hogar no se va a superar con la sola aprobación de este Convenio y reformas ya que el maltrato clasista y peyorativo está muy presente en las formas de quienes les contratan y en la sociedad. Sin embargo ya hay un contexto legal que obligará al Estado a políticas que promuevan contratación legal y erradicación de la discriminación de clase, etnia, lengua, género, condición de maternidad y toda aquella condición que impida reconocer su status.

Urgen debates públicos para concientizar y sensibilizar sobre los derechos de estas trabajadoras.