/ viernes 23 de diciembre de 2016

Abengoa México, en riesgo de quiebra; la declaran en concurso mercantil

  • Tiene 185 días naturales para llegar a un acuerdo con BancoBase, o afectará su viabilidad en México y España

La juez Sexto de Distrito en Materia Civil de la Ciudad deMéxico, Gabriela Elena Ortiz González, declaró el concursomercantil involuntario de Abengoa México, empresa subsidiaria dela compañía española de ingeniería y energía renovable,Abengoa, Sociedad Anónima.

La solicitud de concurso mercantil fue promovida por Banco BASE,ante el incumplimiento por parte de Abengoa, de distintas emisionesde certificados bursátiles, así como por otros acreedores enMéxico, informó la institución financiera.

Mediante un comunicado precisó que la resolución ordena elinicio de la etapa de conciliación por 185 días naturales apartir de la última publicación de la sentencia en el DiarioOficial de la Federación (DOF).

“En esa etapa tendrá que buscar un acuerdo con la mayoría desus acreedores, o de lo contrario, podrá ser declarada enquiebra”, destacó Banco BASE, al enfatizar que otra disposicióndictada en la sentencia consiste en decretar el arraigo delresponsable de la administración de la persona moral, “por loque no podrán separarse del país sin dejar apoderadosuficientemente expensado con pleno poder, inclusive actos dedominio”.

Asimismo, detalló que uno de los resolutivos de la sentenciaconsiste en dejar subsistentes las medidas precautorias dictadascon anterioridad, y recordó la existencia de aquéllas queprohíben hacer pagos de obligaciones vencidas con anterioridad ala fecha de admisión del concurso mercantil.

Además, enfatizó que también quedó establecida laprohibición de vender y/o gravar bienes inmuebles o inmuebles deAbengoa, incluyendo transferencias de recursos o valores a favor decualquier tercero.

Recordó que Abengoa ha anunciado que diversos proyectos enMéxico (A3T y Norte III) servirán como garantía del convenio dereestructuración en España, “el cual, con esta resolución,corre peligro y podría decretarse la nulidad del mismo”.

Ello, en virtud de que Banco BASE podría solicitar laampliación de las medidas cautelares, a efecto de hacerlasextensivas a las subsidiarias dueñas de los proyectos mencionados,y así sujetarlos al concurso mercantil decretado en México.

Banco BASE enfatizó que en la sentencia se establece como fechade retroacción el 21 de marzo de 2016, por lo que todas lasoperaciones hechas a partir de esa día, tales como pagos acualquier tercero (incluyendo la filial española), así comotransferencias de activos, fideicomisos u otras operacionessimilares, podrían ser declaradas nulas.

Banco BASE puntualizó que Instituto del Fondo Nacional de laVivienda para los Trabajadores (Infonavit), y el Instituto dePensiones de Jalisco, realizaron inversiones millonarias en papelde Abengoa, sobre el cual ya existía un acuerdo de pago.

  • Tiene 185 días naturales para llegar a un acuerdo con BancoBase, o afectará su viabilidad en México y España

La juez Sexto de Distrito en Materia Civil de la Ciudad deMéxico, Gabriela Elena Ortiz González, declaró el concursomercantil involuntario de Abengoa México, empresa subsidiaria dela compañía española de ingeniería y energía renovable,Abengoa, Sociedad Anónima.

La solicitud de concurso mercantil fue promovida por Banco BASE,ante el incumplimiento por parte de Abengoa, de distintas emisionesde certificados bursátiles, así como por otros acreedores enMéxico, informó la institución financiera.

Mediante un comunicado precisó que la resolución ordena elinicio de la etapa de conciliación por 185 días naturales apartir de la última publicación de la sentencia en el DiarioOficial de la Federación (DOF).

“En esa etapa tendrá que buscar un acuerdo con la mayoría desus acreedores, o de lo contrario, podrá ser declarada enquiebra”, destacó Banco BASE, al enfatizar que otra disposicióndictada en la sentencia consiste en decretar el arraigo delresponsable de la administración de la persona moral, “por loque no podrán separarse del país sin dejar apoderadosuficientemente expensado con pleno poder, inclusive actos dedominio”.

Asimismo, detalló que uno de los resolutivos de la sentenciaconsiste en dejar subsistentes las medidas precautorias dictadascon anterioridad, y recordó la existencia de aquéllas queprohíben hacer pagos de obligaciones vencidas con anterioridad ala fecha de admisión del concurso mercantil.

Además, enfatizó que también quedó establecida laprohibición de vender y/o gravar bienes inmuebles o inmuebles deAbengoa, incluyendo transferencias de recursos o valores a favor decualquier tercero.

Recordó que Abengoa ha anunciado que diversos proyectos enMéxico (A3T y Norte III) servirán como garantía del convenio dereestructuración en España, “el cual, con esta resolución,corre peligro y podría decretarse la nulidad del mismo”.

Ello, en virtud de que Banco BASE podría solicitar laampliación de las medidas cautelares, a efecto de hacerlasextensivas a las subsidiarias dueñas de los proyectos mencionados,y así sujetarlos al concurso mercantil decretado en México.

Banco BASE enfatizó que en la sentencia se establece como fechade retroacción el 21 de marzo de 2016, por lo que todas lasoperaciones hechas a partir de esa día, tales como pagos acualquier tercero (incluyendo la filial española), así comotransferencias de activos, fideicomisos u otras operacionessimilares, podrían ser declaradas nulas.

Banco BASE puntualizó que Instituto del Fondo Nacional de laVivienda para los Trabajadores (Infonavit), y el Instituto dePensiones de Jalisco, realizaron inversiones millonarias en papelde Abengoa, sobre el cual ya existía un acuerdo de pago.

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