POR GERALDINE LOREDO “Ándele madre, pásese a la camillarápido”, “Baje las pompas y puje fuerte”, entre otras frasesque escuche a médicos y enfermeras decirle a una mujer que paría,frases dichas en medio de una contracción, en medio del deseo depujar o en medio del miedo y el desconcierto.
Durante el trabajo de parto vemos una y otra vez las mujeres, enmedio de un sistema que muestra que las mujeres que paren nodeberían gritar, sino deberían de cooperar, que no necesitancompañía, sino soledad, que no deberían moverse demasiado ysometerse a las indicaciones de un par de extraños que parecesaben lo que hacen.
Claro que en una guardia de 36 hrs., para un médico que es unser humano que igual debería comer y dormir, cada parto se vaconvirtiendo en uno más. Talvez en algunos, el cansancio o lacarga de trabajo los vuelve una mala cara más en la memoria de unamujer que está teniendo un bebé más.
Nunca habría caído en cuenta del impacto que tenían en mivida cada una de esas mujeres y todo lo que rodeaba su momento delparto hasta que me vi a mi misma embarazada y lo único que ocupabami mente era ¿Cómo voy a traer a este bebé al mundo?
Y así huyendo de la experiencia que me daba el haber estado delotro lado de la mesa de partos, encontré una luz al final deltúnel, la luz del parto respetado y humanizado, tuve la suerte devivir mis partos con el mínimo de intervenciones, acompañada dequien amo y en quien confío, respetada y con libertad de gritar,de mojarme, de moverme, de rendirme por un instante, con lalibertad de parir.
Un momento… ¿Tuve la suerte?, ¿acaso no toda mujer tiene elderecho a vivir este tipo de parto?, ¿de recibir a su hijo en amory quedar con el recuerdo de un logro de vida satisfactorio ypleno?
Dado mi relato anterior, parecería que en efecto es máscuestión de suerte que de derecho, sin embargo ¿qué nos dice laLey en México?
En el 2016 se dio a conocer la nueva Norma Oficial MexicanaNOM-007-SSA2-2016, para la atención de la mujer durante elembarazo, parto y puerperio, y de la persona recién nacida, lacual es de carácter obligatorio para todos los establecimientos yprestadores de servicios de salud. En el apartado 5.5 de esta NORMAse establece todo lo referente a la atención del parto y entreotras cosas menciona:
5.5.1 En todo establecimiento para la atención médica se debenaplicar las normas y procedimientos para la atención del parto yfavorecer la seguridad emocional de la mujer, así como subienestar durante todo el proceso, siendo prioritario facilitar elparto. En especial, en mujeres primigestas, se debe propiciar laconducción no medicada del trabajo de parto y el partofisiológico, siempre que no exista contraindicación médica uobstétrica. Estas medidas procuran la atención de calidad yrespeto al derecho de la mujer a un parto espontáneo, así comoreducir el índice de cesáreas, morbimortalidad y el riesgo decomplicaciones a largo plazo.
A manera muy resumida, se establece la eliminación de rutinasinnecesarias durante el trabajo de parto, dar a la mujer lalibertad de moverse, de ingerir líquidos durante el trabajo departo, el respeto a llevar a cabo un trabajo de parto libre demedicamentos y bloqueo epidural si la mujer así lo desea, lalibertad de expresarse sin represión, de elegir la posición quele resulte más cómoda para parir.
Pero lo que a mi parecer es más relevante es lo que seestablece en el punto 5.5.15 que dice que este tipo de atención sedebe promover mediante la adecuación de espacios, procedimientos,infraestructura y sobre todo la capacitación del personal paraeste tipo de atención.
En base a esta Norma, en realidad el tener un parto humanizado,libre y respetuoso, es un derecho y no una cuestión de suerte.http://www.dof.gob.mx/DOFmobile/nota_detalle.php?codigo=5432289&fecha=07%2F04%2F2016
Geraldine Loredo Fuentes
Médico general egresada de la Universidad Autónoma del Estadode México.
Certificada por la Universidad La Salle como Educadora Perinataly Acompañante al Parto.
“Nathal” Nacer en armonía.
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